Al hablar de un sistema tributario hay que considerar siempre la realidad en el cual se aplica. Un cambio en la normatividad tributaria implica la modificación, creación o derogación de las reglas que rigen la administración de los tributos.
¿Qué es la Normatividad Tributaria?
Las normas tributarias son las reglas que regulan la administración de los tributos. Crean, regulan y extinguen los impuestos que se deben pagar. Las normas tributarias nacen de la constitución, leyes, decretos y resoluciones ministeriales y de gobiernos locales. La vigencia de las normas aplica desde la fecha que establezca la norma o, en su defecto, a partir del día siguiente de su promulgación en gaceta oficial.
Desde la génesis de los sistemas tributarios modernos, una característica innata ha sido la complejidad de la legislación tributaria. Existe un amplio consenso sobre esta problemática en todos los actores de la tributación. Es cierto que la complejidad de la legislación tributaria resulta natural atento a que debe regular disímiles situaciones en las relaciones económicas en busca de la mayor equidad posible. Esta búsqueda implica la profusión de normas para contemplar la mayor posible cantidad de probables situaciones. Por último, en la legislación terciaria, es decir la efectuada por la propia administración tributaria, la misma puede ser reglamentaria o interpretativa. Aceptado que resulta irreal evitar la profusión y complejidad de la legislación tributaria, se puede aceptar que en cambio resulta posible disminuir muchas de sus consecuencias negativas, como la participación de técnicos expertos con el tiempo necesario para lograr el “user friendly”, es decir, poder obtener normas fáciles de aplicar y de comprender.
El encargado de cobrar los impuestos es la Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria - SUNAT. Es una entidad especializada adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas - MEF. Se encarga de recaudar, controlar y administrar los tributos en todo el país. Su misión es dirigir y garantizar el cumplimiento de los objetivos del Sistema Tributario Nacional.
¿Por qué cambian las Normas Tributarias? Factores y Realidad Regional
Los cambios en la normatividad tributaria suelen estar impulsados por diversas realidades económicas y sociales. En un trabajo titulado: Política Tributaria ¿Qué Gravar, Cómo Gravar, Qué Objetivos debe Procurar el Sistema Tributario?, escrito por Santiago Díaz de Sarralde Miguez[1], se realiza un diagnóstico de la situación fiscal de América Latina y el Caribe; el mismo concluye de que existe presión fiscal relativamente baja: el 22,8% del PIB, 11,5% menos que la OCDE (2015). Sin embargo, existen grandes diferencias entre países en niveles de tributación. Además, hay en la región una mayor dependencia de la imposición indirecta (casi el 50% del total) y de la tributación sobre la renta de las sociedades que la OCDE. Según el último estudio publicado de CEPAL la evasión en la región es del 6,7% del PIB. Todo ello produce un alto impacto de la erosión de las bases imponibles y el desplazamiento de los beneficios para evitar la tributación.
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En este sentido, la creciente economía digital ha agregado nuevas complejidades: plataformas de comercio electrónico, servicios de streaming y gambling apps que operan desde el exterior generan flujos de consumo que muchas legislaciones latinoamericanas todavía no logran captar de manera efectiva, ampliando la brecha entre la actividad económica real y la base imponible declarada. Por otra parte, se destacan los elevados gastos tributarios (en torno a un 30% de la recaudación potencial). De esta forma, se deberán determinar los ingresos públicos y los impuestos.
Resalto un reciente trabajo titulado: «La Lucha contra la corrupción en el Estado»[2] donde se dice que ningún país es inmune a la corrupción. Allí se analizó más de 180 países y lo interesante del estudio es que se concluyó que los países más corruptos recaudan menos impuestos, ya que la gente paga sobornos para eludirlos, por ejemplo, mediante lagunas tributarias concebidas a cambio de coimas. Enfrentar a la corrupción constituye un reto que requiere perseverancia en muchos ámbitos, pero que sin dudas tiene enormes dividendos más allá, lógicamente, del ámbito tributario.
En Panamá y en muchas otras jurisdicciones de nuestra región, es común que los cambios de gobierno traigan consigo modificaciones a las disposiciones tributarias, en muchos casos atendiendo a las necesidades económicas locales o en atención a las normas y/o regulaciones internacionales. En adición a lo expuesto anteriormente, en los últimos años en Panamá se ha observado la evolución de un sistema tributario que podría considerarse simple, al basarse en el principio de territorialidad. Esto significa que se gravan con tributos los hechos generados dentro del territorio nacional. En Panamá se han adoptando medidas dirigidas a fortalecer la evaluación de nuestro régimen fiscal frente a organismos internacionales, como la Unión Europea. Finalmente, nos encontramos frente a la implementación del Pilar II, que destaca la adopción de un impuesto mínimo global conocido como Global Anti-Base Erosion (GloBE) para mitigar el traslado de capitales a jurisdicciones de baja imposición por las Empresas Matrices de los grandes grupos de empresas multinacionales (EMN).
