No todos los ambientes laborales son sanos e idóneas para nosotros, en ocasiones estamos rodeados de personas que no nos quieren ver mejorar, esto a tal punto que te acusan de haber robado en el trabajo, una situación realmente incómoda y desagradable. El robo es un delito frente a cualquier juzgado, sin embargo, al ser una acusación dentro de tus labores, puedes conseguir estar libre de problemas. Quédate con nosotros y disfruta de toda la información que tenemos para ti. Por eso con estos consejos que te daremos hoy, podrás salir bien librado de estas acusaciones.
Mantener la calma y comprender la situación
Mantener la calma es lo primero que debes hacer. Si, ya sabemos que es una situación muy engorrosa y nada es más incómodo que cuando ponen tu integridad como persona por encima de una acusación. Es normal tener una gran cantidad de preguntas en la cabeza, como ¿Me van a botar de mi trabajo? ¿Qué tan lejos puede llegar esta acusación? ¿Esto quedará en mi expediente de trabajo? Todas y cada una de estas preguntas deben ser silenciadas por ti y mantener la calma frente a esta situación.
Para comenzar, debemos plantearnos 2 posibles episodios: el primero es la consecuencia a nivel laboral y luego la consecuencia a nivel judicial de esta acusación. Teniendo esto, vamos al segundo consejo.
La acusación ya es oficial: ¿Qué hago ahora?
Una vez ya ha pasado la acusación, tenemos 2 caminos para seguir, lo cual va a depender del tipo de acusación que realicen, puesto que puede ser dentro o fuera de la empresa. En primer lugar hazte la siguiente pregunta… ¿El delito del que se me acusa tiene relación con mi trabajo?
Si el delito es cometido fuera de la empresa
Si el delito cometido es fuera de la empresa, es algo que no le incumbe a la misma. Te recomendamos que no menciones nada de la situación dentro de la empresa si no tiene nada que ver con la misma. Ahora bien, ¿Te pueden botar del trabajo si el delito es cometido fuera de este?
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La ley estipula que para que se finalice un contrato, las 2 partes deben estar de acuerdo, por lo tanto, lo que puede hacer la empresa es generarte una suspensión del mismo, pero no culminar el contrato. Solo pueden suspenderte mientras no has sido condenado y en caso de salir libre de la situación y se demuestre tu inocencia, pueden reincorporarte sin problema. Recuerdas que te comentaba que se suspendía tu contrato de trabajo mientras estuvieras en prisión provisional y que, a priori, no habría motivos para despedirte?
Por otro lado, si la condena se finiquita y usted entre en prisión, la empresa puede generar la disolución del contrato, amparándose en el artículo 54 de despido disciplinario, donde uno de sus apartados habla de la inasistencia y puntualidad como motivo de despido justificado.
Si el delito es cometido dentro de la empresa
Ahora si todo cambia y no precisamente a tu favor, puesto que, si el delito es cometido dentro de la empresa, la misma se encuentra en la posibilidad de un despido totalmente legal. En esta oportunidad estamos hablando de un robo como ejemplo, pero dentro de la ley existen muchas fallas disciplinarias que pueden ser despidos legales. El artículo 54 de despido disciplinario, no narra de forma breve cuales son las razones de un despido justificado. Entre estas podemos mencionar las faltas repetidas, desobediencia a tu jefe directo, ofensas de cualquier tipo a tus compañeros, abuso del poder, o incluso cualquier tipo de acoso hacia tus compañeros, es motivo de un despido justificado. Por lo tanto, son muchas situaciones que juegan en tu contra para poder ser despedido.
Esta hipótesis se puede definir como la actuación de los subordinados que se aparta de la integridad en el obrar y la rectitud de ánimo en relación con las funciones encomendadas, consistentes en hacer, dejar de hacer o hacer algo en contra, existiendo una relación directa e inmediata entre la acción u omisión y la actividad desplegada en la labor encomendada. Esto de conformidad con el criterio con el rubro: RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. ENGAÑO Y FALTA DE PROBIDAD, CONDUCTAS PREVISTAS POR LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, DIFERENCIAS, publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, p.
Implicaciones Legales: ¿Qué pasa si la acusación llega a una denuncia frente a la policía?
Es amplio el panorama que puede suceder al momento de recibir la denuncia de la policía, puesto que va a depender de tu culpabilidad y el tipo de robo. A ver la ley tiene una sentencia por cada uno de los delitos, por ejemplo, entre el hurto y el robo con violencia existe una diferencia en sentencia realmente grande. Entonces, a lo que queremos llegar con esto, es que cada caso es totalmente distinto, por lo que, la sentencia e incluso el juicio del mismo será único para cada caso.
