¿Qué Pasa al Declararse Insolvente? Descubre Tipos, Consecuencias y Procesos Legales Clavepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La insolvencia es la incapacidad que tiene una persona o empresa para pagar a tiempo sus obligaciones económicas o deudas. Se refiere a la incapacidad de una persona u organización para cumplir con sus responsabilidades financieras y pagar sus deudas en el momento debido. Cuando una persona o empresa está en una situación de insolvencia, significa que sus deudas superan el valor de sus activos y recursos. Ser insolvente es la imposibilidad de atender a deudas contraídas con uno o varios acreedores o proveedores, la imposibilidad de responder ante estas deudas por cuanto el pasivo llega a ser superior al activo circulante. Declararse insolvente es quedarte sin liquidez, y sin bienes liquidables o con los que se pueda atender las obligaciones de pago.

La insolvencia podrá ser actual o inminente. Se encuentra en estado de insolvencia actual el deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles. Lo que define si una persona puede ser declarada insolvente no es cuánto cobra (o si cobra), sino su capacidad de pago. Para ello, se consideran también el resto de gastos, no sólo de la empresa sino también familiares y personales. Es importante recalcar que en este punto caben tanto personas físicas como jurídicas.

Tipos de Insolvencia

A grandes rasgos, existen dos tipos principales de insolvencia. Uno se caracteriza por tener un carácter temporal y el otro por ser un estado más permanente. Eso sí, dependiendo del país y el marco jurídico en el que estés, pueden recibir otras denominaciones, así como tener consecuencias legales y financieras diferentes.

Insolvencia de Flujo de Caja o Efectivo

También es conocida como insolvencia de liquidez y se refiere a una situación temporal y específica, en la que una persona o empresa no dispone del suficiente efectivo para pagar las obligaciones financieras en la fecha pactada, pero sí cuenta con los recursos necesarios para hacerlo en un plazo de tiempo corto. En este tipo de insolvencia se tiene en cuenta que los activos (bienes, ahorros, inversiones, etc.) sean mayores que los pasivos (las deudas) y se puedan utilizar con facilidad para conseguir liquidez (dinero).

Por ejemplo, imagina que Martín pidió un préstamo para comprar un coche hace algunos meses, pero no tuvo en cuenta su capacidad real de pago, pues ya tenía a su cargo un préstamo anterior, así como la hipoteca de su casa. Actualmente es incapaz de cumplir con sus obligaciones financieras porque estas son mayores que los ingresos que recibe. Sin embargo, entre sus activos tiene un paquete de acciones de una compañía que puede negociar para conseguir liquidez y saldar o disminuir la cuota del coche. De esta forma, puede salir de su situación temporal de insolvencia.

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Insolvencia de Balance o Patrimonial

Consiste en que el tamaño de las obligaciones financieras de una persona o empresa es tan grande que es imposible pagarlas, tanto con los ingresos actuales como con la venta de los activos. En este escenario, siempre dependiendo de la legislación de cada geografía, el paso a seguir podría ser la reestructuración de las deudas o la venta de los activos para pagar a los acreedores.

Para este ejemplo, piensa en una empresa que ha tenido pérdidas en los últimos años y que ha solicitado varios préstamos anteriormente para pagar a sus proveedores, empleados y otro tipo de obligaciones. Sin embargo, el negocio no se ha recuperado y las deudas ya superan el valor de los bienes que tiene la empresa (terrenos y maquinaria) y tampoco es posible acceder a más financiación.

Causas Comunes de Insolvencia

Aunque los motivos para llegar a esa situación pueden ser muy variados, generalmente ocurre por una gestión financiera incorrecta. La insolvencia puede ser de corta duración o permanente y puede originarse por diversas causas, como mala administración financiera, reducción de ingresos, excesivo endeudamiento, cambios en el mercado, entre otras razones. Puedes declararte insolvente por pérdida de empleo, una mala gestión financiera o una enfermedad grave. Un informe de las causas que lo llevaron a la situación de cesación de pagos (por ejemplo: enfermedad, desempleo, divorcio, etc.) es un elemento importante a considerar.

