Guía Definitiva para la Inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes y Cómo Evitar Sanciones Fiscales en Chihuahuapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Al igual que en materia federal, el legislador tributario chihuahuense ha establecido una serie de infracciones en la legislación fiscal. Estas infracciones buscan sancionar aquellas conductas del contribuyente que violan tanto las obligaciones sustantivas, como el pago de contribuciones, como las instrumentales. Esto se enmarca en el objetivo de hacer más accesible y comprensible la materia fiscal estatal para el contribuyente.

Es importante destacar que cuando por un acto o una omisión se infrinjan diversas disposiciones fiscales que establezcan obligaciones formales y se omita total o parcialmente el pago de contribuciones a las que correspondan varias multas, solo se aplicará la que corresponda a la infracción generada por la omisión en el pago de contribuciones. Además, las multas también se aplicarán cuando las infracciones consistan en devoluciones indebidas o en cantidad mayor de la que corresponda.

Infracciones Relacionadas con la Inscripción y Avisos al Registro Estatal de Contribuyentes

El Código Fiscal del Estado de Chihuahua establece multas y sanciones específicas para los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones de inscripción o presentación de avisos en el Registro Estatal de Contribuyentes.

  • Infracción: No solicitar la inscripción cuando se está obligado a ello o hacerlo extemporáneamente.

    Multa o Sanción: Multa de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización. Procederá además de la multa la clausura preventiva del establecimiento del contribuyente por un plazo de 3 a 15 días, cuando el contribuyente no atienda los requerimientos a que se refiere el artículo 97, fracción I del Código Fiscal del Estado de Chihuahua.

  • Infracción: No presentar los avisos al registro estatal de contribuyentes o hacerlo extemporáneamente.

    Multa o Sanción: Multa de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización. Procederá además de la multa la clausura preventiva del establecimiento del contribuyente por un plazo de 3 a 15 días, cuando el contribuyente no atienda los requerimientos a que se refiere el artículo 97, fracción I del Código Fiscal del Estado de Chihuahua.

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Infracciones por Incumplimiento en la Presentación de Declaraciones, Solicitudes y Documentación

Las autoridades fiscales chihuahuenses también sancionan la omisión o la presentación extemporánea de documentos y declaraciones exigidos por las disposiciones fiscales, especialmente cuando no se cumplen los requerimientos.

  • Infracción: No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda del Estado de Chihuahua, o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o no hacerlo a través de los medios electrónicos en mención.

    Multa o Sanción: Multa de 100 a 200 Unidades de Medida y Actualización.

  • Infracción: No presentar o hacerlo fuera del plazo señalado en el requerimiento de la autoridad fiscal las declaraciones, las solicitudes, documentación, avisos, contratos, información o constancias que exijan las disposiciones fiscales.

    Multa o Sanción:

    1. Multa de 25 a 50 Unidades de Medida y Actualización para el primer requerimiento.
    2. Multa de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización para el segundo requerimiento y sucesivos.

Infracciones Relacionadas con el Cumplimiento de Obligaciones Generales y Conductas Administrativas

Además de las infracciones específicas de registro y declaración, existen sanciones para diversas conductas que afectan la correcta aplicación de las disposiciones fiscales y la actuación de las autoridades.

  • Infracción: Dar entrada o curso a documentos o libros que carezcan en todo o en parte de los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales y en general, no vigilar el cumplimiento de éstas.

    Multa o Sanción: Multa de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización.

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  • Infracción: Extender actas, legalizar firmas, expedir certificados o certificaciones, autorizar documentos o libros, inscribirlos o registrarlos, sin que exista constancia de pago de los gravámenes correspondientes.

    Multa o Sanción: Multa de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización.

  • Infracción: Recibir el pago de un crédito fiscal y no contabilizar o enterar su importe de inmediato o dentro de los plazos que al efecto prevengan las disposiciones fiscales.

    Multa o Sanción: Multa de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización.

  • Infracción: No presentar ni proporcionar o hacerlo extemporáneamente, los informes, avisos, datos o documentos que exijan las disposiciones fiscales o presentarlos incompletos o inexactos o no prestar el auxilio y colaboración que el Código Fiscal del Estado de Chihuahua establece a las autoridades fiscales inspectores, valuadores y ejecutores que tengan encomendadas la determinación o cobro de las diversas prestaciones fiscales, o presentar cualesquiera de los elementos a que se contrae este numeral, alterados o falsificados.

    Multa o Sanción: Multa de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización.

  • Infracción: Asentar falsamente que se ha dado cumplimiento a las disposiciones fiscales o que se han practicado visitas de inspección, intervenciones o auditorías, o incluir en las actas relativas datos falsos.

    Multa o Sanción: Multa de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización.

  • Infracción: Faltar a la obligación de guardar secreto respecto de los asuntos que conozcan; revelar los datos manifestados por los sujetos obligados o responsables, o aprovecharse de ellos.

    Multa o Sanción: Multa de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización.

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  • Infracción: Intervenir en la tramitación o resolución de algún asunto, cuando tengan impedimento de acuerdo con las disposiciones fiscales.

    Multa o Sanción: Multa de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización.

  • Infracción: Exigir bajo el título de cooperación, colaboración u otro semejante, cualquier prestación que no esté expresamente prevista en la ley, aun cuando se aplique a la realización de las funciones propias del cargo.

    Multa o Sanción: No se especifica multa en el material proporcionado.

Otras Disposiciones sobre Multas y Requerimientos

En el caso de la pérdida o extravío de formas valoradas, el Código Fiscal del Estado de Chihuahua establece un procedimiento para requerir la presentación del documento omitido. Las autoridades pueden requerir hasta en dos ocasiones dicho documento, otorgando al contribuyente un plazo de quince días para el cumplimiento de cada requerimiento. Si estos requerimientos no son atendidos, se impondrán las multas correspondientes, y en el caso de declaraciones, se aplicará una multa por cada obligación omitida.

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