El Derecho Aduanero es definido como “el conjunto de instituciones y principios que se manifiestan en normas jurídicas que regulan la actividad aduanera del Estado y los particulares que intervienen en dicha actividad, la infracción de esas normas, sus correspondientes sanciones y los medios de defensa de los particulares frente al Estado”, como define el concepto de derecho aduanero el Dr. Andrés Rohde Ponce, uno de los máximo exponentes del derecho aduanero mexicano.
Por su parte el Dr. Felipe Moreno-Yebra, otro importante representante del Derecho Aduanal mexicano, complementa el anterior concepto del Derecho Aduanero y propone la definición del derecho aduanero como un “conjunto de disposiciones jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías de territorio nacional, regula por medio de contribuciones y regulaciones o restricciones no arancelarias, precisamente, la entrada o salida de mercancías” a un país.
¿Qué estudia el Derecho Aduanero?
El derecho aduanero estudia el conjunto de instituciones y principios que se manifiestan en normas jurídicas, incluyendo instituciones como la Administración General de Aduanas de cada país.
- Dicta los parámetros de acción en la actividad aduanera de los particulares.
- La infracción de esas normas, sus correspondientes sanciones.
- Regulan la entrada y salida de mercancías, que sería el despacho aduanero.
- Para el desarrollo del comercio exterior cómo es una Impecable Administración Aduanera
Objetivos del Derecho Aduanero
Al ser la aduana la representación física del Estado, el Derecho Aduanero tiene varios objetivos:
- Objetivo Fiscal de la Aduana.
- Objetivo Económico.
- El Objetivo de Vigilancia.
- Objetivo de Facilitación del Comercio Internacional.
Si bien es cierto que las aduanas deben ejercer el control de la entrada y salida de mercancías de su territorio para cumplir con las funciones anteriores, también lo es que no deben convertirse en cuellos de botella del intercambio comercial.
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Importancia del Derecho Aduanero
La importancia del Derecho Aduanero radica en que permite establecer los derechos y obligaciones de quienes participan del comercio internacional, actividad tan importante para el desarrollo económico y la creación de fuentes de empleo dentro de cada país. El Derecho Aduanero colabora en la política comercial al regular los flujos de ingreso o salida de mercancías, protegiendo a las industrias locales y permitiendo adquirir nuevos e innovadores productos y servicios. Brinda esa certeza para las sociedades.
Historia del Derecho Aduanero
La historia del derecho aduanero tiene sus orígenes junto con la historia de las aduanas, cuando las sociedades del pasado comenzaban a cobrar tributos o impuestos por el tránsito de las mercancías para ayudar a las finanzas de los estados, convirtiendo a los puertos en el filtro de entrada para recibir mercancías.
El propio José Alfonso Torres Cabello nos explica parte de esta historia:
“Desde la antigüedad el intercambio comercial entre las diversas culturas estaba sujeto al control de lo que ahora conocemos como Aduana. Así, por ejemplo, en la antigua Roma los comerciantes pagaban a la entrada de las ciudades del imperio romano el Portorium que era el impuesto para poder vender sus productos. En los reinos de Castilla y Aragón se cobraba un impuesto denominado Portazgo por el ingreso de mercancías que se comerciaban en dichos reinos y que eran cobrados por funcionarios del Rey, que son el antecedente de los funcionarios aduaneros de hoy en día.
En la Nueva España y en otros territorios dominados por el reino de España se cobraba el Almojarifazgo que era un impuesto aduanero que se pagaba por el traslado de mercancías que ingresaban o salían de esos territorios, equivalente al actual arancel. Ese impuesto se cobraba en los puertos marítimos del Imperio Español por parte de funcionarios de la Corona, equivalentes a los funcionarios aduaneros de la época actual”.
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Adicionalmente dentro del Derecho, por su grado de complejidad, se opta por especializar cada área para conseguir mejores resultados, más precisos debido a la amplitud de cada sector. Y en ese sentido, el Derecho Aduanero fue considerado parte del Derecho tributario o Derecho fiscal (en el ámbito aduanero), pero actualmente se podría afirmar que es una rama del derecho administrativo. De esta forma se consigue la autonomía del Derecho Aduanero para su estudio y aplicación. Y al ser sancionador también tiene relación con el Derecho Penal.
Principios del Derecho Aduanero
Acorde al Dr. Inmediatez.
Que se podrían verse también como los Principios del Derecho Aduanero que tiene que cumplir, aunque se tiene que profundizar en la naturaleza jurídica del Derecho Aduanero.
Derechos Aduaneros y Derecho de Aduana
La Organización Mundial de Aduanas OMC establece que los Derechos arancelarios, aranceles son “Derechos de aduana aplicados a las mercancías importadas. Pueden ser ad valorem (un porcentaje del valor) o específicos (por ejemplo, 7 dólares por 100 kg). La imposición de derechos arancelarios sobre un producto importado supone una ventaja de precio para el producto nacional similar y constituye para el Estado una forma de obtener ingresos”.