Como deudor, cuando contraes obligaciones es fundamental planificar previamente la devolución al prestamista para evitar problemas financieros. No hacerlo puede ocasionar un desbalance en tus finanzas que te impediría cumplir con dichas deudas económicas a tiempo y que te llevaría a ti, o a tu negocio, a ser insolvente.

¿Quién Puede Declararse Insolvente?

Puedes declararte insolvente tú mismo o pueden hacerlo tus propios acreedores. Si te encuentras ahogado por las deudas y te preguntas qué pasa si me declaro insolvente, lo que sucede es que asumes la responsabilidad de demostrar que no puedes pagar tus deudas. Para ello, deberás reunir todos los documentos que muestren tu situación financiera: tus ingresos, el patrimonio que tienes, la cantidad adeudada y tus gastos. Los acreedores también tienen el poder de declarar tu insolvencia. Para ello, deberán presentar pruebas que demuestren que realmente no estás en condiciones de pagar tus deudas. Esto puede incluir documentos como embargos, sentencias, o pruebas de impagos.

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El trámite de insolvencia puede ser realizado por personas físicas, autónomos o empresas. Para poder solicitarlo, se deberá haber incumplido una obligación de pago de al menos dos cuotas, en un periodo de 90 días y a más de dos acreedores. Podrá acudir para solicitar la declaración de concurso tanto el deudor (concurso voluntario) como sus acreedores (concurso provocado).

Consecuencias de la Declaración de Insolvencia

El Embargo y la Insolvencia

¿Si soy insolvente me pueden embargar? La respuesta corta es sí, pero con matices. Sí, si eres insolvente te pueden embargar, dado que no se elimina la posibilidad de embargo. Ser insolvente significa que no tienes los recursos financieros suficientes para hacer frente a tus deudas. Sí, si tengo deudas y soy insolvente me pueden embargar, dado que la protección es temporal. En caso de no pagar tus deudas, los acreedores pueden intentar embargarte nuevamente.

Declararte insolvente significa que no puedes pagar tus deudas, pero no las elimina. Salvo que un juez disponga lo contrario, los intereses pueden seguir devengándose y los acreedores pueden reclamar y embargar (respetando el mínimo inembargable). No obstante, cuando te declaras insolvente o entras en un proceso concursal con el mecanismo de la Segunda Oportunidad a través de la Ley 25/2015, puedes comenzar a protegerte frente a acciones legales como las retenciones a tu patrimonio. La paralización de embargos es posible con la Ley 25/2015. Desde el momento en que inicias el proceso de Segunda Oportunidad, las retenciones quedan suspendidas.

Sí. Declararte insolvente no te blinda frente al embargo: si hay deudas impagadas, el acreedor puede ejecutar, aunque se respeta el mínimo inembargable y se aplican tramos porcentuales sobre el exceso; también hay límites para pensiones y ciertos bienes necesarios. Si no tienes bienes ni ingresos a tu nombre, ahora no hay qué embargar. Los acreedores pueden anotar el embargo y activarlo cuando adquieras bienes o tengas ingresos (incluido saldo en cuentas).

Bienes Embargables y No Embargables

Sin embargo, no todos los bienes son embargables. Si soy insolvente me pueden embargar ciertos bienes en el futuro como el salario que sobrepase el SMI, segundas propiedades, cuentas bancarias y vehículos de lujo.

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  • Salarios por encima del SMI: Si ganas más del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la parte excedente puede ser embargada.
  • Segundas propiedades: Si tienes una segunda vivienda o propiedades adicionales, pueden ser embargadas.
  • Cuentas bancarias: Muchos clientes nos preguntan si me pueden embargar todo el dinero de la cuenta, pero existen límites para no dejarla al descubierto.

