Descubre Qué es un Exhorto del SAT y Aprende Cómo Aclararlo Rápido y Fácilpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si has recibido una carta invitación o exhorto por parte de la Administración General de Recaudación, la Administración Central de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento o las Administraciones Desconcentradas de Recaudación (áreas del SAT que emiten estos documentos), PRODECON te informa que, de acuerdo con el trámite 128/CFF “Aclaración de requerimientos o carta invitación de obligaciones omitidas”, puedes aclarar la situación dentro de los 15 días siguientes a la recepción del requerimiento o carta invitación emitidos por el SAT. Esta opción se encuentra respaldada por la regla 2.11.14.

Si, a raíz de la información o los documentos recibidos por parte del SAT, detectas que se te han asignado obligaciones diferentes a las establecidas en las disposiciones fiscales aplicables, o bien, tus obligaciones fiscales no se han actualizado en las bases de datos de la autoridad fiscal, PRODECON te respalda para presentar un caso de aclaración de obligaciones fiscales en el RFC, de acuerdo con lo establecido en la regla 2.5.10.

¿Estás en riesgo?

El SAT ha intensificado su lucha contra la evasión fiscal en México, y uno de los focos principales de atención son las operaciones simuladas. Si tu empresa ha emitido o adquirido facturas sin una actividad económica real, podrías estar en el radar del SAT. Los llamados EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas) y EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas) están siendo constantemente vigilados, y el SAT no ha dudado en exhortar a quienes se encuentran en esta situación.

¿Qué es un EFOS y un EDOS?

Antes de entrar en detalles sobre los exhortos del SAT, es importante comprender qué significa ser catalogado como EFOS o EDOS:

  • EFOS: Son aquellas empresas que emiten facturas sin tener una actividad económica real que las respalde.
  • EDOS: Son las empresas que adquieren estas facturas con el fin de deducir operaciones inexistentes y así reducir su carga fiscal.

Ambos tipos de operaciones son ilegales y generan consecuencias severas para quienes las realizan. Y si bien algunos empresarios creen que las facturas falsas pueden «pasar desapercibidas», la realidad es que el SAT ha desplegado herramientas tecnológicas avanzadas para detectar estas prácticas y emitir exhortos.

El Exhorto del SAT: Un aviso que no puedes ignorar

Un exhorto del SAT no es solo un llamado de atención, es una advertencia formal. A través de este documento, el SAT comunica a las empresas involucradas (tanto EFOS como EDOS) que ha detectado irregularidades en sus transacciones fiscales. El exhorto invita a los contribuyentes a corregir su situación fiscal antes de que se tomen medidas más drásticas como auditorías, congelamiento de cuentas o incluso procesos penales.

¿Por qué el SAT envía estos exhortos?

El SAT tiene como objetivo eliminar las prácticas de evasión fiscal y reducir la emisión de facturas falsas. Estos exhortos permiten a las empresas regularizar su situación antes de enfrentar consecuencias mayores. Implicaciones penales para los administradores y dueños de las empresas que emiten o utilizan facturas falsas.

¿Qué hacer si recibes un exhorto del SAT?

Si recibes un exhorto, es fundamental actuar rápidamente. Aquí te explicamos los pasos esenciales a seguir:

  1. No ignores el exhorto: Este es el error más común y peligroso. Al recibir un exhorto, debes actuar de inmediato.
  2. Identifica las operaciones simuladas: Revisa cuidadosamente tu contabilidad y las facturas que hayas emitido o recibido.
  3. Acércate a un experto fiscal: No trates de resolver la situación sin apoyo profesional.
  4. Corrige tu situación fiscal: En muchos casos, es posible regularizar tu situación. Esto puede implicar el pago de impuestos atrasados o la eliminación de las facturas involucradas en operaciones simuladas. El objetivo es demostrar al SAT que estás dispuesto a cumplir con tus obligaciones fiscales.

¿Cómo evitar ser considerado EDOS o EFOS en el futuro?

La prevención es tu mejor defensa. Para evitar recibir exhortos o estar bajo el radar del SAT, sigue estas recomendaciones:

  • Audita a tus proveedores: Antes de trabajar con cualquier empresa, verifica que sea un proveedor legítimo y que cumple con sus obligaciones fiscales.
  • Evita “facturas fáciles”: No caigas en la tentación de adquirir facturas para reducir tus impuestos de manera ilícita.
  • Asesórate continuamente: Mantente al día con las normativas fiscales y trabaja de la mano de expertos en consultoría fiscal que puedan orientarte sobre las mejores prácticas.

