Remate de Propiedades Fiscales: Requisitos Clave y Oportunidades Imperdiblespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Las subastas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) representan una oportunidad única para adquirir bienes a precios significativamente más bajos que los del mercado. Estos bienes incluyen desde inmuebles y vehículos hasta maquinaria y otros activos de valor. Las subastas del SAT son un mecanismo a través del cual el SAT remata bienes embargados a contribuyentes que no han cumplido con sus obligaciones fiscales.

Estas subastas son altamente competitivas, pues permiten a los participantes obtener bienes a precios muy por debajo de los valores comerciales.

Pasos para Participar en las Subastas del SAT

  1. Para comenzar, debe ingresar a la plataforma de subastas del SAT disponible en su sitio web oficial.
  2. Una vez dentro, podrá consultar un catálogo detallado de los bienes que se encuentran en subasta.
  3. Es esencial que complete su registro en la plataforma para poder participar.
  4. Para formalizar su participación, debe adquirir un boleto electrónico, que incluye una pequeña comisión bancaria. Además, se le solicitará un depósito de garantía, el cual se realiza mediante una transferencia electrónica desde su cuenta en Scotiabank.
  5. Con el registro completado y la garantía depositada, podrá empezar a realizar sus ofertas sobre los bienes que le interesan.
  6. Al finalizar el período de subasta, el sistema le notificará si su oferta ha sido la ganadora.
  7. Si resulta ser el postor ganador, deberá realizar el pago total del bien adjudicado dentro de los plazos establecidos: tres días para bienes muebles y diez días para inmuebles.

Consideraciones Importantes Antes de Pujar

  • Antes de pujar, investigue a fondo el bien de su interés.
  • Esté preparado para cumplir con los plazos de pago.
  • No pierda la oportunidad de obtener bienes valiosos a precios competitivos.

Liberación de Bienes Embargados

Antes de aprobarse el remate o declararse la adjudicación, podrá la parte ejecutada liberar los bienes embargados, pagando de inmediato y en efectivo el importe de las cantidades fijadas en la sentencia y los gastos de ejecución.

Disposiciones Legales Relevantes

El embargante exhibirá certificado de gravámenes expedido por el Registro Público de la Propiedad, de 10 años anteriores a la fecha en que ordenó el remate.

Artículo 970 Postura legal es la que cubre las dos terceras partes del avalúo.

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Artículo 972 La diligencia de remate no puede suspenderse.

Artículo 973 Si no se presentan postores, podrá el actor pedir se le adjudiquen los bienes por el precio de su postura, o solicitar la celebración de nuevas almonedas con deducción de un veinte por ciento en cada una de ellas.

La escritura deberá firmarla el anterior propietario, dentro de los cinco días siguientes a la notificación que le haga el notario público respectivo.

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