Descubre el Régimen Fiscal Ideal para Uber Eats en México y Maximiza tus Gananciaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Debido a los cambios ocurridos por la implementación de la nueva Reforma Fiscal en junio del 2020, es necesario que tu actividad económica registrada ante las instituciones fiscales sea la correcta. Te presentamos la Guía para realizar y presentar tu “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales”.

Dicho aviso es una actualización que tienen que hacer las personas físicas que tengan una nueva obligación fiscal por el cambio en su actividad económica preponderante.

Trámite para el Aviso de Actualización

  1. Seleccionar la opción “INGRESOS A TRAVÉS DE PLATAFORMA”.
  2. Asunto: Señalar “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales”.
  3. Descripción: Conforme a su situación particular, deberá indicar lo siguiente:
    • Manifestar que a partir del día XX/XX/XXXX obtiene ingresos a través de las siguientes plataformas tecnológicas:
    • En caso de ser un socio-conductor indicar Uber B.V., con clave RFC UBV121024TN8.
    • En caso de ser un socio-repartidor indicar Uber Portier Mexico, S. de R.L. de C.V.
  4. Generación del Acuse de Recepción. Para dar seguimiento a la presentación del “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales”, deberá ingresar al mismo link señalado en el punto 1.

Simplificamos el proceso de registro y ahora puedes ingresar tus datos fiscales mediante un formulario.

Régimen Fiscal Indicado para Uber Taxi

El “Régimen de Actividades Empresariales con ingreso a través de las Plataformas Tecnológicas” es para todas las personas físicas que presten servicios, vendan productos o permitan el uso de bienes a través de aplicaciones o plataformas como Uber.

¿Puedo tributar conforme al RESICO?

La regla 3.13.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para 2023 establece que las personas físicas que de conformidad con el artículo 113-A de la LISR están obligadas al pago del ISR por los ingresos que generen a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares que presten servicios de intermediación, por la totalidad o alguna parte de sus actividades económicas y que además obtengan ingresos por actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, no podrán tributar conforme al RESICO, por los referidos ingresos. Los ingresos obtenidos a través de la aplicación no podrán tributar bajo este régimen.

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Existe la opción de presentar el: “Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR”.

Las plataformas como Uber, Didi, Rappi, Cabify, etc, ofrecen una oportunidad laboral a población que se encuentra sin empleo, a aquellos que quieran tener un ingreso extra o simplemente a aquellos que deseen trabajar, ya sea de repartidor o de conductor. Generar ingresos de esta manera conlleva el pago de impuestos de una forma diferente, pues la relación entre la plataforma y el conductor o repartidor no es patronal, las plataformas denominan socios a quienes laboran de esta manera.

Además de pagar impuestos de manera oportuna y correcta para evitar sanciones con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es importante que el conductor o repartidor busque alternativas para contar con servicio médico, ahorro para el retiro y las prestaciones que no recibe por la naturaleza de la relación laboral.

Relación entre plataforma y trabajador

Jesús Guillermo Mendieta es integrante de la comisión técnica de auditoría fiscal del Colegio de Contadores de México, y explicó que el término por el cual laboran los trabajadores de estas plataformas es el de prestación de servicios, las plataformas no tienen ninguna obligación de proporcionar las prestaciones, que en una relación laboral si existen.

“Si existiera una relación de subordinación, es decir, laboral, las plataformas tendrían que proporcionar todas las prestaciones que por ley le corresponden al trabajador, además del equipo necesario para laborar”, describió Mendieta.

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Otro de los puntos por los cuales tampoco se puede establecer una relación patronal es la falta de pago a través de nómina y horario laboral de máximo 48 horas a la semana, con un día de descanso, en el caso de prestadores de servicios, el trabajador sólo debe realizar lo acordado en cada servicio y se le paga por cada uno de ellos.

Impuestos a conductores y repartidores de plataformas

Los impuestos que deberán pagar aquellos que presten sus servicios a través de estas plataformas son, esencialmente, el impuesto sobre la renta (ISR) e impuesto al valor agregado (IVA).

De acuerdo con el SAT, las plataformas tienen la opción de hacer la retención correspondiente sobre el ingreso bruto que se obtenga durante el mes, en el comprobante de pago que emitan deberá estar especificada la cantidad de la retención y su concepto.

