Descubre el Principio de Importancia Relativa en Contabilidad: Ejemplos Impactantes y Aplicaciones Clavepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Tras los escándalos financieros de los últimos años, la calidad e independencia de la auditoría financiera externa han aumentado para reforzar el marco regulatorio. Ante esta situación, resulta necesario introducir, entre otras medidas, mayores y mejores mecanismos de control para lograr una información contable plenamente transparente.

En este sentido, la Federación Internacional de Contadores (IFAC) está revisando y actualizando las Normas Internacionales de Auditoría (NIAS), que constituyen el referente mundial más importante de los principios y requisitos que deben seguir los auditores para cumplir de la forma más adecuada su función como agentes que garanticen la fiabilidad de la información contable publicada por las empresas.

Específicamente, analizamos el contenido actualizado de ambas normas, que entrarán en vigor a partir del 15 de diciembre de 2009, y las comparamos con sus análogas en Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, España, México y Portugal. Debido a la aceptación mundial de las NIAS, es necesario que los organismos reguladores en estos países emprendan el camino hacia su adopción o convergencia.

Hace algunos años, la crisis de confianza detonada con los escándalos financieros encabezados por el caso Enron-Andersen evidenciaron que los sistemas de contabilidad y auditoría de corte anglosajón no eran tan fiables y rigurosos como se creía.

Entonces, se tomaron algunas medidas encaminadas a robustecer el marco regulador y normativo de la auditoría. Con relación al tema que nos ocupa en este trabajo, la Securities and Exchange Commission (SEC), tras el célebre discurso "The Numbers Game" pronunciado por su presidente Arthur Levitt (1998), publicó el "SAB 99: Materiality" donde se critica duramente la aplicación del concepto de importancia relativa en la práctica de la auditoría y se destaca la relevancia que debe concederse a la utilización efectiva de su vertiente cualitativa (SEC, 1999).

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En el contexto de la Unión Europea (UE), se modernizó la Octava Directiva referente a la auditoría legal de las cuentas anuales y consolidadas, tras haber emitido distintos comunicados previos relacionados con el tema (ce, 2006). Además, en España se había publicado la Ley de medidas que reforman el sistema financiero (44/2002) y junto con Portugal y los demás estados miembros de la Unión Europea (UE) tienen prevista la adopción de las Normas Internacionales de Auditoría (NIAS) como referente para adecuar su actual marco normativo.

Por su parte, en algunos países de Iberoamérica, siguiendo la corriente mundial, se inició un proceso para converger o directamente adoptar la normativa internacional que, por otra parte, estaba siendo actualizada por la Federación Internacional de Contadores (IFAC): Argentina y Costa Rica las adoptaron (FACPCE, 2005; CCPCR, 2005); Chile y México convergieron (BID, 2004; IMCP, 2009); Colombia resolvió armonizar con los usos y reglas internacionales5 (Ley 1116/2006; Art. 122); Brasil promulgó la Ley (11638/2007) sobre la divulgación de información financiera y publicó un plan para converger con las normativas contables internacionales o de información financiera (NIC/NIIF)6 y con las NIAS en 2010 (IBRACON, 2008).

En un contexto de crisis global, como el actual, resulta necesario introducir nuevos y mejores instrumentos de control, así como planteamientos más rigurosos de regulación y supervisión, que coadyuven en la lucha contra la ineficacia y corrupción que ha quedado al descubierto tras los recientes sucesos que tanto han afectado a la economía mundial.

Dentro de las diferentes teorías y líneas de pensamiento que surgen para evitar futuras crisis, este trabajo se centra en la función de la auditoría de estados financieros; por ello, planteamos en este artículo los siguientes objetivos específicos:

  • Analizar de forma particular las novedades introducidas por la IFAC en las nuevas normas que regularán, a partir del 15 de diciembre de 2009, la aplicación en todo el mundo de uno de los principios más trascendentes en la realización de las auditorías de estados financieros: la importancia relativa (IAASB, 2008b).
  • Comparar su contenido con el de las normas que actualmente regulan el concepto en Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, España, México y Portugal, por ser algunos de los países más representativos de Iberoamérica.

En el contexto de estos dos objetivos se trata principalmente de dar respuesta a la siguiente pregunta de investigación: ¿En qué medida y de qué forma puede contribuir la adopción de los nuevos desarrollos internacionales sobre la importancia relativa en auditoría para evitar la sucesión de crisis financieras como la actual?

