Descubre cómo aplicar pérdidas fiscales correctamente en tus declaraciones anuales y provisionalespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El manejo incorrecto de las pérdidas fiscales generadas por los contribuyentes puede derivar en el ejercicio de facultades de comprobación del SAT, en las cuales la autoridad solicitará la información necesaria para sustentar los resultados negativos de la empresa. La pérdida fiscal es un tema crucial en el ámbito financiero y tributario, que afecta tanto en el ejercicio de empresas como a individuos.

Una pérdida fiscal ocurre cuando una empresa o persona física incurre en más gastos que ingresos durante un período fiscal específico, resultando en un saldo negativo. De tal forma que el numeral 57 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) indica que, la pérdida fiscal se obtendrá de la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas, cuando el monto de estas últimas sea mayor que los ingresos.

Amortización y actualización de pérdidas

La Ley del ISR permite a las personas morales amortizar pérdidas fiscales contra utilidades de ejercicios futuros. La pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio la podrás disminuir de la utilidad fiscal de los diez ejercicios siguientes hasta agotarla. Es importante destacar que, si no se aplican las pérdidas en el plazo establecido, se pierde la posibilidad de utilizarlas.

Para su correcta aplicación, los contribuyentes que hayan generado pérdidas fiscales en ejercicios anteriores, podrán actualizarlas multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el primer mes de la segunda mitad del ejercicio en el que ocurrió y hasta el último mes del mismo ejercicio. El factor de actualización se obtiene dividiendo el INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor) del último mes del ejercicio en que se aplica la pérdida entre el INPC del mes en que ocurrió.

Consideraciones en la Declaración Anual

En la declaración anual, el contribuyente puede aplicar el monto actualizado de la pérdida contra la utilidad fiscal del ejercicio. Para el ejercicio, se agregó el botón «Detalle», el cual permite seleccionar la información restante y calcular de forma automática la actualización de las pérdidas. Es necesario seleccionar el año y el mes en que se actualizó la pérdida por última vez, para que se muestre el INPC de acuerdo con la fecha seleccionada y se realice el cálculo de la actualización.

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Si en el apartado de «Resultado Fiscal», en el campo «Pérdidas de ejercicios anteriores», no se permite agregar las pérdidas, se debe corroborar haber presentado la declaración de los ejercicios previos, en las que se haya capturado la información correspondiente a las pérdidas de ejercicios anteriores pendientes de acreditar, ya que la declaración anual se precarga de los remanentes de pérdidas pendientes de aplicar que hayan sido manifestadas en dichos ejercicios.

Pérdidas fiscales en pagos provisionales

Existe una distinción fundamental respecto a la aplicación de estos saldos en los flujos operativos mensuales. Las pérdidas fiscales no se pueden amortizar en pagos provisionales. Por lo anterior, surge la duda sobre si las pérdidas fiscales deben actualizarse al disminuir la utilidad fiscal en los pagos provisionales, aunque la normativa es clara al señalar que la autodeterminación es una prerrogativa del contribuyente.

A continuación, se presenta una tabla resumen sobre los aspectos clave de las pérdidas fiscales:

  • Definición: Diferencia entre ingresos acumulables y deducciones autorizadas cuando estas últimas son mayores.
  • Plazo de aplicación: Hasta los diez ejercicios siguientes al en que se generó.
  • Actualización: Desde el primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que ocurrió hasta el último mes del mismo ejercicio.
  • Pagos provisionales: No es posible amortizar pérdidas fiscales en el cálculo de pagos provisionales.
  • Declaración Anual: Se aplica el monto actualizado contra la utilidad fiscal del ejercicio.

La amortización de pérdidas fiscales es una herramienta clave de planeación fiscal, pero debe realizarse respetando los requisitos específicos que marca la ley. En casos de fusiones, escisiones o cambios de residencia fiscal, la pérdida puede perderse si no se cumple con los lineamientos establecidos por la autoridad.

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