La forma y método de pago deben ser incluidos cuando se emite una factura, pero se integran con una clave específica. El SAT obliga a los contribuyentes a que paguen la cantidad que deben de acuerdo a sus ingresos o el nivel de facturación en el que están; de no ser así, se le exigirá que realice el pago, por lo que el Sistema de Administración Tributaria tiene la autoridad de llevar a cabo el procesamiento respectivo.
Diferencia entre método y forma de pago
Es fundamental distinguir estos dos conceptos, ya que tienen funciones distintas en la emisión de comprobantes fiscales:
- Método de pago (PUE o PPD): Indica cuándo se liquida la factura; es decir, si ya pagaron todo o si pagarán después.
- Forma de pago: Señala con qué medio se realizó (o se realizará) el pago, tales como efectivo, transferencia, tarjeta, entre otros.
Las formas de pago se conocen como los diferentes medios por los cuales se puede realizar el pago de los productos adquiridos o servicios recibidos. Por otro lado, el método de pago se refiere al momento en el que el pago fue realizado o en el que se liquidará.
Métodos de pago: PUE y PPD
El SAT ofrece principalmente dos métodos de pago que deben figurar en las facturas:
- PUE (Pago en una sola exhibición): Es un método de pago que se utiliza al momento de que es liquidado un producto o servicio en un solo pago. Si en tu factura le pones esta clave, le estás diciendo al SAT que el pago ya está completo. Es importante porque el SAT va a suponer que el pago ya cayó, por lo que tienes que reportar y pagar impuestos de inmediato.
- PPD (Pago en parcialidades o diferido): Este método se utiliza cuando te entregan un bien o prestas un servicio, pero el pago no está completo. Aquí le estás diciendo al SAT que vas a recibir el dinero más tarde.
En el caso del PPD, existen modalidades de tiempo para cubrir el pago:
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Tabla: Modalidades de pago diferido y parcialidades
| Concepto | Límite de tiempo |
|---|---|
| Pago Diferido | 12 meses |
| Pago en Parcialidades | 36 meses |
Formas de pago y el uso de "Por definir"
El SAT tiene un catálogo con diversas opciones para la forma de pago, de acuerdo con el Anexo 20. Las más comunes incluyen:
- 01: Efectivo
- 03: Transferencia electrónica de fondos
- 04: Tarjeta de crédito
- 28: Tarjeta de débito
En el caso del PPD, la forma de pago suele marcarse como «Por definir», porque la forma exacta en que te pagarán todavía no está clara al momento de emitir la factura. Si te pagan con más de una forma, el SAT indica que debes usar la clave de la forma de pago que represente la mayor parte del dinero.
Recomendaciones ante errores
Si te equivocas en el método de pago al hacer una factura, puedes corregirlo cancelando la factura con el error y emitiendo una nueva con la información correcta. Es muy importante que lo hagas lo antes posible para evitar inconsistencias y problemas con el SAT. Elegir bien evita líos con la autoridad fiscal y asegura que tus declaraciones de impuestos sean precisas y consistentes.
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