Existen distintos impuestos que contribuyen al desarrollo e infraestructura del país. Entre estos, puede que conozcas los impuestos federales como el Impuesto Sobre la Renta.
Los impuestos estatales son tributos que se recaudan a nivel gubernamental por parte de los estados. Realizar estas aportaciones de forma correcta es fundamental para no generar multas y contribuir al bienestar de tu comunidad.
Tipos de Impuestos Estatales en Guerrero
En el estado de Guerrero, se aplican diversos impuestos estatales, entre los cuales destacan:
- Impuesto Cedular: Se cobra a personas físicas por prestar servicios profesionales, vender o rentar inmuebles y generar ingresos a través de actividades empresariales.
- Impuesto Sobre Nóminas (ISN): Recolecta pagos derivados del trabajo subordinado y debe ser cubierto por empleadores, ya sean personas físicas o morales.
- Impuesto Sobre Hospedaje (ISH): Se aplica a turistas por cada noche de estancia para impulsar el sector turístico.
- Impuesto Sobre Espectáculos Públicos (ISEP): Recolecta una tasa por los ingresos de personas y empresas por la organización de eventos públicos.
- Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI): Se genera en transacciones de compraventa de propiedades inmuebles.
- El Impuesto Sobre Negocios Jurídicos e Instrumentos Notariales: Se aplica a actos y documentos en instrumentos públicos.
Obligaciones Adicionales para Propietarios de Inmuebles en Guerrero
El ARTÍCULO 42 del Código Fiscal del Estado de Guerrero número 429 establece que:
Los propietarios de inmuebles que contraten los servicios de personas físicas o morales para obras de construcción, están obligados a informar a la Secretaría de Finanzas y Administración dentro de los 30 días siguientes a la fecha de iniciación de operaciones, el tipo del servicio contratado, debiendo acompañar el aviso a que se refiere la fracción III del artículo 82 del Código Fiscal del Estado de Guerrero número 429.
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Además, están obligados a:
- Elaborar y conservar a disposición de la Secretaría de Finanzas y Administración, documentos en que consten la relación laboral y las remuneraciones correspondientes.
- Presentar declaraciones mensuales del pago de este impuesto, disminuyendo, en su caso, el monto de las retenciones que le hubieren efectuado, ante las oficinas o por los medios autorizados, a más tardar el día 17 del mes del calendario inmediato posterior al que corresponda el pago.
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