Carta Invitación del SAT

La carta invitación del SAT es un comunicado emitido por el mismo que tiene como fin exhortar a los contribuyentes a cumplir con lo que se requiere de forma voluntaria, como puede ser comprobar su cumplimiento de obligaciones fiscales o aclarar información atípica de acuerdo con la autoridad.

En pocas palabras se podría decir que el contenido de estas invitaciones se centra en advertencias, que si no se atienden a tiempo, la autoridad podrá tomar e intensificar las medidas.

Aunque estés cumpliendo de forma puntual con tus obligaiones fiscales, de acuerdo con el artículo 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el SAT tiene la atribución de orientar y auxiliar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Muchas de las cartas invitación son enviadas para informar al contribuyente respecto a inconsistencias en los Certificados de Sellos digitales, documentos electrónicos que usa el SAT para la facturación electrónica de cada contribuyente.

También, son enviadas cuando el timbrado no se cancela de forma correcta o porque existen inconsistencias en la nómina. Es por eso que lo más recomendable es atender las cartas invitación para evitar multas o recargos, atendiendo los avisos del SAT.

Si las personas físicas tuvieran que aclarar ante la autoridad fiscal, algún requerimiento sobre sus obligaciones fiscales o no estuvieran de acuerdo con la información contenida en las cartas invitación, deberán consultar de inmediato esta situación con su contador certificado de confianza.

¿Cómo llega la carta invitación?

Hay 4 formas en las que se puede recibir:

  • Físicamente al domicilio fiscal.
  • Llamada Telefónica.
  • Correo Electrónico.
  • Buzón Tributario.

Como hemos mencionado, la Carta Invitación no tiene principios legales, es decir, el uso de esta carta es amigable, no expresa fundamentos legales.

Hay veces en las que se debe verificar que la carta fue emitida por el SAT y puedes hacerlo por medio de su portal web oficial. Si es que se trata de una Carta Invitación emitida por el SAT, es necesario que verifiques las obligaciones que la autoridad considera omitidas o presentadas con incongruencias. Si es que tu como contribuyente verificaste que tus obligaciones se cumplieron de forma correcta, solo debes hacer caso omiso de la carta invitación.

¿Cuándo se presentan aclaraciones a cartas invitación del SAT?

De acuerdo con el SAT, las aclaraciones a cartas invitación se presentan dentro de los 15 días posteriores a la recepción del requerimiento emitido por la máxima autoridad fiscal.

¿Cómo consultar si la carta invitación fue generada por el SAT?

El SAT cuenta con una herramienta de consulta que, al capturar el número de la invitación recibida, al contribuyente le permite validar si una carta invitación fue elaborada o no por el área de cobro persuasivo de esta dependencia.

Esta herramienta sirve para poder consultar si las cartas invitación realmente fueron generadas por el SAT, la pueden usar todas las personas físicas o morales. Para usarla debes entrar en el siguiente enlace y seguir los siguientes pasos:

  1. Da clic en el botón “Iniciar”.
  2. Elige la opción que deseas validar.
  3. Captura el número de la carta invitación.
  4. Da clic en “Buscar” y obtén el resultado de la validación.

Esto permite a los contribuyentes validar en línea que las acciones realizadas mediante el cobro persuasivo del SAT son verdaderas, con el fin de disminuir posibles actos de corrupción y dar certeza de la autenticidad de las cartas invitación.

¿Cómo presentar aclaración a carta invitación del SAT?

En ese sentido, personas físicas o morales pueden presentar su aclaración en el portal del SAT, cuando no estén de acuerdo con la información contenida en una carta invitación.

Si una persona física o moral recibe una carta de invitación o exhorto por parte de alguna autoridad del SAT en la que se solicite el cumplimiento de sus declaraciones, podrán realizar la aclaración correspondiente.

La aclaración debe presentarse dentro de los 15 días posteriores a la recepción del exhorto. La aclaración debe hacerse mediante el portal del SAT.

¿Cómo Responder a una Carta de Invitación o Exhorto del SAT?

  1. Revisa tus Declaraciones: Verifica que las declaraciones presentadas sean correctas.
  2. Documentos de Soporte: Junta toda la documentación relacionada con el periodo fiscal señalado.
  3. Carta Formal: Redacta una carta formal dirigida al SAT.
  4. Expón los Hechos: Describe claramente cualquier error que hayas encontrado y cómo planeas corregirlo.
  5. Por Correo Electrónico o Postal: En algunos casos, el SAT puede permitir la respuesta por correo electrónico a través de su portal en línea. Alternativamente, puedes enviar la respuesta por correo postal.

Recuerda que la comunicación proactiva con el SAT y la corrección oportuna de cualquier error te ayudarán a mantener una buena posición fiscal y evitar complicaciones futuras.

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