Impacto en el Historial Crediticio

Declararse en insolvencia tiene efectos tanto positivos como negativos. Puede conllevar restricciones temporales para acceder a crédito. Además, empeora tu historial crediticio, pueden inscribirte en ficheros de morosidad y limitarse tu acceso a financiación. No obstante, al acudir a ciertos procedimientos, cuando cumpla el acuerdo deben actualizar su información en las centrales de riesgo, como Datacredito.

Procesos Legales para la Insolvencia

En México: La Quiebra y Suspensión de Pagos

En México, la posibilidad de que una persona física declare insolvencia no existe, ya que esta figura legal se reserva únicamente para las personas morales o empresas. Sin embargo, declararse insolventes es visto como un último recurso, ya que esta acción representa una medida extrema que conlleva la pérdida del control sobre su gestión. En esta situación, un administrador temporal designado por un juez asumirá la responsabilidad de negociar con los acreedores y liquidar las deudas utilizando los activos de la empresa.

En algunas legislaciones se hace distinción entre los conceptos de insolvencia y quiebra. Sin embargo, en México la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos no hace distinción. En esta Ley se explica que el procedimiento judicial de la insolvencia para las empresas es el siguiente:

  1. Cuando los comerciantes adquieren deudas en el desarrollo de su actividad, están obligados a pagarlas según los términos acordados. Si un comerciante no cumple con sus responsabilidades de pago, los acreedores pueden iniciar un proceso legal para exigir el cumplimiento de la deuda.
  2. Si el comerciante muestra un patrón de incumplimiento en el pago de sus deudas, los acreedores tienen la opción de solicitar al juez que se le declare en quiebra. También es factible que el propio deudor realice dicha solicitud.
  3. La quiebra conlleva a que el deudor pierda el control sobre la administración de sus bienes, que pasa a manos de un síndico. El propósito de la quiebra es utilizar los activos del deudor para pagar a los acreedores, total o parcialmente.
  4. Con el propósito de supervisar las acciones del síndico y la administración de la quiebra, el juez puede designar hasta cinco interventores, quienes serán seleccionados entre los acreedores y trabajarán en conjunto.
  5. Los acreedores deben presentar sus créditos ante el juez, quien procederá a reconocerlos después de llevarse a cabo una junta de acreedores.

El deudor tiene la opción de evitar la declaración de quiebra, solicitando la suspensión de pagos. Esta posibilidad también puede ser ejercida antes de que los acreedores inicien un proceso de quiebra, siempre y cuando el deudor haya dejado de cumplir con sus obligaciones de pago. La suspensión de pagos impide la subasta de los bienes del deudor y le permite negociar con sus deudores según una propuesta presentada por él mismo, conservando el control y la administración de su empresa.

Como se ha mencionado, la opción de declararse insolvente no es aplicable a una persona con deudas comunes. El acto de declararse insolvente podría resultar más costoso que la propia deuda. Por eso las personas físicas buscan negociar la reestructuración de sus deudas en lugar de optar por la insolvencia.

En España: La Ley de la Segunda Oportunidad (LSO)

La Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) ha sido de gran ayuda para quienes se declaran insolventes. Esta ley para cancelar deudas fue aprobada en 2015, y permite a las personas insolventes cancelar sus deudas si cumplen con ciertos requisitos. Cualquier ciudadano que se encuentre en una situación de insolvencia y no pueda afrontar el pago de sus deudas, puede acogerse a sus beneficios. No obstante, para acceder a este mecanismo es necesario haber seguido ciertas buenas prácticas, lo que implica haber actuado de buena fe a lo largo del proceso.

¿Qué es la insolvencia para la Ley de Segunda Oportunidad? La ley ofrece la exoneración parcial o total a partir del establecimiento de un plan de pagos. Esto implica que no será necesario liquidar el patrimonio personal para cubrir deudas. Así, la persona protege su vivienda y los bienes indispensables para la actividad laboral. Es importante que tengas en cuenta que el plan deberá ser aprobado tanto por el juez como por tus acreedores.