En el caso del ISR, la retención será de 2.1% y no cambia dependiendo de los ingresos generados, además el IVA significará 8% a diferencia de 16% que se pagan en la mayoría de bienes y servicios.

Para poder cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes es necesario estar inscrito al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y proporcionar los datos fiscales a las plataformas, de lo contrario la retención será de 20% en concepto de ISR y 16% de IVA.

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Alternativas para estar asegurado

Los conductores y repartidores de plataformas digitales están expuestos a un sin fin de riesgos al pasar todo el día manejando o en una motocicleta, por lo que estar asegurado es fundamental para poder laborar con tranquilidad.

“En el caso de que se quisiera afiliar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la alternativa es inscribirse a la modalidad 10, que está destinada a personas que trabajan o prestan servicios de manera independiente”, externó Jesús Guillermo Mendieta.

Bajo esta modalidad se tendrán que hacer pagos mensuales dependiendo del nivel de ingreso al mes que se quiera registrar en la plataforma, no menor a un salario mínimo ni mayor a 81,427.5 pesos.

Bajo esta modalidad, el trabajador de plataformas estará accediendo a servicio médico, aportaciones para su fondo para el retiro, incapacidades, pensión por invalidez y pérdida de vida. También podrán tener los beneficios del Infonavit, sin embargo, el pago de ellos es adicional.

Otra alternativa que existe es la de los seguros privados, Axa cuenta con una póliza destinada para conductores y repartidores de Uber, donde ofrecen un plan integral de protección para el vehículo, gastos médicos y seguro de vida.

Facturación en Uber

Como Conductor o Socio de Flotilla es importante que emitas facturas a los usuarios que lo soliciten por los servicios que prestes a través de la app de Uber.

Si tus datos fiscales y tu registro lo estas realizando en Monterrey, Colima y Yucatán necesitaras entregar tu constancia de situación fiscal, dirigete a este blog en el que te explicamos como obtenerla.

Importante: Para que tú o los socios conductores de tu flotilla puedan comenzar a conducir no es necesario que cargues tus credenciales fiscales (e.firma y CSD), pero deberás subirlas durante los primeros 30 días a partir de la fecha en que tu o tus vehículos realizan su primer viaje para poder permanecer activo.

Las credenciales fiscales son instrumentos que te permiten emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (“CFDIs”); es decir, el sistema del SAT los valida cada vez que se intenta generar un CFDI a tu nombre para confirmar y proteger tus datos. Las credenciales consisten en una e.Firma y un Certificado de Sellos Digitales (“CSD”), y ambos la primera vez que los requieras deben ser tramitados en persona directamente en las oficinas del SAT.

En caso de que todavía no cuentes con tus credenciales fiscales agenda tu cita en el SAT para tramitarlas. La Factura al Público en General (“FPG”) es un comprobante fiscal relacionado con tu obligación de emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (“CFDI’s”).

Durante las primeras 24 horas de cada mes, se determina el monto de tus ingresos que no fueron facturados a los usuarios, y se facilita el cumplimiento de tus obligaciones fiscales a través de un proveedor de facturación independiente, apoyándote en la emisión de la FPG correspondiente.

Mensualmente, se te enviará al correo que tienes registrado en la app el CFDI de retenciones correspondiente. Este comprobante es emitido semanalmente con el importe total de la tasa de servicio retenida y el IVA correspondiente. Estos comprobantes fiscales son emitidos por Uber desde el extranjero, por lo que únicamente se puede generar un PDF y no un XML.

Si eres Persona Física y no recuerdas tu contraseña para el portal del SAT, puedes restablecerla en línea para tener acceso a los servicios en línea. Agenda en línea tu cita en el SAT para tramitar tus credenciales fiscales da clic aquí y comienza el proceso.

¿Cómo valido mi e.Firma y Certificado de Sellos Digitales?

Si ya cuentas con tus credenciales, deberás consultar la validez de tu e.Firma y tu CSD ante el SAT. Da clic aquí para ser redirigido al portal del SAT que te permite validar tu información.

El SAT diseñó un esquema para personas físicas que se dedican a estas actividades, llamado plataformas tecnológicas para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, pues desde el 1 de junio del 2020 se aprobó que los socios de estas plataformas deben presentar su declaración de impuestos, este régimen fue publicado y entró en vigor a partir del 1 de enero de 2021.

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