¿Debemos preocuparnos por las pensiones en México? La respuesta es un rotundo sí. Quiero justificarla con dos argumentos que suelen mezclarse y, en mi opinión, vale la pena desglosar. Primero, el corto plazo y la gran presión que están ejerciendo en las finanzas públicas mexicanas, con algunas consecuencias graves. Segundo, el mediano (largo) plazo, donde un envejecimiento acelerado de la población tiene profundas implicaciones tanto en alcance, cobertura, diseño y sostenibilidad.
¿Qué es un Plan Personal de Retiro (PPR)?
Un PPR es un plan especial de ahorro para el retiro y un plan de ahorro privado con una estructura fiscal bajo el artículo 151 de la Ley del ISR. El término definido por el SAT es Plan Personal de Retiro o PPR, por sus siglas.
En México, una de las opciones más atractivas para prepararse para esta etapa es a través de los Planes Personales de Retiro también conocidos como PPR. Al investigar sobre este tema es importante que recuerdes que dichos planes están previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) para que las aportaciones que hagan los ahorradores sean deducibles del pago de dicho impuesto, así como otros, muy generosos, beneficios fiscales. Por esta característica son una herramienta de planeación financiera muy importante para personas que pagan altas cargas de este impuesto.
Sólo con tu AFORE no te va a alcanzar. Incrementa el monto que recibirás de pensión usando un PPR.
Tipos de Planes de Retiro
Dentro del sector asegurador puedes encontrar planes de retiro con estructuras fiscales bajo el artículo 93 y el 185 de la LISR y, además, podemos diferenciar 2 tipos de planes por la forma en la que te ofrecen rendimientos:
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- Seguros de retiro: planes con rendimiento garantizado que al final del plazo contratado te entregan la suma asegurada o monto pactado. Prácticamente, son instrumentos de renta fija. Tienes un rendimiento garantizado que conoces desde el inicio y éste depende del plazo, entre otras cosas.
- Planes de ahorro para el retiro: planes que te ofrecen rendimiento variable a través de portafolios de inversión. Una ventaja de estos planes es que tienen un gran potencial para generar ganancias a largo plazo porque se alimentan constantemente de tus aportaciones, sus rendimientos se capitalizan diario y aprovechan su beneficio fiscal para maximizar el efecto de interés compuesto.
Ambos planes funcionan, básicamente, de la misma forma. Eliges el monto y la periodicidad de tu ahorro, eliges un plazo y al final recibes tu dinero ahorrado más su rendimiento.
Los 2 tipos de plan tienen beneficios fiscales, así como ventajas y características específicas. El que más te convenga dependerá de tu situación financiera y fiscal, de tu perfil de inversionista, de tus objetivos financieros y necesidades de protección, entre otros factores.
Planes de ahorro para el retiro
En estos planes, tu dinero es invertido a través de distintos portafolios de inversión que puedes elegir libremente, de acuerdo con las políticas y los estándares de tu aseguradora.
Tu plan puede incluir un seguro de vida temporal, en cuyo caso tus aportaciones se dividirán en 2:
- Aportación de ahorro: la parte de tus aportaciones que entra al fondo de ahorro, se invierte y puede ser deducible de impuestos.
- Prima de seguro: la parte de tus aportaciones que se destina al pago del seguro de vida y/o de las coberturas adicionales. Esta parte no genera rendimientos y tampoco se puede deducir de impuestos.
Seguros de retiro
La principal ventaja de este tipo de planes es que desde el inicio sabes cuánto recibirás al final del plazo y tu rendimiento es garantizado. No tendrás que preocuparte por minusvalías, por mercados financieros o inflación.
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Dentro de sus beneficios tienes una tabla de valores garantizados que podrás reclamar en caso de que quieras dejar de hacer tus aportaciones, de que tengas que cancelar o que quieras retirar tu dinero antes del plazo contratado.
Otra ventaja de estos planes es que tienes mayor protección ante la invalidez, pues la cobertura de Invalidez total y permanente te libera del pago total del plan, mientras que en los planes de ahorro la exención de pago de primas sólo aplica a la parte correspondiente del seguro de vida y no a las de ahorro.
Beneficios Fiscales de los PPR
Los planes de retiro que ofrecen las aseguradoras tienen una estructura fiscal basada en uno de los siguientes 3 artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) para aprovechar los beneficios fiscales previstos en ellos.
Cada artículo ofrece beneficios fiscales distintos. La conveniencia de uno u otro dependerá de tu situación fiscal, de tu situación financiera, de tus necesidades y de tus objetivos con el plan.
