Nombre Comercial vs. Razón Social: Descubre las Claves que Marcan la Diferenciapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En el ámbito de la propiedad industrial, existen dos conceptos de suma importancia, pero que a menudo son confundidos: el “nombre comercial” y la “razón social”. A continuación, se destacarán las diferencias entre estas dos figuras y cómo se regulan.

¿Qué es la Razón Social?

La razón social de una empresa la identifica como una entidad jurídica. Es la denominación con la que la sociedad está inscrita en el Registro Mercantil nacional (RNE) y aparece en los estatutos. Este documento detalla los procedimientos operativos de la empresa.

Todas las sociedades de responsabilidad limitada (SARL), las sociedades unipersonales (EURL), las sociedades anónimas (SA), las sociedades por acciones simplificadas (SAS), las sociedades por acciones simplificadas de un solo accionista (SASU), y las sociedades colectivas (SNC) deben tener sus razones sociales como entidad legal.

La elección de la razón social de una empresa no tiene restricciones. Los socios pueden usar el nombre de un fundador o socio o elegir uno con números, letras y caracteres especiales. A menudo, el nombre de la empresa hace referencia a la actividad comercial que se lleva a cabo.

Es importante verificar la disponibilidad de un nombre antes de asignarlo a tu negocio. El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, o INPI, ofrece una herramienta de búsqueda gratuita para verificar que el nombre de tu empresa, el nombre comercial y la marca sean únicos.

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La razón social debe figurar en los estatutos de la sociedad, seguida de la mención de su forma jurídica: SA, SAS, EURL, etc.

¿Qué es el Nombre Comercial?

El nombre comercial de una empresa corresponde a la denominación conocida por el público y puede ser idéntico o diferente a la razón social. Este nombre debe aparecer en los documentos comerciales y administrativos de la empresa, incluido el membrete de facturas, tarjetas comerciales, contratos y anuncios.

Es la apelación bajo la cual se designa un establecimiento comercial o una empresa. Ejemplo: Miscelánea Del Valle, Fonda La Tía Rosa, etc. Es un concepto muy viejo y se trata de un signo que sirve para distinguir una negociación de otra en una zona geográfica determinada. El nombre comercial es independiente de la denominación o razón social.

El nombre comercial, exclusivamente protege el nombre de un comercio, industria, empresa o prestador de servicios en el área donde se encuentra ubicado. Sirve para reconocer la clientela efectiva, no se registra sino se reconoce.

El nombre comercial, es una variante de las marcas que lleva un proceso diferente protección y registro. Los nombres comerciales, no requieren de la emisión de un título expedido por el IMPI, como es el caso de la marca y el aviso comercial. Solo es necesario solicitar la publicación del mismo.

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La publicación del nombre comercial en los sistemas del IMPI produce el efecto de establecer la presunción de la buena fe en la adopción y uso del nombre comercial. La solicitud de registro deberá acompañarse de documentos que acrediten el uso efectivo del nombre comercial y su vigencia será de 10 años, que podrán renovarse en períodos de la misma duración.

Diferencias Clave entre Nombre Comercial y Razón Social

La razón social es aquella por la que se le conoce colectivamente a una empresa. Esta razón social es diferente al nombre de la marca o nombre comercial de la empresa.

El nombre comercial hace referencia a la palabra o conjunto de palabras que tienen por objeto informar al público consumidor la ubicación y el reconocimiento de empresas, establecimientos o negocios para distinguirlos de otros de su mismo tipo.

Aunque a primera vista podrían parecer sinónimos, en realidad tienen conceptos y propósitos distintos. El nombre comercial actúa como la imagen distintiva de una empresa, definiendo la identidad bajo la cual opera.

Tabla Comparativa: Nombre Comercial vs. Marca

Característica Nombre Comercial Marca
Alcance de protección Limitada a la zona geográfica de la empresa, y a nivel nacional si hay difusión masiva. Puede ser a nivel nacional o internacional.
Transferencia y licencia Al transmitir una empresa se incluye el uso exclusivo del nombre comercial. Puede ser transferida como un activo independiente.
Registro No requiere registro para su protección. Requiere registro ante el IMPI para su protección.

¿Qué es una Marca?

Una marca es un signo distintivo que se usa para identificar y diferenciar los productos o servicios de una compañía de los demás. Puede estar compuesta por elementos como palabras, nombres, logotipos, imágenes, colores, sonidos, olores o una combinación de estos elementos. El propósito de una marca es establecer una “conexión” en la mente de los consumidores entre la empresa y sus productos o servicios, además de transmitir ciertos atributos o valores asociados a la marca.

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Según el artículo 214 de la LFPPI, para que el titular de una marca tenga el derecho exclusivo de utilizarla en relación con los productos o servicios que oferta, es necesario solicitar su registro ante el IMPI. Una vez aprobada, la marca se publica en la gaceta, permitiendo a terceros presentar oposiciones si consideran que la marca registrada afecta sus derechos.

Protección Legal del Nombre Comercial

Según el artículo 218 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPPI), el nombre comercial, junto con su derecho de uso exclusivo, está protegido sin necesidad de registro. Esta protección abarca el área geográfica donde la empresa tiene clientes y se extiende a nivel nacional si el nombre comercial tiene una difusión masiva y constante en el país.

Aquellos que utilicen el nombre comercial puede solicitar al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial(IMPI), la publicación de este en la Gaceta de la Propiedad Industrial (gaceta), para establecer la presunción de que se ha empleado el nombre comercial de buena fe.

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