Impuesto Estatal en Yucatán: Guía Completa para Ahorrar y Evitar Multaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En el estado de Yucatán, la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán (AAFY) juega un papel crucial en la administración y recaudación de impuestos. A continuación, se detallan aspectos importantes relacionados con diversos impuestos estatales en Yucatán.

Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal Subordinado

El objeto de este impuesto lo constituyen las erogaciones que se efectúen en el estado de Yucatán por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, así como las erogaciones por remuneraciones a honorarios asimilables a salarios, siempre y cuando los servicios que las generen se efectúen en el territorio del Estado, bajo la dirección o subordinación de un patrón, contratista, intermediario, tercero o cualquiera que sea su denominación.

Para los efectos de este artículo, se entienden por erogaciones destinadas a remunerar el trabajo personal subordinado, los salarios y demás contraprestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo las provenientes de comisiones, premios, gratificaciones, primas dominicales, vacacionales y por antigüedad; así como cualquier otra contraprestación destinada a remunerar el trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se le dé, así como las cantidades que por concepto de alimentos proporcionen sociedades universales y particulares a sus integrantes de acuerdo con la legislación civil del Estado de Yucatán, así mismo, los rendimientos y anticipos, que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción.

Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico (IVFBCA)

Declaración y entero del Impuesto a la venta final de bebidas con contenido alcohólico (IVFBCA).

  • El impuesto se calculará mensualmente y se enterará a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago.
  • Los contribuyentes del presente impuesto, pagarán el mismo, sin que proceda acreditamiento alguno contra dicho pago.

Cuando la contraprestación que perciba el contribuyente por la venta de las bebidas no sea en dinero, sino total o parcialmente en otros bienes o servicios, se considerará como valor de éstos el de mercado o, en su defecto, el de avalúo. El impuesto se causará en el momento en que se perciban los ingresos derivados de la venta y sobre el monto de lo pagado.

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Impuesto Cedular sobre la Obtención de Ingresos por Actividades Empresariales

¿Quiénes son sujetos a pagar el Impuesto Cedular sobre la Obtención de Ingresos por Actividades Empresariales?

¿Qué es lo que tengo que hacer para pagar el impuesto cedular?

Posteriormente deberá presentar el formato AAFY-08 "Declaración provisional de pago y/o entero del impuesto cedular sobre la obtención de ingresos por actividad empresarial".

Debe utilizar los formatos AAFY-05 "Declaración múltiple de pago y/o entero de impuestos estatales" y el Anexo 5.1 "Declaración múltiple de pago y/o entero de impuestos estatales".

Obligaciones de los Contribuyentes

Para cumplir con las obligaciones fiscales en Yucatán, los contribuyentes deben presentar diversos documentos y cumplir con ciertos requisitos. Algunos de estos incluyen:

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  • Solicitud escrita, forma oficial debidamente llenada (AAFY-18 o AAFY-18.1, según se trate de matriz o sucursal) o a falta de estas, escrito libre que cumpla con las debidas formalidades de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Actos y Procedimientos Administrativos del Estado de Yucatán.
  • Acta constitutiva e incremento público con el que se acredite la personalidad jurídica e identidad del representante legal.
  • Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante.
  • Constancia de inscripción en los registros estatal y federal de contribuyentes.
  • Comprobante de domicilio del establecimiento o sucursal, con un máximo de dos meses de antigüedad.
  • Licencia de funcionamiento y constancia de uso de suelo.

Requisitos Adicionales

Dependiendo del tipo de trámite, se pueden requerir documentos adicionales:

  1. Documento con el que se acredite la personalidad, como carta poder ratificada ante notario público o escritura pública en que se contenga el poder o mandato, en caso de actuar en representación del interesado.
  2. Original para cotejo y fotocopia de identificación oficial vigente que contenga nombre, fotografía y firma del solicitante, así como en su caso del representante legal.
  3. Documento que dio origen a la emisión del CFDI.
  4. Original para cotejo y fotocopia del "Aviso de Inscripción Patronal o de Modificación en su Registro (AFIL-01)" ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el caso de tener la obligación por el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal.
  5. Original para cotejo y fotocopia del instrumento jurídico notariado que acredite la personalidad del representante y apoderado legal, en su caso, resaltando con marcador de textos donde se menciona.

Información Adicional

Para más información y trámites, visite el portal www.aafy.yucatan.gob.mx y elija la opción: Servicios al Contribuyente.

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