Impacto de la Pandemia y Ajustes Tributarios
La pandemia mundial del COVID 19 ha traído todo tipo de consecuencias severas para los peruanos. Una de las principales ha sido la paralización de actividades económicas, lo cual repercute en los ingresos de la población y del mismo Estado. Si las empresas no pueden ejecutar sus actividades por culpa de la cuarentena, es muy difícil que el Estado pueda recaudar los mismos impuestos que antes. Por ello, era necesario realizar ciertos ajustes en Derecho Tributario para mantener la armonía entre el gobierno y los privados.
La pandemia ha representado un gran peso para las actividades económicas del país. Muchas empresas han visto disminuidos sus ingresos significativamente. Por ello, mantener el mismo régimen fiscal de recaudación de impuestos sería asfixiarlas y llevarlas a la bancarrota. Era necesario modificar las normas tributarias debido al contexto. En ese sentido, se han emitido varias normas para aliviar la carga tributaria de las personas naturales y jurídicas. El Poder Ejecutivo ha mostrado su preocupación por la situación de los pequeños y medianos negocios. No modificar el régimen tributario hubiera sido un grave error. Nos encontramos en medio de una de las mayores crisis de nuestra historia. Incluso luego de superar la pandemia, tendremos que afrontar la reactivación económica que le seguirá necesariamente. El relativamente reducido gasto público es inferior al indispensable para atender adecuadamente en cantidad y calidad las necesidades de la población en materia social y generar las condiciones para un mejor funcionamiento de la economía y mayores ritmos de crecimiento en el país. Como resultado de la insuficiencia de gasto público, adecuadamente financiado con ingresos tributarios crecientes, se ha ido construyendo un déficit acumulativo de desarrollo económico. La posibilidad de que en México se dé una recuperación económica sólida, sostenida, acelerada y duradera en los años por venir está determinada por la existencia de un Estado fiscalmente fuerte, que pueda promover, orientar, estimular y actuar efectivamente en la promoción de la economía, el bienestar social y la distribución más equitativa los beneficios del crecimiento. Los países con más alto desarrollo económico y bienestar social presentan, en común, la característica de altos niveles de recaudación tributaria. El incremento de los ingresos tributarios en México es fundamental para ampliar el desarrollo social, aunque a la par, debe darse en sintonía con la promoción del crecimiento y la competitividad de la economía en los mercados mundiales. La construcción de un sistema tributario eficaz, eficiente, equitativo, justo y competitivo implica profundas reformas en los instrumentos, la gestión y el diseño de la política tributaria.
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Ejemplos Históricos de Reformas Tributarias
Reformas Tributarias en México: Un Recorrido Histórico
El problema de la baja carga tributaria en México es un asunto añejo, y junto con la concentración de las rentas públicas en manos federales y la abultada aportación al total de los tributos que hace la Ciudad de México, han caracterizado el sistema impositivo mexicano a lo largo del siglo XX y lo que va del XXI. En este período, se han llevado a cabo diversas reformas tendientes al incremento de la recaudación tributaria, aunque con resultados bastante limitados. Durante el desarrollo estabilizador, una de las prioridades del gobierno del presidente Adolfo López Mateos (1958-1964) fue incrementar, y de manera sustancial, la capacidad recaudatoria en México. Se entendía que la baja presión tributaria era un serio obstáculo para el desarrollo del país. En 1960 el gobierno mexicano contrató a Nicolás Kaldor, destacado economista británico, para que preparara un estudio sobre la Reforma Fiscal Mexicana. En sus conclusiones y recomendaciones, presentadas en dicho año, destacaban:
- El sistema tributario es ineficiente e injusto.
- La recaudación es excesivamente baja (de las más bajas del mundo), lo que obliga a frenar el gasto social e imponer restricciones severas a la política monetaria.
- El problema de fondo está en la escasa base gravable derivada del hecho de que una parte sustancial del ingreso nacional recibe un trato privilegiado.
- El trato privilegiado que recibe una parte sustancial del ingreso nacional, especialmente el proveniente del capital, reduce la capacidad de recaudación.
- La necesidad de revisar a fondo los diversos subsidios y estímulos con el afán de eliminarlos o reducirlos.
En suma, se señalaba la "...necesidad urgente de una reforma radical y general del sistema impositivo en México... los ingresos corrientes provenientes de los impuestos son inadecuados para las necesidades... de un desarrollo acelerado. El ingreso fiscal... es alrededor de 9% del Producto Nacional Bruto (PNB) y se encuentra entre los más bajos del mundo", concluye el estudio.
