Descubre Qué Significa Emitir una Boleta de Honorarios como Contribuyente y Cómo Impacta tus Finanzaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Una boleta de honorarios es el documento que registra los ingresos que clasifican en la segunda categoría de la Ley de la Renta. Es un documento que emite un contribuyente al momento de iniciar actividades de segunda categoría como profesionales, sociedad de profesionales y personas que desarrollen ocupaciones lucrativas en Chile, debido a que en estos casos están en la obligación de otorgar boletas de honorarios por los servicios que generen por su actividad. Una boleta de honorarios es un documento tributario electrónico (DTE) que respalda el pago por servicios profesionales o de terceros prestados de forma independiente. La boleta de honorarios electrónica es utilizada para respaldar servicios que son generalmente realizados por personas que ejecutan actividades con fines lucrativos, como es el caso de profesionales, técnicos, o personas que realizan una tarea particular y no son parte del staff de la empresa.

¿Quiénes pueden emitir una Boleta de Honorarios Electrónica?

Pueden emitir boletas de honorarios electrónicas en Chile todas las personas naturales que presten servicios de manera independiente, sin una relación laboral de subordinación o dependencia. Las personas que emiten Boletas de Honorarios deben estar registradas con un inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII), como contribuyentes de segunda categoría. En Chile, pueden emitir boletas de honorarios electrónicas las personas y empresas que hayan hecho su inicio de actividades y estén habilitadas ante el SII. Debes estar registrado en el SII y haber iniciado actividades en la segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Este trámite se realiza en línea en el sitio web del SII. Es necesario Tener una Clave Única que brinda acceso a las aplicaciones dispuestas a los contribuyentes en las oficinas virtuales del SII. Deben haber iniciado actividades de Segunda Categoría ante el SII y tienen que realizar actividades gravadas de acuerdo con el artículo 42, N°2, de la ley sobre impuesto a la Renta.

Tipos de contribuyentes habilitados para emitir Boletas de Honorarios:

  • Profesionales Universitarios.
  • Técnicos Profesionales no Universitarios.
  • Sociedades de Profesionales.
  • Auxiliares de la Administración de Justicia.
  • Los Mandatarios Judiciales.
  • Los Directores o Consejeros de Sociedades Anónimas.
  • Trabajadores que desarrollen ocupaciones lucrativas.
  • Prestadores de servicios eventuales (por ejemplo, quienes realizan talleres, charlas, capacitaciones, servicios de reparación o mantención sin contrato laboral).

Características del Trabajo a Honorarios

¿Qué es el trabajo a honorarios? Es un tipo de ingreso que genera un trabajador independiente o una sociedad de profesionales a cambio de prestar un servicio o producir algo. Es una renta que paga impuestos al Servicio de Impuestos Internos (SII). Emitir una boleta de honorarios electrónica tiene características específicas que diferencian este tipo de remuneración de un contrato laboral tradicional.

Requisitos para calificar como trabajo a honorarios:

  • La entrega del producto o servicio es esporádica.
  • No hay una relación laboral fija ni obligatoria.
  • No existe subordinación o dependencia.
  • No constituye una relación laboral. El hecho de emitir boleta de honorarios no te da derechos como vacaciones, aguinaldos o indemnización por despido. Estás actuando como un proveedor externo de servicios.

Durante todo el periodo en que este trabajador labora para ti, “arrienda” sus servicios de asesoría, consultoría, investigación o producción de una obra material.

La Retención de Impuestos en las Boletas de Honorarios

Las rentas por concepto de honorarios originan una retención de impuesto; vale decir, el porcentaje de los honorarios que se pactan con este tipo de contribuyentes debe ser retenido por quien paga la renta. También pagan honorarios las personas que no están obligadas a retener el porcentaje de los honorarios. La determinación de la tasa provisional de retención de una Boleta de Honorarios Electrónica será función de la tasa vigente en el año comercial respectivo, la que aumenta en 0,75% por año, a partir del año 2020, hasta llegar a 17% en el año 2028.

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Tasas de Retención Vigentes

Desde el 1 de enero de 2026, la retención de las boletas de honorarios es de 15,25% del monto bruto. Esta tasa está definida por la Ley 21.133 y seguirá subiendo gradualmente hasta llegar a 17% en 2028.

