Descubre los Requisitos Clave para Tramitar tu Firma Electrónica (e.firma) ante el SAT en Línea ¡Fácil y Rápido!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La firma electrónica en México, conocida como e.firma, es un paso fundamental en la transformación digital, permitiendo impulsar procesos y negocios. Para obtenerla, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). A continuación, se detallan los requisitos tanto para personas físicas como morales.

¿Qué es la e.firma?

La e.firma, o firma electrónica avanzada, es el tipo de firma electrónica que cumple con todos los estándares y disposiciones del Art. 97 del Código de Comercio y el Art.

Requisitos Generales

Los siguientes son requisitos generales que aplican para el trámite de la e.firma:

  • Unidad de memoria extraíble (USB): Necesaria para guardar los archivos de la e.firma.
  • Identificación oficial vigente: Cualquier identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites, del contribuyente o representante legal.

A partir de obtener la e.firma, el certificado digital anterior y su correspondiente clave privada carecerán de validez para firmar documentos electrónicos o acceder a las aplicaciones disponibles con certificado de e.firma.

Requisitos Adicionales para Casos Específicos

Existen requisitos adicionales que aplican para casos específicos:

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  • Comprobante de domicilio fiscal original: Únicamente para contribuyentes que se hayan inscrito en el RFC con Clave Única de Registro de Población (CURP), por Internet, o por medio del “Esquema de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes a través de Fedatario Público o Medios Remotos".
  • Manifiesto de conformidad: Manifiesto de conformidad de los padres o tutores para que uno de ellos actúe como representante del menor.

Requisitos para Personas Morales

Para personas morales, además de los requisitos generales, se deben considerar los siguientes:

  • Acreditación de la personalidad del representante legal: Acreditar la personalidad del representante legal (quien deberá contar con facultades para representar a la dependencia ante toda clase de actos administrativos, en lugar del poder general para actos de dominio o administración).
  • Documentación para funcionarios públicos: El trámite puede realizarlo un funcionario público competente de la dependencia de que se trate, quien debe demostrar que cuenta con facultades suficientes para representar a dicha dependencia.
  • Identificación del representante legal: Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites, del representante legal.
  • Documento constitutivo: Su documento constitutivo debidamente apostillado o certificado, según proceda.

Casos Especiales para Personas Morales

  • Síndicos: Pueden realizar el trámite a través de la persona física que tenga carácter de Síndico.
  • Empresas en liquidación: Pueden realizar el trámite a través del representante legal de la empresa en liquidación, o bien, por aquella persona a quién le hayan sido conferidas las facultades de liquidador. Este último debe acreditar su calidad como representante legal a través de un nombramiento o designación, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XI de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • Contrato de fideicomiso: Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria (original), o bien Contrato en el cual se hayan ratificado las firmas originales (copia certificada).

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