Con el gobierno del presidente Luis Echeverría se renovaron los esfuerzos para aumentar los ingresos tributarios del gobierno federal. Posteriormente, durante el gobierno del presidente José López Portillo se buscó aumentar los ingresos al introducir el Impuesto al Valor Agregado (en sustitución del IIM), que sirvió de base para el actual sistema de coordinación fiscal. También se hicieron cambios al ISR, para incorporar los efectos que sobre los ingresos de las personas y de las empresas tiene la inflación y se eliminó, en parte, el carácter celular que el régimen tributario tenía. Se fueron sumando los ingresos de diferente origen para globalizarlos y hacer una sola declaración anual de ISR. Con esas modificaciones, la recaudación tributaria del gobierno federal no disminuyó a pesar de las fuertes presiones inflacionarias. A partir de 1982, después de la crisis de la deuda externa, el gobierno del presidente Miguel de la Madrid sometió a la sociedad y su aparato productivo, a un severo ajuste externo y fiscal. A finales de la década de los años ochenta, ya con el gobierno del presidente Carlos Salinas de Gortari, se modifica una vez más el ISR para adaptarlo a una economía abierta. Durante los primeros años del gobierno del presidente Ernesto Zedillo, se establecieron alicientes tributarios para paliar los efectos de la crisis económica y se elevó a 15% la tasa del IVA. Durante el gobierno del presidente Vicente Fox se enviaron al Congreso de la Unión propuestas de cambios en materia tributaria, y en los años que van del presidente Felipe Calderón se ha buscado introducir algunos cambios, como el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), y se elevó a 16 la tasa del IVA y ligeramente las tasas del ISR para personas físicas y morales.
Modificaciones Recientes en la Normativa Tributaria Peruana (2024-2025)
A continuación, se presenta una tabla con algunas de las modificaciones y prórrogas más relevantes en la normativa tributaria peruana para los ejercicios 2024 y 2025, evidenciando el dinamismo de los cambios regulatorios:
| Norma | Descripción del Cambio/Prórroga | Vigencia/Publicación |
|---|---|---|
| D.S. 260-2024-EF | Modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta. | b.1 (publicado) |
| Ley 32201 y D.S. 285-2024-EF | Establecen un régimen excepcional del IR para promover la formalización de la economía y ampliar la base tributaria respecto a rentas no declaradas hasta el 31-12-22. | Hasta 31-12-22 (rentas no declaradas) |
| Ley 32217 | Prórroga hasta el 31-12-30 del beneficio tributario de depreciación acelerada aprobado por D.Leg. | Pub. 29-12-24 |
| Ley 31828 | Establece deducción adicional equivalente al 50% de la remuneración básica por contratación de nuevos trabajadores para el IR de los ejercicios 2024 y 2025. | Pub. 12-7-23 |
| Ley 31962 y D.S. 259-2024-EF | Disponen sincerar el pago de intereses por las devoluciones de pagos indebidos o en exceso, aplicando la tasa de interés moratoria del art. 33 del Código Tributario. | Vig. 1-1-24 (Ley), Vig. 15-12-24 (D.S.) |
| Res. 000302-2024/SUNAT | Implementa el procedimiento de atribución de la condición del sujeto sin capacidad operativa (SSCO) y modifica aspectos de comprobantes de pago. | Pub. 30-12-24 |
| Res. de Sup. Nacional Adjunta de Tributos Internos 000046-2024-SUNAT/700000 | Prórroga de la facultad discrecional de no sancionar infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del Artículo 174 del Código Tributario, detectadas hasta el 30 de junio de 2025. | Pub. 31-12-24 |
| Res. 000293-2024/SUNAT | Establece nuevas fechas para la obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras de forma electrónica (desde enero y julio 2025). | Pub. 30-12-24 |
| Ley 32220 | Prórroga hasta el 28-2-25 el plazo para el acogimiento al fraccionamiento especial de deudas aprobado por D.Leg. 1634. | Pub. 29-12-24 |
Es importante señalar que a la fecha de preparación de este informe, algunas disposiciones como el D.Leg. 1669 o el art. 49-B de la Ley del IGV e ISC, aún no han sido reglamentadas, lo que destaca la naturaleza continua y a veces diferida de la implementación de los cambios normativos.
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Importancia del Cumplimiento y la Actualización Constante
Ante todos los cambios, tanto anteriores como futuros, hoy en día es indispensable mantenernos actualizados y ver el panorama completo. En la actualidad, hemos observado que el cumplimiento de las obligaciones tributarias en Panamá va más allá de presentar declaraciones y pagar impuestos. Además, la administración tributaria ha intentado fomentar un cambio en la cultura tributaria tradicional de los contribuyentes. No solo debemos enfocarnos en el cumplimiento cotidiano, sino también en el uso de la tecnología como herramienta de gestión para tareas repetitivas y que tienen parámetros bien definidos. Por ello, urgen profesionales que sepan qué son las normas tributarias y cómo deben aplicarse en nuevas circunstancias. Para contribuir con su formación profesional, el Instituto de Ciencias Hegel presenta su Diplomado Especializado en Actualización Tributaria.
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