El marco normativo aduanero de Colombia refiere ¿qué son los derechos de aduana? De tal forma que lo anterior se refiere a que una vez que se produce el hecho previsto por las leyes, el contribuyente debe cumplir frente al Estado con las obligaciones que se derivan de la realización de ese hecho y el Estado tendrá el derecho de percibir o exigir, según sea el caso, al contribuyente el cumplimiento de esas obligaciones.
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El Estado ya sea la federación, las entidades federativas o los municipios a través de sus organismos fiscales tiene la facultad de recaudar y en su caso exigir del sujeto pasivo el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. El contribuyente es quien realiza el hecho imponible, esto es quien realiza o se coloca en la hipótesis prevista por la ley. Además del contribuyente existen otros sujetos que no realizan precisamente el hecho imponible, sin embargo en virtud de la realización de ese hecho imponible por el contribuyente y con quien se encuentran relacionados, surgen obligaciones a su cargo, como el enterar el Impuesto al Estado.
El Estado en la relación tributaria actúa frente al gobernado o contribuyente a través de las autoridades fiscales. En las obligaciones de dar, el contribuyente paga al Estado el impuesto. En las obligaciones de hacer, el contribuyente presenta al Estado sus declaraciones de impuestos. En las obligaciones de no hacer, el contribuyente tiene prohibido por la ley determinadas conductas. En las obligaciones de tolerar, el contribuyente permitirá que el Estado compruebe que se encuentra dando debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales.
En México, el fundamento de la obligación tributaria lo encontramos en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que dispone: “Artículo 31: Son obligaciones de los mexicanos: IV.
El Código Fiscal de la Federación define que los impuestos son las contribuciones establecidas por la ley y que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la ley y que no sean aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.
De conformidad con el Código Fiscal de la Federación, las aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o las personas que se benefician por servicios de seguridad social proporcionadas por el Estado.
Las contribuciones de mejoras según el Código Fiscal de la Federación, son las establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien directamente por obras públicas.
El Código Fiscal de la Federación establece que los derechos son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir los servicios públicos que presta el Estado en sus funciones de derecho público y las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
Derecho a formular alegatos presentar y ofrecer como pruebas documentos conforme a las disposiciones fiscales. La clave del RFC es única para cada contribuyente y la obtiene al inscribirse en el registro federal de contribuyentes y está integrada por 12 o 13 caracteres alfanuméricos.
El certificado e.firma conocido como Firma Electrónica Avanzada o FIEL por antes llamarse así, es un archivo digital cifrado que permite tanto a personas físicas como personas morales (por conducto de su representante legal) inscritas en el registro federal de contribuyentes dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, realizar trámites o presentar documentos digitales ante las autoridades.
Es importante mencionar que otros trámites que se realizan ante dependencias de gobierno pueden ser realizados vía electrónica usando e.firma.
Documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades. Las declaraciones deberán presentarse en documentos digitales con firma electrónica avanzada, a través de los medios, formatos electrónicos, con la información y requisitos que señale el Servicio de Administración Tributaria a través de reglas de carácter general, y con la periodicidad y en las fechas que dispongan las leyes fiscales respectivas.
Relacionado con lo anterior, en materia tributaria el Estado actúa a través de las autoridades fiscales y éstas sólo podrán realizar aquello que expresamente esté permitido por la ley. Las autoridades fiscales están obligadas a proporcionar a los contribuyentes toda la información relacionada con el cumplimiento de la obligación tributaria a efecto de que los contribuyentes se encuentren en condiciones de dar efectivo cumplimiento a dicha obligación.
Ahora bien, cabe mencionar que en el ámbito estatal y municipal tanto los códigos fiscales de las entidades federativas y de los municipios señalan cuáles secretarías, dependencias o unidades administrativas se consideran autoridades fiscales a las cuales compete recibir y en su caso exigir el pago de los impuestos, contribuciones o derechos estatales o municipales respectivamente.
El sujeto pasivo de la relación tributaria es el contribuyente. Además del contribuyente existen otros sujetos que no realizan precisamente el presupuesto previsto por la ley sin embargo, y en virtud de la realización de ese presupuesto por el contribuyente y con quien se encuentran relacionados tienen obligaciones a su cargo.
La principal obligación tributaria es el pago de impuestos. En las obligaciones de dar, el contribuyente paga al Estado las contribuciones. En las obligaciones de hacer, el contribuyente presenta al Estado sus declaraciones de impuestos. En las obligaciones de no hacer, el contribuyente tiene prohibido por la ley determinadas conductas. En las obligaciones de tolerar, el contribuyente permitirá que el Estado compruebe que se encuentra dando debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales.
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