La LSO se basa en la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), que es un proceso legal mediante el cual un juez puede cancelar las deudas de una persona que ha demostrado que es incapaz de pagarlas. Como vimos antes, en el marco de la LSO no es necesario liquidar todos tus bienes para enfrentar tus deudas.

En definitiva, la Ley de la Segunda Oportunidad brinda un marco legal para aquellos que se encuentran en situaciones financieras insostenibles, permitiéndoles reestructurar sus deudas y obtener un nuevo comienzo. A través de un proceso en el Juzgado de lo Mercantil, es posible solicitar la declaración de insolvencia y establecer un plan de pagos viable. Es importante seguir los pasos legales adecuados y cumplir con los requisitos para beneficiarse de esta ley.

En Colombia: Negociación de Deudas y Liquidación Patrimonial

En Colombia, la INSOLVENCIA es un servicio regulado por la ley, que permite la negociación integral de las deudas, la suspensión de procesos judiciales y la protección del dinero necesario para los gastos mensuales del mantenimiento del deudor y su familia. La solicitud para iniciar el trámite de insolvencia de persona natural no comerciante y pequeño comerciante debe presentarse a través de la página web del Centro de Arbitraje y Conciliación, opción "insolvencia", que se entiende rendida bajo la gravedad de juramento, con la siguiente información y anexos:

  • Causas de la cesación de pagos (por ejemplo: enfermedad, desempleo, divorcio, etc.).
  • Propuesta de pago.
  • Relación completa y actualizada de todos los acreedores, en mora y al día, identificando su prelación de crédito conforme a lo establecido en el Código Civil e indicando datos de contacto (dirección, correo, teléfonos), la cuantía de la deuda diferenciando el capital de los intereses, la naturaleza de los créditos, si existen codeudores, fiadores o avalistas.

Cuando el deudor por motivos de pérdida de empleo, disolución o liquidación de la sociedad conyugal, entre otras, se encuentra en cesación de pagos por más de 120 días podrá presentar una solicitud de convalidación de acuerdo privado si lo celebró con los acreedores. Los datos del solicitante, un informe de las causas que lo llevaron a la situación de cesación de pagos, el acuerdo de pago celebrado con el reconocimiento de los acreedores y los requisitos de un acuerdo de pago, la relación completa y actualizada de todos los acreedores, con sus datos de contacto, la documentación completa y detallada de sus bienes, la relación de los procesos judiciales y de cualquier procedimiento o actuación administrativa de carácter patrimonial que adelante el deudor o que curse contra él, la certificación de los ingresos del deudor, el monto al que ascienden los recursos disponibles para el pago de las obligaciones e información relativa a si tiene o no sociedad conyugal o patrimonial vigente, es decir, si está casado o vive en unión libre, son elementos necesarios.

Proceso del Trámite en Colombia

  1. Al día siguiente a la presentación de la solicitud se designará al conciliador y, éste, dentro de los 3 días siguientes verificará que la solicitud cumpla con los requisitos, en caso de no cumplirlos dará 5 días para que modifiquen la solicitud. Una vez aceptada, fijará fecha para la audiencia de validación del acuerdo de pago que debe hacerse dentro de los 10 días siguientes.
  2. En esta diligencia se estudia la propuesta del deudor y se califican y gradúan las deudas, para lo cual solo se tiene en cuenta el monto del capital de cada deuda y así se establecen fechas y valores para que sean pagados. Durante la audiencia solo los acreedores que no participaron en el acuerdo privado podrán presentar objeciones al acuerdo, las cuales serán conciliadas por el conciliador durante la audiencia o en los días siguientes.
  3. Si el deudor no asiste a 2 citaciones a la diligencia se dará como fracasada la audiencia por desistimiento, salvo que los deudores manifiesten ante el conciliador una nueva fecha. La audiencia se podrá suspender y reanudar dentro de máximo 10 días siguientes a la suspensión.
  4. Una vez el conciliador haya verificado que el acuerdo de pago cumple los requisitos mínimos, el acuerdo quedará en firme y así lo hará constar en audiencia.

