Descubre Cómo Calcular el ISR para Personas Físicas por Servicios Profesionales y Evita Errores Comunespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México. Como buenos ciudadanos, todos debemos enfrentarnos al pago de impuestos, y con el ISR, las personas físicas y morales que están obligadas a su cumplimiento deben saber a cuánto asciende.

¿En qué consiste el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

Para las personas físicas, se establece sobre los ingresos provenientes de salarios o de la prestación de algún servicio personal subordinado. Para las personas morales, el ISR contempla las actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca.

La diferencia entre los impuestos directos y los indirectos es que los primeros carecen de intermediarios y recaen de manera franca sobre los contribuyentes, en tanto que los indirectos requieren una tercera persona antes de pasar a manos del SAT. En contraste, los impuestos directos como el ISR aplican según las ganancias individuales. Podrías interpretarlo como un “impuesto justo”, porque es un buen caso en donde el que gana más, paga más.

¿Quiénes están obligados a pagar el ISR?

Por ser federal, se entiende que lo pagan todos los mexicanos, aunque no solamente ellos. Este pago tributario no tiene una cuota estándar, sino que es variante.

¿Cómo se calcula el ISR?

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calcula con base en una tarifa que varía según el periodo: diario, mensual, quincenal, semanal o anual. La más común es la anual, ya que se utiliza para determinar el ISR del ejercicio fiscal. El ISR es la contribución que se debe pagar por la utilidad de los ingresos obtenidos, siendo los más comunes aquellos recibidos por sueldos y salarios, actividades empresariales y profesionales o arrendamiento. El ISR es el impuesto que se aplica a las ganancias, tanto si eres persona física como moral.

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Por ejemplo, si en un mes ganas $50,000 y tienes $10,000 en deducciones autorizadas, tu utilidad sería de $40,000. Supongamos que tus ingresos anuales son $500,000. El Impuesto Sobre la Renta (ISR) en 2025 aplica tasas progresivas (1.92% a 35%) para personas físicas, según tus ingresos.

Fórmula Básica del ISR

La fórmula básica para calcular la utilidad es:

INGRESOS - GASTOS DEDUCIBLES = UTILIDAD

Pagos Provisionales y Declaración Anual

Las personas físicas deben realizar pagos provisionales mensuales y presentar declaración anual en abril.

La LISR obliga a las personas físicas a pagar un impuesto anual mediante declaración que presentarán en abril del año siguiente. En la declaración anual, las personas físicas deberán acumular la totalidad de sus ingresos percibidos por cualquier concepto durante el ejercicio que declaran, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo. Deberán declarar la totalidad de sus ingresos, incluidos los exentos y por los que se haya pagado impuesto definitivo, cuando en el ejercicio que declaran hayan obtenido ingresos superiores a $500,000.00.

Lea también: Obligaciones Fiscales para Sociedades

Determinación del ISR para Actividades Profesionales

En caso de que se perciban ingresos sólo por actividades profesionales, únicamente se pagará el impuesto por tal concepto.

Fórmula para la Determinación del ISR

  1. Utilidad gravable por actividades profesionales
  2. (-) Deducciones personales (gastos médicos, funerarios, donativos, intereses reales por créditos hipotecarios, aportaciones voluntarias a cuentas personales de retiro, primas por seguros de gastos médicos y transportación escolar; no pueden exceder de la cantidad que resulte menor entre 4 SMG anuales del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo los exentos; en ese límite no entran los donativos)
  3. (=) Base previa del impuesto (cuando el resultado sea positivo)
  4. (-) Estímulo fiscal por pago de ciertas colegiaturas
  5. (=) Base del impuesto (cuando el resultado sea positivo)
  6. (/) Aplicación de la tarifa del artículo 152 de la LISR
  7. (=) Impuesto del ejercicio a cargo
  8. (-) Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio
  9. (-) ISR retenido por intereses en el ejercicio
  10. (-) 10% retenido por personas morales en el ejercicio
  11. (=) ISR a cargo o a favor del ejercicio

Ejemplo de Determinación del ISR

  • Utilidad gravable por actividades profesionales: 150,000
  • (-) Deducciones personales: 5,000
  • (=) Base previa del impuesto: 145,000
  • (-) Estímulo fiscal por pago de ciertas colegiaturas: 0
  • (=) Base del impuesto: 145,000
  • (/) Aplicación de la tarifa del artículo 152 de la LISR: I
  • (=) Impuesto del ejercicio a cargo: 17,663
  • (-) Pagos provisionales efectuados durante el ejercicio: 6,900
  • (-) ISR retenido por intereses en el ejercicio: 0
  • (-) 10% retenido por personas morales en el ejercicio: 20,000
  • (=) ISR a favor del ejercicio: (9,237)

Obligaciones de los Contribuyentes

Los contribuyentes deben calcular el impuesto del ejercicio a su cargo en los términos del artículo 152 de la LISR. Para estos efectos, la utilidad fiscal del ejercicio se determinará disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos por las actividades empresariales o por la prestación de servicios profesionales, las deducciones autorizadas en esta Sección, ambos correspondientes al ejercicio de que se trate.

Retenciones del ISR

Persona Física en Arrendamiento: Otros Inmuebles se retiene el 10% de ISR.

Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención las cuales deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley.

Consideraciones Adicionales

  • En 2025, no se paga ISR si tus ingresos mensuales son menores a $7,382.34 MXN (límite superior del subsidio al empleo).
  • Si tienes dos trabajos, debes sumar los ingresos de ambos trabajos y aplicar la tarifa correspondiente a tu ingreso total anual.
  • Eres responsable de declarar y pagar el impuesto directamente al SAT. Si no lo haces, se generarán recargos del 1.13% mensual más actualizaciones por inflación.
  • Los freelancers (Régimen de Actividades Profesionales) pagan ISR sobre sus honorarios brutos, aplicando tasas del 1.92% al 35%.
  • Todas las percepciones adicionales (comisiones, bonos, horas extras) se consideran ingresos acumulables.

Deducciones Personales

Puedes deducir gastos médicos, honorarios de colegios privados, donaciones a instituciones autorizadas, intereses hipotecarios y aportaciones a fondos de retiro (AFORE).

Lea también: Guía del ISR para Individuos

¿Qué hacer en caso de errores en el recibo de nómina?

Como trabajador, puedes verificar esta información en el recibo de nómina. En caso de que se detecte que hay algún error, el empleado debe acercarse al patrón o al área correspondiente, como la de Recursos Humanos, para manifestar la inconformidad y solicitar el ajuste. El único inconveniente que podría haber es que como cada uno de los patrones hará la retención de ISR, la tasa puede variar, dependiendo de la percepción que tenga en cada empleo. Todo esto, a través de los recibos de nómina anteriores.

ISR en RESICO

De acuerdo con lo establecido en el artículo 113-J de LISR (obligaciones de los contribuyentes RESICO persona física). Es importante considerar que al tributar en este régimen, solo estamos considerando el pago de ISR. Definitivamente es una gran alternativa para pagar ISR, para aquellas personas fisicas que en el Régimen de actividad empresarial pagarían más ISR.

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