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Regulación de la auditoría y de la importancia relativa en algunos países de Iberoamérica

La regulación de la función auditora en todo el mundo está a cargo de organismos de naturaleza tanto pública como privada, los cuales desde la esfera de sus atribuciones trasladan ciertas actuaciones hacia otros organismos que regulan el sector bancario, el asegurador, el de pensiones y el de valores.

Análisis comparativo de la normativa sobre importancia relativa

Ante las duras críticas recibidas por los auditores debido al uso inadecuado de la importancia relativa en sus trabajos (Levitt, 1998; SEC, 1999), el IAASB (2004, 2006) inició un proceso de revisión y reedición de la "NIA 320: Materialidad en auditoría" (IFAC, 2008:392-396), del que surgieron las propuestas "NIA 320 (revisada y reeditada): La materialidad en la planificación y ejecución de una auditoría", Norma Internacional de Auditoría revisada y reeditada (NIARR 320) y la "NIA 450 (revisada y reeditada): La evaluación de las incidencias detectadas durante la auditoría" (NIARR 450), (IAASB, 2008b). Tras varios años de intenso trabajo, dicho proceso culminó con un comunicado del Public Interest Oversight Board (PIOB) el 2 de octubre de 2008, ratificando que durante el proceso de revisión y reedición de la NIA 320, el IAASB había seguido los estándares de independencia, calidad e imparcialidad previstos, por lo que las dos nuevas normas fueron aprobadas (IAASB, 2008a).

En la actualidad existen dos normas actualizadas que deben ser difundidas, estudiadas y consideradas -de acuerdo con la particular visión que tengan los organismos reguladores de la auditoría en cada país- en los procesos de adopción o convergencia con la normativa de contabilidad y auditoría en todo el mundo.

Análisis comparado de las principales novedades que plantea la NIARR 320 en relación con las normas de importancia relativa en los países objeto de estudio

Alcance: La norma delimita su alcance a la planeación y ejecución de la auditoría (párr. 1), dejando para la NIARR 450 la evaluación de las incidencias. En cambio, con la excepción de Colombia, el resto de las normas analizadas sí incluyen la etapa de evaluación o emisión del informe como parte de su alcance.

Definición: No contiene una definición formal de importancia relativa (párrs. 2-3), sino que se remite a su obtención del marco conceptual de la información financiera que sea de aplicación en cada caso; en cambio, el resto de las normas examinadas sí la definen. Las definiciones, aunque con ciertos matices, coinciden con la explicación que sobre el concepto hacen las NIC/NIIF.

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Así, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) de México la define como "El importe acumulado de los errores y desviaciones de principios de contabilidad, que podrían contener los estados financieros sin que, a juicio del auditor y a la luz de las circunstancias existentes, sea probable que se afecte el juicio o decisiones de las personas que confían en la información contenida en dichos estados".

Lo anterior no debe confundirse con la expresión "importancia relativa de ejecución o desarrollo" (párr. 9), pues ésta se refiere, de forma más particular, al importe que debe establecerse para reducir a un nivel apropiadamente bajo la probabilidad de que las incidencias no corregidas y no detectadas excedan la importancia relativa establecida en la etapa de planeación para los estados financieros en su conjunto y, en su caso, para transacciones, saldos de cuentas y manifestaciones de información específicas, así como para evaluar el riesgo de incidencias significativas y determinar la naturaleza, momento de realización y extensión de los procedimientos de auditoría (párrs. 11 y A12). Esta definición es nueva y, por tanto, no aparece en ninguna de las normas revisadas.

Usuarios: Con relación a los usuarios de la información financiera, cuya consideración está presente en cualquier definición del concepto de importancia relativa, la nueva norma internacional establece como orientación que éstos poseen conocimientos razonables de contabilidad, negocios y economía; que entienden que los estados financieros son preparados, presentados y revisados bajo niveles de importancia relativa; que reconocen la incertidumbre inherente que implica la realización de estimaciones contables para la cuantificación de determinados rubros y que toman decisiones razonables sobre la base de la información contenida en los estados financieros (párr. 4). Estas circunstancias sólo se encuentran en forma parcial en la norma española.

Uso de la importancia relativa en auditoría: La cual se emplea para (párrs. 5, 6 y A1):

  • Planear y ejecutar la auditoría, así como para evaluar el efecto de las incidencias no corregidas, si las hay, en los estados financieros y en el informe de opinión.
  • Determinar la significatividad de una incidencia.
  • Proveer bases al auditor para determinar el momento, naturaleza y extensión de los procedimientos de auditoría y evaluación de riesgos.

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