Generalmente, puedes elegir la estructura fiscal de tu plan con el artículo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) que contenga los beneficios fiscales que te convienen.
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Los artículos sobre los que puedes basar un plan de retiro son el 93, el 151 y el 185. Cada uno ofrece distintos beneficios fiscales y es importante que elijas el más adecuado para ti antes de contratar un plan, pues una vez que lo contratas no puedes cambiar esta característica.
- Puedes deducir hasta el 10% de tus ingresos con tope de 5 Unidades de Medida (UMA).
- Con un PPR exentas el pago de impuestos por enajenación de acciones y dividendos recibidos.
Artículo 93 de la Ley del ISR
Los planes de retiro basados en este artículo gozan de los siguientes beneficios fiscales:
- Diferimiento del pago de impuestos: En cualquier inversión, al momento de hacer efectiva alguna ganancia o utilidad se debe pagar una retención de impuestos. Con el diferimiento esta retención no se aplica sino hasta que se hace un retiro total o parcial del fondo de ahorro y dependiendo de si se cumplen o no los requisitos de permanencia.
- Exención de pago de impuestos: Los requisitos de permanencia son las reglas que debes cumplir para que el SAT no aplique ninguna retención de impuestos cuando haces retiros de tu plan, ya sean retiros parciales o un retiro total. Las reglas de permanencia para este artículo son mantener vigente el plan de retiro durante al menos 5 años y tener 60 años cumplidos al momento de disponer de los recursos del fondo. Si se cumplen estas dos reglas, no se aplicará ninguna retención a los retiros que hagas de tu plan.
- Exención de pago de impuestos por fallecimiento: Si pierdes la vida durante la vigencia de tu plan de retiro el saldo acumulado será entregado a tus beneficiarios. Si tus beneficiarios son familia directa (hijos, conyugue o padres) recibirán el dinero completo, sin ninguna retención por parte del SAT.
Este artículo no te permite hacer tus aportaciones deducibles de impuestos. Considera eso antes de elegirlo, según tu régimen fiscal.
La mayor ventaja de los planes basados en este artículo es que podrás disponer de tus recursos libres de impuestos a los 60 años y sin tope de exención.
Artículo 151 de la Ley del ISR
Los planes personales de retiro o PPRs, por definición, tienen su estructura fiscal bajo este artículo. Algunas instituciones no te permiten elegir libremente la estructura fiscal de tu plan y manejan todos sus planes de ahorro bajo este artículo.
Los beneficios fiscales que tendrás si lo eliges son los siguientes:
- Deducibilidad de impuestos: Tus aportaciones al plan de retiro son deducibles de impuestos hasta un máximo del 10% de tus ingresos acumulados en el ejercicio fiscal correspondiente o de 5 UMAs anuales. Este beneficio se traduce en un pago de impuestos menor al disminuir la base gravable. Lo que se convierte en una mayor cantidad de ingresos y en saldo a favor que podrías recuperar cada año en tu declaración anual.
- Diferimiento de pago de impuestos: Al igual que el artículo 93 de la LISR, en el 151 sólo se aplican retenciones de impuestos hasta que se hacen retiros del fondo y si no se cumplen los requisitos de permanencia. Mientras tu dinero se mantenga dentro del fondo, los rendimientos que genere tu plan no pagarán impuestos.
- Exención de pago de impuestos: Los requisitos de permanencia de este artículo indican que debes mantener los recursos en tu plan de retiro hasta los 65 años. Cumpliendo ese requisito podrás disponer de tu saldo sin retenciones siempre y cuando tus retiros parciales o periódicos sean de máximo 15 UMAs anuales o que tu retiro total sea de máximo 90 UMAs anuales. Si tus retiros son mayores al límite, pagarás una retención del 20% de ISR sobre el excedente.
- Exención de pago de impuestos por fallecimiento: Al igual que en el artículo 93, si falleces y tus beneficiarios son familiares directos, recibirán el dinero libre de impuestos.
Artículo 185 de la Ley del ISR
Este es el menos utilizado de los 3 artículos porque sus beneficios sólo son diferimiento y deducibilidad. No hay exención de impuestos.
El diferimiento aplica de la misma forma que con los otros dos artículos. La deducibilidad está topada a $152 mil pesos anuales.
No hay requisitos de permanencia pues, invariablemente, se aplicará una retención de la tasa máxima vigente en cada retiro sin importar tu edad, el plazo o duración de tu plan, las cantidades que recibas o el parentesco de tus beneficiarios en caso de tu fallecimiento.