Año ComercialTasa de RetenciónFuente/Comentario
202212,25%Según normativa vigente
202313,00%Incremento de 0,75%
202413,75%Incremento de 0,75%
202514,50%Según Ley N° 21.133
202615,25%Según normativa vigente (actual)
202716,00%Incremento de 0,75%
202817,00%Objetivo final según Ley N° 21.133

Cómo se calcula la retención

El cálculo de la retención en una boleta de honorarios electrónica depende principalmente del acuerdo entre quien presta el servicio y quien lo contrata, y puede manejarse de dos formas:

Retención por parte del receptor del servicio:

El cliente (empresa o institución) retiene el impuesto correspondiente (14,5% en 2025) al momento del pago, y es quien debe declararlo y pagarlo posteriormente mediante el Formulario 29 del Servicio de Impuestos Internos (SII). La normativa vigente establece que las personas jurídicas en general, que paguen honorarios, están obligadas a retener y deducir del monto de las rentas pagadas el impuesto con tasa provisional de un 17% (artículos 42 y 74 de la Ley de la Renta). Según la Ley de Impuesto a la Renta (LIR), tu empresa tiene la obligación tributaria de retener ese dinero y pagarlo al Fisco como impuesto a la renta durante la Operación Renta del año correspondiente a la boleta. Al retener el dinero, tu empresa ayuda a garantizar que ese tributo sea pagado. Este dinero debe ser pagado a través del sitio web del SII el mes siguiente de la emisión de la boleta, el día 12. En las boletas de honorarios, las retenciones las realiza la persona a cargo del emprendimiento, es decir, quien paga a los profesionales emisores de las boletas.

Autoretención por parte del emisor de la boleta:

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Si quien presta el servicio acuerda emitir la boleta sin retención ("sin retención del receptor"), será el propio profesional quien deberá declarar y pagar ese impuesto a través del Formulario 29. Si no hay agente retenedor (por ejemplo, si el servicio lo paga una persona natural no obligada a retener), el propio emisor de la boleta debe declarar y pagar el impuesto correspondiente mediante PPM (Pago Provisional Mensual).

Ejemplos de cálculo:

  • Acordaste pagar $200.000 brutos por el trabajo realizado. La retención del 12,25% es de $24.500 del monto total. El dinero líquido que le entregas al trabajador es de $175.500.
  • Si emites una boleta por $100.000, la retención (con una tasa del 14,5%) será de $14.500, y recibirás $85.500 líquidos.
  • Para obtener un monto líquido de $1.000.000 con una retención del 15,25%, el monto retenido sería de $179.941.

Consecuencias de no pagar la retención:

¿Qué sucede si no pagas la retención? Perjudicas a tu negocio y al trabajador. Primero, tu empresa se convierte en un deudor fiscal, arriesgando reajustes, intereses y multas correspondientes. De hecho, el SII explica que tienes que rectificar el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo correspondiente al período cuando omitiste la retención. Mientras, el prestador del servicio tendrá problemas cuando declare sus impuestos en la Declaración de Renta el año siguiente.

¿Cómo Emitir una Boleta de Honorarios Electrónica?

Una boleta de honorarios electrónica (BHE) es un documento que emite un contribuyente al momento de iniciar actividades SII de segunda categoría como profesionales, sociedad de profesionales y personas que desarrollen ocupaciones lucrativas en Chile, debido a que en estos casos están en la obligación de otorgar boletas de honorarios por los servicios que generen por su actividad. Puedes emitir las boletas de honorarios electrónicas desde la web de SII.

Pasos para emitir una Boleta de Honorarios:

Aquí te presentamos los pasos para emitir una boleta de honorarios electrónica:

