Descubre Cómo la Nueva Resolución del IMSS Impacta la Integración de la PTU al Salario Base de Cotizaciónpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El cumplimiento de las obligaciones patronales es fundamental para mantener la estabilidad financiera y laboral de cualquier organización. Cada año, los departamentos de Recursos Humanos y Contabilidad se preparan para uno de los procesos más importantes estipulados por la Ley: el Reparto de Utilidades (PTU).

¿Qué es la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)?

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) tiene su fundamento legal en el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). La PTU, o reparto de utilidades como se le conoce más comúnmente, es algo que las empresas no pueden tomar a la ligera. Básicamente, es la obligación legal de compartir una parte de las ganancias anuales con el personal que ayudó a generarlas. Este derecho implica que los trabajadores reciban una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón como resultado de su actividad productiva o los servicios que ofrece. Eso sí, si la empresa no tuvo utilidades durante el año fiscal, entonces no hay nada que repartir. Más que un trámite, es una manera de reconocer, en pesos y centavos, que el crecimiento de la empresa no se logra en solitario.

Origen y Propósito de la PTU

La PTU no es nueva; todo empezó con la Constitución de 1917, esa que nació después de la Revolución. Aunque la idea todavía era medio borrosa, quedó ahí sembrada, pero no fue hasta 1962 que tomó forma clara y se volvió un derecho laboral obligatorio. Desde entonces, quedó asentado algo muy simple: si la empresa gana, los trabajadores también tienen que ganar. Para el trabajador, es una forma concreta de decirle “tu esfuerzo vale, y aquí está tu parte”. Motiva, da sentido de justicia y también ayuda a pagar esas cuentas pendientes. Para la empresa, más allá de cumplir con la ley, es una gran herramienta interna. Mejora el ambiente laboral, hace que la gente se sienta parte del juego, no solo del reloj y como bono extra: ayuda a retener talento sin tener que hacer malabares de recursos humanos.

Normatividad y Porcentaje de Reparto

El reparto de utilidades no es un favor ni un gesto bonito; es una obligación legal, tal cual lo marca la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 123, Apartado A, Fracción IX de la Constitución y reforzado de nuevo en el artículo 117 de la LFT. Ambos dicen que los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las ganancias que genera la empresa. La ley dice que hay que repartir con base en un porcentaje. Ese porcentaje lo define la Comisión Nacional para la PTU de las Empresas y se aplica sobre lo que se conoce como renta gravable, no sobre todo lo que la empresa ganó, sino sobre lo que queda después de los ajustes fiscales. Este porcentaje es el mismo para todas y lo fija la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades. Actualmente es del 10%. Es importante tener en cuenta que se aplica sobre la utilidad fiscal, no sobre ventas totales ni sobre utilidades brutas.

Cálculo y Distribución de la PTU

El procedimiento para calcular la PTU requiere datos fiscales y laborales precisos. La base para calcular el reparto de utilidades es la utilidad fiscal declarada por la empresa ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el cálculo de la PTU combina dos factores muy claros: el tiempo que trabajó cada persona y el sueldo que ganó. El monto total a repartir es el 10% de la renta gravable que la empresa declaró en su ejercicio fiscal, y se parte en dos mitades iguales.

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  • La primera mitad se reparte de forma equitativa entre todos los colaboradores que tienen derecho, sin importar cuánto ganan. Aquí lo único que cuenta es cuántos días trabajaron durante el año fiscal; quien trabajó más días, recibe más.
  • La segunda mitad sí toma en cuenta los ingresos, pero ojo: no se consideran bonos, gratificaciones ni pagos extraordinarios como horas extras. Solo se toma como base el salario ordinario que el trabajador devengó durante el año.

Al final, a cada trabajador se le paga la suma de lo que le tocó por días laborados más lo que le corresponde por su salario.

¿Quiénes Tienen Derecho a Recibir PTU?

Tienen derecho a recibir el pago de utilidades todos los colaboradores que hayan prestado sus servicios a un patrón durante el año fiscal correspondiente. En términos generales, todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año en una empresa tienen derecho a recibir PTU. Esto incluye a:

  • Empleados actuales.
  • Mamás en incapacidad por maternidad: Aunque no estén trabajando esos días, no se les deja fuera, porque el descanso por maternidad es un derecho.
  • Trabajadores con incapacidad del IMSS: Sí, incluso si están recuperándose también cuentan.
  • Eventuales: solo si trabajaron al menos 60 días en el año. Si fue menos, ahí sí no aplica.
  • Ex empleados con contrato indefinido: Si trabajaron durante el año que generó las utilidades y el contrato fue sin fecha de término, les corresponde su parte, siempre y cuando hayan laborado un mínimo de 60 días en el año fiscal, no hayan firmado nada que diga que ya renunciaron a ese derecho y la empresa haya generado utilidades.

Excepciones al Derecho de PTU

Si bien la PTU es un derecho generalizado, existen algunas excepciones. La LFT señala explícitamente qué figuras están excluidas. Por ejemplo, las empresas de nueva creación están exentas durante su primer año de funcionamiento. Tampoco tienen derecho a recibir PTU:

  • Directores, gerentes de alto rango o socios.
  • Trabajadores domésticos.
  • Quienes prestaban servicios como tercero, externo o freelancer.
  • Empleados cuyo contrato fue eventual y duró menos de 60 días.

