Después de la sentencia de guarda y custodia, atendiendo al interés superior de menor, se establece un régimen de visitas y convivencias definitivas que garantiza los derechos humanos de las y los niños, como el de tener una familia, pues ellas y ellos necesitan de toda la compresión y el amor que se les pueda brindar, lo que debe partir de la familia, donde se desarrollan.
Beneficios y Consecuencias de la Convivencia
Mantener una relación constante con ambos padres es fundamental para el desarrollo de los hijos.
Los beneficios de las visitas constantes y frecuentes entre la o el niño y el padre o madre no custodio, reducen la ansiedad por la separación, así como los problemas de conducta y consolidan la relación.
De manera contraria, si no se da la convivencia frecuente, los padres con poca relación tienden a sufrir el resentimiento de sus hijas o hijos, mismo que es alimentado por la distancia emocional que lamentablemente se va elevando entre ellos, sufren sentimientos de abandono, lo que puede fracturar la relación.
Consideraciones del Régimen de Convivencia según la Edad
El establecimiento de un régimen de convivencia adecuado debe considerar las etapas de desarrollo de las y los niños para asegurar su bienestar y una adaptación óptima.
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Bebés (nacimiento a seis meses)
Para los bebés, desde el nacimiento hasta los seis meses, es recomendado un patrón de visitas frecuentes y predecibles, cuando más frecuente el padre no custodio pueda estar disponible es mejor para los bebés.
Niños pequeños (a partir del año y medio)
De acuerdo con el autor Albert Bandura, la o el niño a esta edad aprende por imitación, observa a su padres e intenta replicar sus conductas, en cuanto al lenguaje a partir del año y medio, articula frases telegráficas de dos palabras, adquiere mayor autonomía y es posible plantearse la posibilidad de pernoctar una noche, si la o el niño lo admite, en el domicilio del padre no custodio luego de crear un espacio apropiado que le reduzca la sensación de extrañamiento.
Niños de tres a cinco años
Los niños de tres a cinco años son más autónomos, deben de cumplir reglas de los padres, existe una jerarquía, ya que los padres comienzan con los límites de conducta, las visitas del padre no custodio le proporcionan afecto, un modelo de identificación y orientación, lo recomendable es que las visitas no se distancien más allá de una semana, la comunicación también se puede establecer mediante llamadas telefónicas o videollamadas.
Quedarse a dormir con el padre no custodio, dependerá de la capacidad de permanecer fuera del entorno habitual, el fin de semana completo puede resultar excesivo, generándole estados de angustia.
Menores de seis a 11 años
Los menores de seis a 11 años, tienen una mayor capacidad de realizar tareas mentales, su pensamiento es estructurado y abstracto, el lenguaje está desarrollado, se irá ampliando el vocabulario con la educación.
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Es recomendable que no se espacie la convivencia más allá de los 15 días, a partir del viernes a la salida de la escuela hasta el lunes a la entrada, con contacto telefónico o por video llamadas a fin de contrarrestar los días sin convivencia.
Adolescentes (12 a 17 años)
Cuando las y los niños están entre los 12 y 17 años, el sistema de pensamiento alcanza las operaciones interiorizadas, comienza la búsqueda de identidad, logra gran independencia del seno familiar y desarrolla sus propios criterios, valores y patrones de conducta.
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