Aspectos Importantes del Proceso de Insolvencia en Colombia

  • El valor de las deudas no pagadas debe representar por lo menos el 30% del total de las deudas del deudor.
  • La información presentada y relacionada en la solicitud de negociación de deudas se entiende dada bajo la gravedad de juramento.
  • Un mismo conciliador podrá tramitar las solicitudes de convalidación de acuerdo privado de personas que pertenezcan a un mismo núcleo familiar.
  • El trámite de convalidación del acuerdo privado no puede durar más de 60 días, sin embargo, por solicitud del deudor o de cualquiera de los acreedores podrá ampliarse por 30 días más.
  • El deudor podrá retirar la solicitud mientras no se hayan suspendidos los procesos de cobro coactivo en su contra o los créditos pagados por descuento o libranzas y podrá desistir mientras no se haya aprobado el acuerdo.
  • Si se presentan objeciones a las decisiones del conciliador las atenderá el juez municipal cuando sea de menor cuantía el valor de las deudas, en los casos que sea superior lo atenderá el juez civil.
  • Los consultorios jurídicos pueden representar o acompañar a los deudores o acreedores cuando el valor de la deuda sea menor a los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • El trámite de negociación de deudas podrá ser gratuito cuando se adelante en un centro de conciliación de un consultorio jurídico autorizado o de una entidad pública. Siempre y cuando la deuda no supere los 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes o 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando se haga en consultorios jurídicos.
  • No se necesita abogado si el valor total de las deudas no supera los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes, si lo supera, se debe acudir con abogado.
  • El trámite es en línea y puede realizarse a través de un centro de conciliación público o privado, Notaria o Cámara de Comercio.

En los casos en que se incumpla el acuerdo de pago, haya fracasado el trámite de convalidación del acuerdo de pago o se haya declarado nulo, se dará lugar al proceso de liquidación patrimonial. Este proceso se adelanta ante el juez y tiene como fin adjudicar o vender los bienes del deudor, para pagar a todos sus acreedores. Para esto, el juez nombrará un liquidador que deberá adelantar todas las gestiones necesarias. Este proceso puede iniciar por solicitud de los acreedores o el deudor ante el juez o cuando el conciliador remita las actuaciones al juez y este evidencie el incumplimiento o fracaso de la solicitud. En la decisión que tome debe declarar el fracaso, incumplimiento o nulidad y ordenar la apertura de la liquidación patrimonial, nombrando al liquidador. Posteriormente al inicio de la liquidación, el juez informará a los acreedores que no hicieron parte de la negociación para que se hagan parte del proceso. El liquidador hará el inventario de bienes y lo presentará para que los acreedores presenten las observaciones u objeciones. En cualquier momento y antes de la adjudicación, el deudor y los acreedores que representen más del 50% de los votos podrán firmar un acuerdo de pago. Después que quede en firme el inventario de bienes, se presentará el proyecto de adjudicación de los bienes del deudor para cubrir las deudas, el juez convocará una audiencia para decidir sobre las objeciones que se presenten y tomará la decisión de la forma de distribución y adjudicación de los bienes.

Pasos para Iniciar el Trámite de Insolvencia

Antes de iniciar el trámite de insolvencia, es importante cumplir con ciertos requisitos legales. El primer paso es analizar la magnitud de las deudas, los ingresos y los bienes disponibles. Para declararte insolvente primero deberás acudir al Juzgado de lo Mercantil. Esta institución, especializada en la resolución de conflictos de carácter mercantil, será quien tome tu solicitud. Antes de acudir a la declaración formal de insolvencia, se puede intentar un acuerdo extrajudicial con los acreedores. Si no es posible llegar a un acuerdo, se presenta una solicitud formal ante un tribunal.

