Descubre la Fascinante Evolución del Juicio de Amparo y el Legado de Ignacio Burgoa en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El juicio de amparo ha sido -y sigue siendo- el medio más eficaz que tiene el gobernado para defenderse de la actuación de la autoridad. En este artículo se hace un repaso histórico en el que se muestra la evolución de este medio de control de la constitucionalidad de los actos del Estado mexicano, hasta llegar a lo que tenemos hoy en día, describiéndose las reglas de procedencia, principios y efectos de las sentencias de amparo.

La Figura de Ignacio Burgoa y su Legado en el Amparo

El Maestro Ignacio Burgoa Orihuela es una figura central en el estudio del juicio de amparo en México. Su legado perdura a través de sus obras y sus discípulos.

Así, y posteriormente al fallecimiento del Maestro Burgoa, acaecido el 6 de noviembre de 2005, un grupo de sus más cercanos discípulos entre los que desde luego se cuentan el Lic. Burgoa Llano, el Dr. y nos hallamos los discípulos del Maestro Ignacio Burgoa Orihuela.

En reconocimiento a su trayectoria, el Aula “Ignacio Burgoa Orihuela” fue el escenario del acto inicial de la Protocolización del Nuevo Consejo Directivo del Instituto Mexicano del Amparo, A.C., celebrado el viernes 13 de marzo de 2009, con la presencia del Señor Licenciado Guillermo I.

El maestro Burgoa dejó obras fundamentales para el estudio del amparo, tales como:

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  • BURGOA, IGNACIO. El juicio de amparo, 42a. ed., Porrúa, México, 2008, pp. 106 y 107.
  • BURGOA, IGNACIO. op. cit., p. 111.
  • BURGOA, IGNACIO. op. cit., pp. 111 y 112.
  • BURGOA, IGNACIO. op. cit., p. 117.
  • BURGOA, IGNACIO. op. cit., p. 121.

Naturaleza y Evolución del Juicio de Amparo

Sin temor a equivocarnos, podemos afirmar que el juicio de amparo, bajo su estructura constituciol-legal y funciomiento práctico, es u institución netamente mexica. Con la anterior aseveración no pretendemos dar a entender que el juicio de amparo, como medio de control constituciol en sí mismo considerado, haya tenido su origen en nuestro país, puesto que bien puede reconocer antecedentes extranjeros.

Lo único que intentamos significar es que, estando nuestra institución tuteladora de tal manera peculiarizada por sus diversas modalidades jurídicas, éstas le imprimen un carácter típicamente ciol.

Se afirma muy a menudo que los jurisconsultos mexicanos siempre han recurrido a sistemas jurídicos extranjeros para elaborar la ordeción legal respecto de u institución de derecho determida, no faltando quienes los tilden, falsamente por cierto, de simples ´copistas´ o imitadores.

da más absurdo que esta suposición, pues ningu institución jurídica, sea cual fuere la rama del Derecho a que pertenezca, ce en un sistema estatal determido aislada completamente de un precedente extranjero, esto es, por modo íntegra y absolutamente origil, ya que su aparición es en la mayoría de los casos la consecuencia de un proceso evolutivo previo que afecta o debe afectar a todos los órdenes de derecho que tengan un origen cultural común, además, la implantación de u institución jurídica en un país determido que haya tenido como modelo o fuente de inspiración a la correspondiente en un sistema de derecho extraciol, casi nunca se lleva a cabo por mera imitación, sino mediante la adopción de modalidades, atributos y caracteres, establecidos origilmente, atendiendo al medio ambiente de que se trate.

Baste comparar cualquiera institución jurídica civil, mercantil, etc., mexica con aquella extranjera que sirvió de modelo a su formación legal, para llegar a la conclusión de que siempre en la primera existen innovaciones, cuyo conjunto le atribuye un perfil propio. Este conjunto de modalidades jurídicas innovadoras puede ser más o menos amplio, según el caso.

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Pues bien, puede suceder que los autores de u institución jurídica se hayan solamente inspirado en un sistema de derecho extranjero o que hayan tordo únicamente en cuenta un solo elemento de u materia jurídica aje (objeto, funciomiento procesal, efectos prácticos, causas, etc.), pero que, en su formación normativa, hayan dado a aquélla matices propios.

A lo largo de su historia, el juicio de amparo ha experimentado importantes transformaciones. Finalmente, se analizan los cambios que en el pasado reciente se han dado en busca de un nuevo juicio de amparo que subsane o corrija los vicios acumulados, tratando de hacerlo más eficaz y extender su alcance a los gobernados que por un exceso de formalismos quedan muchas veces en estado de indefensión.

No se pasa por alto la reforma aprobada en diciembre de 2010, que al momento en lo que esto se escribe se encuentra pendiente de aprobación en las legislaturas de los estados de la Federación. Un antecedente importante en su desarrollo es la Constitución yucateca de 1841.