Fechas Límite para el Pago de PTU

La ley otorga a los empleadores un lapso de 60 días posteriores a la fecha límite del pago de impuestos anuales para cumplir con el reparto. Las fechas son:

  • Para personas morales: Si tu empresa es una persona moral, la fecha tope para declarar impuestos es el 31 de marzo, entonces la PTU se tiene que pagar entre el 1 de abril y el 30 de mayo.
  • Para personas físicas con empleados a su cargo: El plazo se mueve del 1 de mayo al 29 de junio.

Los trabajadores tienen un plazo de un año, a partir del día siguiente a la fecha límite de pago, para reclamar sus utilidades. Si pasa un año y el extrabajador no reclama su PTU, esa cantidad no se queda en el limbo; la ley indica que debe sumarse a las utilidades a repartir en el siguiente ejercicio fiscal.

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La Resolución del IMSS: PTU y el Salario Base de Cotización

El 7 de julio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.260623/160.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Este acuerdo contiene el Criterio número 02/2023/NV/SBC-LSS-27-IV y entró en vigor al día siguiente de su publicación. Esta primera publicación corresponde a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), misma que los patrones tienen la obligación constitucional de pagar anualmente.

Si bien en materia de seguridad social la PTU queda exenta de integrarse al Salario Base de Cotización (SBC), conforme a lo establecido en el artículo 27, fracción IV, de la Ley del Seguro Social (LSS), el criterio mencionado establece varios supuestos en los que su pago se integra a dicho salario como una percepción gravable y de naturaleza variable. La Resolución determina que los pagos calificados como reparto de utilidades (PTU) realizados en términos diferentes a los que establece la Ley integran el salario base de cotización.

Condiciones para la Integración de la PTU al SBC según el IMSS

En este sentido, el acuerdo indica que esta prestación debe integrarse al SBC cuando:

  1. Se pague antes o después de los 60 días posteriores a la presentación de la declaración anual del ejercicio, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Lo anterior, en virtud de que no se tiene la certeza que, en el ejercicio fiscal, se genere utilidad o pérdida fiscal, dicha prestación laboral, al entregarse fuera de los límites o plazos establecidos por la LFT, pierde su naturaleza.
  2. La cantidad supere el límite establecido en el artículo 127, fracción VIII, de la LFT (únicamente se integra el excedente). En este sentido, si la PTU entregada a las personas trabajadoras excede lo señalado y los patrones deciden no descontar el monto entregado en demasía, dicha percepción pierde la naturaleza de utilidades y se convierte en una gratificación.
  3. Se pague más de un mes de salario; aplicable a patrones cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo y de personal dedicado al cuidado de bienes que produzcan rentas, o bien, al cobro de créditos y sus intereses (también se integra el excedente).

Adicionalmente, la publicación señala que los bonos de productividad, también llamados “incentivos”, “comisiones”, “bonos” o “gratificaciones” deben formar parte del SBC del personal, independientemente de la forma en que se paguen, es decir, efectivo, tarjetas de regalo, vales, etc. Cabe señalar que también se indica que no cumplir cabalmente con el cumplimiento de estos criterios se considera una práctica fiscal indebida en materia de seguridad social.

Impacto en la Seguridad Social

Para mayor claridad sobre las implicaciones de esta resolución, se presenta la siguiente tabla:

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Condición para la Integración al SBC Descripción Impacto en la Seguridad Social
Pago fuera de los plazos legales La PTU se paga antes o después de los 60 días posteriores a la declaración anual del ISR (Art. 122 LFT). La PTU pierde su naturaleza y se integra al Salario Base de Cotización.
Exceso del límite legal establecido La cantidad de PTU entregada supera el tope máximo del Art. 127, fracción VIII de la LFT. Únicamente el monto excedente se integra al Salario Base de Cotización.
Pago superior a un mes de salario (casos específicos) Aplica a patrones cuyos ingresos derivan exclusivamente de su trabajo o personal de cuidado de bienes/cobro de créditos. Solo el excedente se integra al Salario Base de Cotización.

Dado lo anterior, es importante revisar en tiempo y forma el pago de la PTU, así como las cantidades otorgadas, a fin de evitar contingencias ante el IMSS.

La Incapacidad Laboral y el IMSS

Cuando un colaborador sufre una incapacidad IMSS debe saber cómo está amparado y sobre todo, como empleador, qué puede representar para tu cálculo de nómina. La incapacidad laboral se refiere a la disminución o pérdida de la capacidad para desempeñar un trabajo. Ese documento médico legal se expide a los trabajadores cuando no se encuentran aptos para trabajar debido a algún padecimiento. La incapacidad temporal es cuando el trabajador pierde por algún tiempo sus facultades o aptitudes para desempeñar su trabajo; sea de manera parcial o total (artículo 478).

Para aplicar a la incapacidad IMSS, el colaborador debe tener una antigüedad de cuatro semanas inmediatas previas al padecimiento, y el pago corresponde al 60% del salario registrado en el IMSS, cuando se determina la incapacidad. Aquellas ocasionadas por absorción de polvos, humos, líquidos, gases o vapores tóxicos, no exigen semanas cotizadas previas y el pago corresponde al 100% del salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad. En el caso de incapacidad por maternidad, las mujeres trabajadoras en México podrán disfrutar de un descanso previo y posterior al parto, y esta prestación se complementa con un subsidio de incapacidad por maternidad IMSS. El IMSS contempla hasta por 84 días de límite de pago para esta situación.

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