Los planes basados en este artículo sólo son recomendados para personas que pretendan deducir aportaciones mayores que lo permitido en el artículo 151, pues al tener dos pólizas, una bajo el artículo 151 y otra bajo el 185, puede aumentar el límite de deducciones personales aplicando lo máximo permitido en cada uno. Además, el artículo 185 te permite incluir en tus declaraciones anuales deducciones facturadas entre enero y marzo del año en curso.
¿Para Quiénes Son Ideales los PPR?
Todas aquellas personas que pagan elevadas cargas fiscales de impuesto sobre la renta, ya sea porque sus patrones se los retienen o a quienes la ley les permite muy pocas deducciones, pueden beneficiarse mucho del uso de este instrumento de ahorro e inversión.
Ejemplos:
- Asalariados: Aquellos a los que sus empleadores ya les realizaron las retenciones mensuales correspondientes.
- Trabajadores independientes que cobran por honorarios a una persona moral.
Ejemplo Práctico de Deducción de Impuestos con un PPR
Imagina que eres un profesionista independiente que tiene un ingreso anual de $600,000.00 MXN. Durante el año, decide hacer aportaciones a su Plan Personal de Retiro por un total de $50,000.00 MXN.
Sin considerar otras deducciones, si no hiciera la aportación al Plan Personal de Retiro, la base para el cálculo de su ISR sería de $600,000.00 MXN. Por lo tanto, el ISR se calculará sobre $550,000.00 MXN en lugar de $600,000.00 MXN, lo que resultará en un impuesto menor.
Y esto tiene un beneficio doble, podrás recuperar 12,356.30 pesos de ISR después de la declaración anual y tienes 50,000 pesos ahorrados (más intereses).
Ahora imagina que de esa devolución de 12,356.30, aportas 10,000, más los 50,000 que fijaste con la Institución financiera con que contrataste el plan (una aportación extraordinaria), eso te lleva a 60,000 de aportaciones que es el límite de 10% para un ingreso de 600,000. Para el segundo año aportas 60,000 pesos.
Esta deducción no solo proporciona un ahorro inmediato en la carga fiscal del año, sino que también le garantiza un fondo para el futuro al momento de su retiro.
Consideraciones Adicionales
Es importante tener en cuenta que ningún plan de ahorro permite hacer cambios en su estructura fiscal una vez que se contrata, por lo que debes elegir correctamente el artículo que se adecúe más a tu perfil antes de contratar tu plan.
Toma en cuenta los beneficios fiscales de cada uno, la duración de tu plan, tu expectativa de retiro, tu situación fiscal y financiera actual e intenta prever situaciones o cambios que puedan presentarse en el futuro.
También, es indudable que en la vida hay muchos eventos inciertos que podrían llevar a un ahorrador a cancelar su plan. Un beneficio adicional importante de algunos PPR son los seguros que se ofrecen como parte de la cobertura.
El Envejecimiento Poblacional y las Pensiones
En México, la población está atravesando un proceso de envejecimiento demográfico, definido como el incremento gradual en la proporción de personas de 60 años y más con respecto a la población total (CEPAL). Aunque la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores (DOF, 2022) establece que se considera adulto mayor a quienes tienen 60 años o más, el acceso a la mayoría de las pensiones, tanto contributivas como no contributivas, comienza a partir de los 65 años.
En 2020, la población de 65 años o más ascendió a 9,763,558 personas, representando el 7.7 % de la población total (INEGI, Censo 2020). Sin embargo, las proyecciones del Consejo Nacional de Población (CONAPO) indican que para 2050 se espera que haya 24,893,097 personas de 65 años o más, lo que constituiría el 16.5 % de la población total.
El envejecimiento poblacional ha provocado un incremento en el gasto público destinado a pensiones y jubilaciones a lo largo del tiempo.
Tipos de Sistemas de Pensiones
Cualquier discusión sobre este tema tiene que comenzar definiendo cuatro elementos que dan sustento a los sistemas de pensiones.
- Pilar 0: Pensiones no contributivas. Su nombre las describe; las personas no contribuyen para recibir este pago, que puede ser focalizado o complementario para asegurar un piso mínimo de pensión. En México, se optó por un enfoque más generoso, pues es universal desde los 65 años y el monto completo se recibe independientemente de participar en otro esquema.