El Instituto Mexicano del Amparo: Un Colegio para Juristas

El Instituto Mexicano del Amparo, A.C. (IMA), desde su gestación en el año 1980, ha jugado un papel crucial en la promoción y estudio de esta institución jurídica. Aunque operó siempre sin contar con el marco jurídico completo en sus inicios, sus integrantes, juristas destacados y reconocidos a nivel nacional, no lo vieron necesario en su momento.

Desde su origen, el Instituto contó entre otras destacadas figuras, con los maestros Mariano Azuela Rivera, Alfonso Noriega Cantú, Felipe Tena Ramírez y Armando Ostos Luzuriaga, todos ellos lamentablemente desaparecidos.

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Bajo el señero telos marcado por nuestros maestros, antecesores en la conducción del Instituto Mexicano del Amparo, hemos a la vez estimado que las diversas categorías del jurista deben ser objeto de interés de nuestro collegium, y no por modo fraccionado, sino más bien conjunto.

Ahora buscamos que no sólo se integren los teóricos puros o maestros de la materia de amparo, sino que con ahínco invitamos a aquéllos jurisconsultos que dediquen esmeros a la cátedra e investigación jurídicas, al mismo tiempo que actúen en el foro en la noble profesión de advocatus; es decir, aquél que es llamado a defender una causa en juicio.

Más sería insuficiente nuestro empeño, entendido como obligación en que uno se constituye por su honra, como el deseo vehemente de hacer o conseguir un propósito, si no estimáramos la trascendental figura del juzgador, del cual el ilustre estagirita decía que el juez ideal es, por decirlo así, la justicia animada, pues ir al juez, es ir a la justicia. Ergo, también hemos discurrido imprescindible invitar al seno del Instituto a los juzgadores federales, para convertirlo incluso en un collegium tribuni, pues siendo ellos quienes “facen justicia”, como en la preciosa expresión del Fuero Juzgo, debemos buscar su conocimiento y su infrangible virtud justiciera de protección del gobernado ante el poder.

En el evento del 13 de marzo de 2009, se reconoció a destacados juristas. A más de ello y como reconocemos que Cronos es el más extraordinario maestro, y que quienes han transitado tal vez hasta provecta etapa por las actividades que engloban la materia constitucional, conforman una invaluable fons scientiae iuris, hemos querido reconocer a los maestros Héctor Aldasoro, Carlos Arellano y Héctor Villasana como Presidentes Honorarios Vitalicios, y bajo la misma idea, hemos convocado a destacados juristas a que nos honren con su opinión, su concilium, y de allí la creación del Consejo Consultivo al que nos han distinguido en aceptar pertenecer algunos magistri iuris, algunos presentes en el evento del 13 de marzo de 2009, así como otros que no pudieron acompañarnos, sino en su excepcional generosidad de ánimo.

Extiendo nuestro más profundo agradecimiento al Doctor Jorge Carpizo McGregor; al Doctor Raúl Carrancá y Rivas; al Licenciado Antonio Cuéllar Salas; al Licenciado Ulises Schmill Ordóñez y al Doctor Diego Valadés, pues tenemos muy presente que tal como enseña Don Miguel de Cervantes Saavedra por boca del Caballero de la Triste Figura, que “de gente bien nacida es agradecer los beneficios que se reciben, y uno de los pecados que más a Dios ofenden es la ingratitud”.

Debo acotar dos conceptos: Primero, el gran apoyo que nos han brindado para la constitución del Instituto Mexicano del Amparo el Licenciado Jorge Raúl García Sosa y la Licenciada Jacqueline Domínguez, miembros fundadores por propio derecho; y una reflexión sobre el vital ciclo de las cosas, porque al igual que cuando surgió nuestro collegium, el día 13 de marzo de 2009 nos acompañaron el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el señor Ministro Mariano Azuela Güitrón y nos hallamos los discípulos del Maestro Ignacio Burgoa Orihuela.

En función de la renuncia al cargo de Presidente del Instituto Mexicano del Amparo que presentara el Lic. Ignacio Burgoa Llano, motivado por diversos factores que le impiden continuar con su actividad en la medida que desearía le fuere posible, la Asamblea de Miembros Numerarios del IMA se sirvió elegirme como nuevo Presidente considerando el trabajo desarrollado hacia su seno, y a la vez reconoció la labor del Lic. Lic.

Modernización y Alcance del Instituto

La modernidad también provee de instrumentos que permiten al jurista el verificar su actividad de manera más eficaz; que le concede tener a su alcance el mundo entero, y a la vez ofrecer lo que en su mano está para compartir de su entusiasmo, de su tesón y de su talento. No somos ajenos a los avances tecnológicos que incluso han dado pauta a importantes acciones del Poder Judicial de la Federación con sus compilaciones en medios ópticos de la Jurisprudencia y de las Leyes, y así, el Instituto Mexicano del Amparo aspira a crecer con el tiempo y a allegar a cualquier lugar su actividad, sus trabajos y sus opiniones, por lo cual hemos creado esta página en la Red Global o Internet.

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