Descubre Cómo Tramitar la Devolución de Impuestos en México: Requisitos y Pasos Esencialespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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De acuerdo con la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, las personas que declaran ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tienen derecho a recibir la devolución de impuestos en caso de tener saldo a favor.

¿Cómo solicitar la devolución de impuestos?

Si ya presentaste tu declaración anual 2024 ante el SAT, es posible que tengas derecho a una devolución por saldo a favor o por un pago indebido de impuestos. Cuando tienes un saldo a favor de algún impuesto o realizaste un pago indebido, tienes el derecho de solicitar la devolución al Servicio de Administración Tributaria. El trámite es sencillo y se realiza en línea.

Si deseas saber si puedes solicitar una devolución de impuestos, completa tu declaración de impuestos. Ingresa a la página del SAT (con tu RFC y contraseña o e.firma). Busca la sección de trámites. Una vez enviado el formulario, guarda o imprime tu comprobante. También puedes solicitar la devolución de impuestos de años anteriores. Además, debes tener en cuenta que tienes hasta cinco años desde la fecha en que se generó para hacer la solicitud, según lo establece el SAT. La devolución prescribe en los mismos términos y condiciones que el crédito fiscal. Descubre los pasos para obtener tu reembolso fiscal de manera rápida y sencilla.

Requisitos generales para solicitar la devolución

Para poder solicitar tu devolución, debes cumplir con los siguientes requisitos generales, además de los especificados en cada caso:

  • Contar con Contraseña o e.firma.
  • Estado de cuenta bancario expedido por una institución financiera, que no exceda de dos meses de antigüedad.

Devolución automática

Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:

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  • Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable
  • Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña
  • Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.

Consideraciones importantes

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:

  • El contribuyente se tenga como no localizado.
  • El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.

Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de la devolución de saldos a favor son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución. Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución.

El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento.

Los contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes o de la Administración General de Hidrocarburos, que tengan saldo a favor del IVA, ISR, impuesto al activo, IETU e IDE, deben presentar su solicitud de devolución con el programa electrónico F3241, que contiene los archivos con la información de los Anexos, 2-A, 2-A Bis, 7, 7-A, 7-B, 8, 8-Bis, 8-A, 8-A Bis, 8-B, 8-C, 9, 9-Bis, 9-A, 9-B, 9-C, 10, 10-Bis, 10-A, 10-B, 10-C, 10-D, 10-E, 10-F, 11, 11-A, 12, 12-A, 13, 13-A, 14 y 14-A, según corresponda.

Para presentar la Declaración Anual con saldo a favor igual o menor a 10,000 pesos debe contar con contraseña, si es mayor a 10,000 y hasta 50,000 pesos debe hacerlo con contraseña siempre y cuando sea con la cuenta CLABE precargada en el sistema.

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Una vez revisada la documentación presentada, el SAT puede devolver una cantidad menor a la solicitada por los contribuyentes. En caso de que el SAT regrese la solicitud de devolución a los contribuyentes se considera que fue negada en su totalidad.

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