Descubre Cómo la Justicia y el Derecho Tributario Han Revolucionado Nuestro Mundopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La necesidad de generar un pago para el bien común ha tenido una larga tradición a lo largo de la historia. En el antiguo Egipto ya se reconocen ciertas prácticas tributarias, mientras que, en la Edad Media, la forma de entender la justicia de los tributos ha necesitado una evolución para ir dando consistencia a las diferentes teorías que le daban su sustento.

Perspectivas históricas sobre la tributación

Iniciemos este repaso por uno de los nombres más conocidos entre los estudiantes del Derecho, Bartolo de Sassoferrato, a quien suele reconocérsele la paternidad del Derecho moderno. Cuando se enfrenta al Derecho tributario, se plantea si la interpretación del mismo puede hacerse como la del resto de las leyes en un reconocimiento de que los impuestos, aun siendo ley, tienen un funcionamiento diferente en el mundo del Derecho. Su postura muestra claramente el planteamiento individualista del Derecho en ese momento histórico, en que la justicia está más cerca de planteamientos individualistas que sociales.

Por otro lado, la legislación sobre impuestos y la formulación de los principios que la guía han sido parte integral de toda formación de poder centralizada. En la actualidad, los Estados tienen fundamentalmente tres formas de financiar las actividades propias del ejercicio del poder político, social, cultural y económico: los dividendos, producto de actividades productivas de propiedad pública, el endeudamiento público y la recaudación de impuestos. Sin embargo, con la introducción de políticas neoliberales a partir de los años setenta del siglo XX, los gobiernos optaron por vender sus empresas y reducir su actividad productiva directa.

Doctrinas sobre el sistema tributario

  • Doctrinas liberales clásicas: Dan gran relevancia al límite del poder del Estado frente a los derechos del hombre, especialmente en relación con los derechos de libertad y propiedad.
  • Utilitarismo: Para las concepciones utilitaristas, los tributos se justifican en la medida en que contribuyen a aumentar el bienestar global de la sociedad.
  • Concepciones de ingeniería social: Consideran que los impuestos son legítimos pues mediante ellos se pueden incentivar y desincentivar conductas y comportamientos sociales en favor del beneficio y bienestar general.

La justicia tributaria y el rol del intérprete

El problema en torno a la justicia y el sistema tributario no es nuevo. Para Aristóteles, la justicia reúne en sí todas las demás virtudes pues tiene que ver con los otros. La justicia distributiva trata de distribuir las cargas y los beneficios sociales, considerados estos como una unidad que debe ser repartida de acuerdo con una determinada proporción entre la totalidad de los miembros de una comunidad política.

En este sentido, resulta fundamental la teoría aristotélica de la epikeia, que puede resumirse en la acción hermenéutica que le permite al hombre liberarse de la "letra" de la Ley en favor del "espíritu", como la equidad. Como se ha sostenido, los jueces, en cuanto servidores del derecho, no pueden prescindir de la ratio legis ni del espíritu de la norma, pues admitir soluciones manifiestamente disvaliosas sería incompatible con la finalidad última del ordenamiento jurídico: la realización de la justicia.

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Cuadro comparativo de concepciones de justicia

Concepto Enfoque
Justicia Distributiva Distribución de cargas y beneficios según proporción.
Justicia Conmutativa Igualdad relativa al intercambio, como el mercantil.
Justicia Política Regulación de las relaciones mutuas basada en fines sociales.

Estructura de la obligación tributaria moderna

El concepto “obligación tributaria” refiere al vínculo jurídico entre el Estado (acreedor) y las personas físicas o jurídicas (deudores tributarios) que están obligadas a pagar tributos. Los sujetos involucrados en esta obligación son:

  1. Sujeto Activo (Acreedor): El Estado Nacional, Provincial o Municipal, encargado de reclamar el pago y aplicar sanciones.
  2. Sujeto Pasivo (Deudor Tributario): La persona física o jurídica que debe cumplir con el pago del tributo por realizar el hecho imponible.

Es importante destacar que la obligación tributaria puede clasificarse en materiales (pago efectivo de tributos) y formales (procedimientos y trámites administrativos). Asimismo, existen los denominados responsables por deuda ajena, que deben surgir por expresa disposición legal, ya que el hecho generador no se verifica respecto de ellos, pero cumplen una función o vínculo que motiva el requerimiento del pago del tributo.

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