  1. Inicia actividades ante el SII: Debes estar registrado en el SII y haber iniciado actividades en la segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Este trámite se realiza en línea en el sitio web del SII.
  2. Accede al portal del SII: Ingresa a www.sii.cl y selecciona la opción "Boletas de Honorarios Electrónicas" en el menú de "Servicios Online". Puedes autenticarte con tu RUT y clave tributaria o con tu ClaveÚnica.
  3. Elige el tipo de emisor y retención: Se desplegarán diferentes alternativas de tipos emisores de BHT, como "Contribuyente" o "Usuario autorizado". Al haber seleccionado una opción, el emisor del documento debe ingresar con su Rut y Clave Secreta. En este punto, hay que señalar quien registrará la retención al BHT a emitir. Existen dos opciones: El receptor de la boleta actuará reteniendo el impuesto del total de los honorarios, o el propio contribuyente emisor será quien se encargue del pago provisional mensual correspondiente.
  4. Emite la boleta: Ahora es el momento de ingresar los datos solicitados para emitir estos documentos, tales como: Identificación del cliente, Descripción del servicio, Monto del Honorario. Al completar los datos es posible confirmar la emisión. Es importante verificar el borrador.
  5. Entrega la boleta al cliente: Al finalizar, en pantalla aparecerá la boleta emitida. Existirá la opción de imprimir el documento, descargarlo en formato PDF o enviarlo por correo electrónico al cliente.

Las BHE pueden emitirse tanto desde el portal oficial del Servicio de Impuestos Internos como con un software de facturación electrónica. El SII ofrece la aplicación gratuita "e-Boleta SII", disponible en Google Play y App Store. Esta app permite emitir boletas desde tu celular de manera sencilla.

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Tipos de Boletas y Diferencia con la Factura Electrónica

En estos casos, podemos destacar dos tipos de Boletas, cada una con distintos requisitos y destinatarios. Por un lado, están las Boletas de Honorarios y, por otro, las Boletas de Prestación de Servicios a Terceros.

Boleta de Honorarios Electrónica (BHE)

  • Son emitidas al existir ingresos de prestaciones de actividades clasificadas en la segunda categoría de la Ley de la Renta.
  • Este trámite debe realizarse cuando el honorario del contribuyente en cuestión ingrese, materialmente, a su patrimonio.
  • Es solo un comprobante de venta.

Boleta de Prestación de Servicios a Terceros (BTE)

  • Emitidas por contribuyentes que han contratado servicios de personas que no han iniciado actividades ante el SII.
  • Además, los emisores de BTE deben obtener rentas de primera categoría.

Diferencia con la Factura Electrónica

Es importante aclarar que las facturas electrónicas generalmente son utilizadas por las pymes y empresas con la finalidad de corroborar los costos o gastos ante el Servicio de Impuestos Internos, ya que necesitan entregar una información más detallada de sus operaciones, incluyendo datos que van más allá de lo que se puede reflejar en una boleta de honorarios electrónica. La factura electrónica tiene validez legal y fiscal. De esta forma quienes la entreguen gozan del derecho al crédito fiscal. Es decir, pueden usar el reembolso proveniente del IVA para pagar las compras de muchos de los productos que se venderán al cliente final. Si se compara con la factura, la boleta no permite acceder al crédito fiscal.

Gestión Contable y Consideraciones Adicionales

Entender bien la boleta de honorarios es clave si trabajas de forma independiente o contratas servicios de terceros. Este documento tributario va de la mano con la retención de impuestos, el libro de honorarios y ciertos trámites ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Emplear este tipo de trabajo conlleva una gestión financiera y contable ya que afecta la organización de tus recursos (tienes que pagarle) y el registro de este servicio en tus estados financieros (es un costo y un gasto).

Consejos para gestionar exitosamente las boletas:

  • Haz una correcta gestión contable de estas boletas para que no perjudique tu administración financiera.
  • Es una cuenta por pagar en el balance general hasta que pagas el servicio, luego se convierte en un gasto y en un costo variable y queda registrado así en el estado de resultados.
  • No la confundas con un contrato. La Dirección del Trabajo aclara que cualquier otro beneficio depende de lo que convengas con ellos directamente al momento de solicitar y contratar su servicio a cambio de un pago monetario. Muchas empresas prefieren dejar esto por escrito en un contrato de servicios a honorarios, pero otras simplemente tienen acuerdos de palabra.
  • ¿Puedes pagar las retenciones a través de un software de gestión financiera? No. Este pago se hace directamente al SII. Lo que sí puedes hacer es que el sistema lleve un registro de estos pagos y que forme parte de los informes de gestión financiera.

A contar del año tributario 2019, por las rentas obtenidas durante el año comercial 2018, el pago de las cotizaciones es anual y se realiza en la Declaración de Renta, con cargo a la devolución de impuestos. Si eres trabajador independiente, también te corresponde tener seguridad social, ordenar tus cotizaciones previsionales y, por supuesto, recibir tu devolución de impuestos.

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