- Pilar 1: Sistema de beneficios definidos o contributivas. Su idea central es realizar contribuciones durante la etapa laboral y recibir pagos durante la etapa de retiro (de ahí el acrónimo en inglés PAYG, “pay as you go”). Es común que los pagos realizados estén por arriba de lo que correspondería en términos financieros a las contribuciones.
- Pilar 2: Contribuciones definidas, también llamadas cuentas individuales o “afores”.
- Pilar 3: Ahorros voluntarios. La diferencia del ahorro voluntario en sistema de pensiones, versus otras formas de ahorro, es que el primero suele recibir algún tipo de estímulo fiscal. A cambio de este trato preferencial, su utilización suele tener algunas restricciones, donde su retiro “antes de tiempo” puede incurrir en penalizaciones.
Finanzas Públicas y Pensiones
Según (CIEP, 2022)5, el gasto federal en pensiones en 2024 sería alrededor de 6.1% del PIB, casi la mitad de la recaudación tributaria. Si agregamos el servicio de la deuda pública, que ese año debe rondar 3.4% del PIB (estimado conservador), llegaríamos a casi 9.5% del PIB, solo entre pensiones y servicio de la deuda.
En gran parte, debido a una recaudación fiscal pequeña con respecto a países similares, rondando el 14% del PIB. Cuando agregamos las cuotas a la seguridad social, los derechos petroleros y aprovechamientos, nos aproximamos a 17% del PIB.
La Figura 1 muestra cómo el aumento en gasto federal de pensiones va de la mano con reducciones en gasto educativo, de salud y dolorosamente en infraestructura. Que el gasto en pensiones pudiera restringir inversiones en capital humano y en capital físico implicaría profundos efectos redistributivos intergeneracionales.
El Fantasma del Envejecimiento
México tiene actualmente alrededor de 11 millones de personas con 65 años o más, alrededor de 8.5% de la población (130 millones). En 2043, ya casi sin crecimiento de población, Naciones Unidas7 proyecta 23 millones de personas con 65 años o más, de un total de alrededor de 143 millones de personas, lo cual equivale a 16.1%, lo cual es un reto mayor.
Algunos Dilemas del Sistema de Pensiones
El sistema de pensiones no se puede evaluar aislado. Necesitamos reconocer que el gasto en pensiones compite por espacio fiscal y que puede llegar a tener un alto costo de oportunidad asociado.
A continuación menciono algunos dilemas que rodean los cuatro pilares:
- Elaborar un padrón de beneficiarios, tener claro lo que se le debe a cada persona, revisar horizontes de pagos y valores presentes de todo el sistema.
- Necesidad de una ley marco que rija todos los sistemas de pensiones del país. Al menos, que cubra aquellos donde hay dinero público involucrado.
- Homologar pagos de ISR en las leyes IMSS e ISSSTE y otros subsistemas.
- Revisar la “Modalidad 40”. Con las reglas actuales se pueden hacer contribuciones o reportar mayores sueldos en últimos años de la vida laboral y las pensiones se inflan de manera considerable.
El Ahorro Voluntario (Pilar 3)
La idea es recurrente en los foros especializados: la gente tendrá que ahorrar más para el retiro. Para la gran mayoría de la población no es sencillo, bajos salarios y costos de vida elevados sesgan fuertemente a corto plazo. De cualquier forma, con la esperanza de vida subiendo y estructuras familiares cambiantes, difícilmente se puede omitir la responsabilidad individual.
Dicho lo anterior, la política pública tiene un rol importante para que esto suceda. Urge un mayor número de instrumentos financieros accesibles, sencillos y de uso amplio entre la población. También se deben considerar los incentivos, más allá de los fiscales actuales, quizá dar estímulos que aumenten los montos pequeños y focalizar a personas con ingresos bajos puede resultar altamente efectivo.
Conocimiento y Educación Financiera
Para tomar decisiones óptimas de ahorro para el retiro se requiere de educación financiera. El conocimiento y la comprensión de conceptos básicos de economía y finanzas puede mejorar las decisiones de los trabajadores en torno a su ahorro y programa de pensiones.
Planes de Retiro Ofrecidos por Aseguradoras en México
Con base en los parámetros anteriores, vamos a calificar 4 PPR muy reconocidos en el mercado mexicano. A cada variable le asignaremos una calificación y luego las sumaremos para tratar de determinar cuál es el mejor PPR, al menos en el sector asegurador.
Allianz
Los clientes que utilizan este producto como vehículo de inversión en la práctica se afilian a un fideicomiso.
Allianz ofrece 15 alternativas para invertir, lo que la convierte en la institución con más opciones de las 4 que revisamos en este artículo.