Una vez presentada la declaración de insolvencia junto con la documentación solicitada, un Juez será el encargado de tomar la decisión de si es estimarla o no, después de valorar toda la documentación. Si no fuera así, el proceso finaliza. En el caso de ser denegada esta declaración de insolvencia, el camino finaliza aquí y significa que el deudor tiene otras formas de responder ante la deuda. En el caso de ser estimada, se abre un proceso regulado en la Ley Concursal. Una vez aceptada la solicitud, se abre el procedimiento judicial. El tribunal decidirá la solución más adecuada. En cambio, si es aceptado, se inicia un proceso amparado en la LSO.

El Rol de los Profesionales en el Proceso

Llega el momento del profesional: el Administrador Concursal. Esta persona se encarga de reunir y negociar con los acreedores de dicha concursado. Siempre lo hará teniendo muy en cuenta la figura del moroso que es quien se ha declarado insolvente. El Administrador Concursal negociará con los acreedores y buscará que todos lleguen a un acuerdo.

En todos los casos, cuando se pretende conseguir una declaración de insolvencia o reclamar una deuda de un moroso que se ha declarado insolvente, lo ideal es contar con profesionales del sector que nos sirvan de guía durante todo el proceso. La contratación de un abogado que coordine cada uno de los pasos que hemos detallado en este post para agilizar al máximo este trámite y que nos asegure las posibilidades de éxito de la situación que corresponda.

Con el asesoramiento adecuado, puedo enfrentar esta situación de manera efectiva. Contar con el apoyo de un abogado especialista en deudas es clave para proteger tus bienes y encontrar una solución a largo plazo. Sabemos que en momentos de dificultad económica, tener a un profesional de tu lado puede marcar la diferencia. No esperes a que los problemas crezcan. Toma el control de tu situación financiera ahora y contáctanos sin compromiso.

El Centro le brinda orientación de un profesional en temas de insolvencia de forma gratuita para la radicación de la solicitud y dar inicio al trámite. En Alivia, entendemos lo complicado que puede ser gestionar un proceso de insolvencia. Nuestro equipo especializado te ayuda a analizar tu situación, buscar acuerdos con tus acreedores y, si es necesario, acompañarte durante todo el trámite legal.

Beneficios y Desventajas de Declararse Insolvente

Declararse en insolvencia tiene efectos tanto positivos como negativos. Entre los beneficios destacan la protección de bienes esenciales y la posibilidad de un nuevo comienzo financiero. Igualmente, no podrán suspenderle la prestación de los servicios públicos domiciliarios. Al acudir a este procedimiento, no podrán perseguir su patrimonio judicialmente, es decir, no pueden iniciarse nuevos procesos ejecutivos ni continuar los que ya se habían iniciado.

Ser insolvente no significa necesariamente carecer de ingresos, sino tener dificultades para cumplir con las obligaciones financieras. Una vez declarada la insolvencia, no solamente es posible, sino que es deseable que cuentes con ingresos. La ley ofrece la exoneración parcial o total a partir del establecimiento de un plan de pagos. Esto implica que no será necesario liquidar el patrimonio personal para cubrir deudas. Así, la persona protege su vivienda y los bienes indispensables para la actividad laboral.

Estos procesos de conseguir el pago de la deuda, cuando se inicia la declaración de insolvencia, se dilata muchísimo en el tiempo y el acreedor ve mermada la cuantía, ya que desde que se inicia el proceso, todos los intereses generados por la demora del pago y las reclamaciones, quedan completamente paralizadas. En ocasiones, las actuaciones que haya podido realizar el deudor pueden acabar siendo examinadas por vía judicial penal.

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