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| Delito | Monto / Circunstancia | Posible Pena |
|---|---|---|
| Hurto | Menos de 400€ | Condena a multas |
| Hurto | Mayor a 400€ | 6 a 18 meses en prisión |
| Robo (con violencia) | - | Pena de prisión entre 2 a 5 años |
Por último, antes de cualquier tipo de sentencia, debes saber que eres inocente hasta que se demuestre lo contrario. Hay un principio en el Derecho Penal que se llama la presunción de inocencia que consiste básicamente en que nadie puede ser castigado por un delito si no queda suficientemente demostrado, probado, que efectivamente se cometió el delito. Si no se consigue demostrar, deberías ser declarado inocente. Te digo esto porque podría ser que te declaren inocente por falta de pruebas en tu contra.
La perspectiva legal del robo según el CPCDMX
El CPCDMX precisa que al que: con perjuicio de alguien disponga para sí o para otro de una cosa mueble ajena de la cual se le haya transmitido la tenencia pero no el dominio se le establecerá una pena mínima de prisión de cuatro meses hasta 12 años, según el valor del bien distraído indebidamente; además de las sanciones económicas que van desde 30 a 1,250 UMA´s de multa, esto es, desde 2,264.70 a 94,362.50 pesos (art. Artículo 45. 1.).
Este tipo penal señala que pueden ser objeto de las mismas sanciones si se trata de los gerentes, directivos, administradores, mandatarios o intermediarios de personas morales que habiendo recibido dinero, títulos o valores por el importe total o parcial del precio de alguna compraventa de inmuebles o para constituir un gravamen real sobre estos no los destine al objeto de la operación concertada y disponga de ellos en provecho propio o de un tercero (art. Artículo 48. 1.).
La conducta delictiva de robo se descifra consistente en una acción por parte del sujeto activo (subordinado) que implica:
- apoderamiento.
- ánimo de dominio.
- sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo.
- ocasionar un perjuicio de alguien.
- disponga para sí o para otro.
Tu estrategia de defensa ante una acusación
En primer lugar, no hagas ni digas nada a nadie de tu empresa, hayas hecho lo que hayas hecho. Solamente después de hablar con tu abogado y de sacar las conclusiones que más te podrían ayudar, ponte manos a la obra y adopta una postura firme y clara. No quiero ser ambiguo ni divagar sobre tu caso porque, después de tanta información como la que te he dado, te podría llevar a confusión. Solo te insisto una vez más con que te sientes con un profesional especializado para dar el primer paso.
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Si realmente eres culpable de lo que te acusan, es posible que la empresa se siente contigo para que te vayas de forma voluntaria sin presentar ningún cargo ante la policía y devolviendo lo que te llevaste. Estas finalizaciones de contrato son buenas con un abogado de tu lado, puesto que en ocasiones la empresa puede verse tentada a abusar de su condición de superioridad. Por lo tanto, te recomendamos hablar con tu abogado, exponer el caso, que este te de toda la información y asesoría y solo luego de esto, tomes la mejor decisión. No es por ser pesado pero hazme caso… Te están acusando de haber robado en tu trabajo y te estás jugando mucho.
Acusaciones falsas y cómo actuar
Aunque se trata de una situación realmente incómoda y desagradable, lo cierto es que también es relativamente habitual que se produzcan acusaciones de robo en el trabajo cuando éstas son falsas. Los motivos pueden ser muy diversos. En ocasiones, provienen por parte de compañeros que acusan de robo en el trabajo con la finalidad de minar la profesionalidad y prestigio de un colega y frenar así sus posibilidades de ascenso al tiempo que se favorece el posicionamiento del acusador.
No hace falta incidir demasiado en afirmar que la acusación falsa de robo en el trabajo es un acto moral y éticamente reprobable, en tanto que es una falsedad. El sentido común y la lógica ya resultan instrumentos más que suficientes para comprender este aspecto. Presentar la querella contra el supuesto autor de los hechos (compañero/s de trabajar o la propia empresa) será el siguiente paso que podrá efectuar tanto la víctima como su representante legal.
Acciones de la empresa ante una presunta acusación de robo
Antes de iniciar con el estudio, las compañías deben tener en cuenta que el Ministerio Público está obligado a recibir la noticia criminis (denuncia o querella) respecto de los hechos ocurridos para proceder a calificar el delito; de ahí que un punto clave es que las compañías den a conocer con precisión los detalles y las pruebas de la conducta penal que se presume han cometido en su contra ciertos colaboradores.
Para la empresa, un procedimiento importante en caso de acusación incluye:
- formular un acta administrativa, en la cual se plasme la conducta infractora del colaborador ante la presencia de dos o tres testigos que corroboren las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que sucedieron los hechos.
- solicitar a la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA) respectiva que notifique el aviso rescisorio, dentro de los cinco días hábiles siguientes, o bien entregárselo en forma personal al involucrado en el momento mismo del despido (art. Artículo 54. 1. 2.).
