El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado cambios importantes en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), enfocados en simplificar los trmites y facilitar la reincorporación de contribuyentes. Según informó la autoridad en una publicación en su cuenta oficial, a partir de ahora, los contribuyentes del Resico estarán exentos de presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal. En lugar de ello, sólo deberán cumplir con sus declaraciones mensuales, lo cual representa una reducción en la carga administrativa para aquellos inscritos en este régimen.
Acciones clave en los cambios del RESICO
El objetivo principal es simplificar los trámites y facilitar la reincorporación de contribuyentes a dicho esquema. La autoridad destacó las siguientes acciones relacionadas con estas modificaciones:
- Eliminación de la Declaración Anual: Los contribuyentes ya no tendrán que presentar esta declaración.
- Presentación de declaraciones mensuales: Solo será necesario presentar las declaraciones mensuales.
- Inclusión de nuevos contribuyentes: Las personas que son socios o accionistas de uniones de crédito podrán tributar en el RESICO.
- Sociedades cooperativas: Aquellos que pertenezcan a sociedades cooperativas de producción dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas también podrán tributar en este régimen.
Detalles sobre el Régimen Simplificado de Confianza
El Régimen Simplificado de Confianza es un esquema del SAT diseñado para facilitar el pago de impuestos a personas físicas y morales con ingresos menores a ciertos límites establecidos. Se caracteriza por una tasa de impuestos baja y una forma simplificada de cálculo y declaración. Estas medidas representan una expansión en el acceso a este régimen, que originalmente estaba enfocado en MiPyMEs con ingresos anuales de hasta 35 millones de pesos para personas morales y de hasta 3.5 millones de pesos para personas físicas.
| Tipo de Contribuyente | Límite de Ingresos Anuales |
|---|---|
| Personas físicas (servicios profesionales, comercio) | Hasta 3.5 millones de pesos |
| Personas morales (micro, pequeñas y medianas empresas) | Hasta 35 millones de pesos |
Gestión de obligaciones fiscales y atención al contribuyente
Más allá de los cambios en el régimen, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) continúa su labor operativa. Mantener actualizada la información fiscal ayuda a evitar errores relacionados con devoluciones, facturación o comprobantes de nómina, especialmente cuando se realizan trámites frecuentes ante la autoridad. Los recibos de nómina seguirán siendo uno de los documentos más importantes para trabajadores y empresas, porque no solo comprueban ingresos, también funcionan como referencia para declaraciones, devoluciones y validación de información fiscal.
A partir del lunes 4 de mayo, el esquema de atención en los 169 módulos del SAT ha regresado a su horario estándar de lunes a viernes, de 09:00 a 16:00 horas. El ajuste en el horario presencial no debería representar un obstáculo mayor para la mayoría de los contribuyentes, porque el portal oficial del SAT sigue disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana. Esta plataforma permite realizar un número amplio de gestiones sin necesidad de acudir físicamente a ninguna oficina, desde la declaración de impuestos hasta la revisión de facturas emitidas y recibidas.
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Los especialistas en materia fiscal recomiendan planificar los trámites con anticipación y, de ser posible, agendar una cita a través del sistema oficial para evitar filas innecesarias. El portal es una herramienta poderosa, pero se recomienda utilizarla en horarios fuera de pico, como antes de las 10:00 de la mañana o después de las 15:00 horas, para obtener accesos más rápidos y sin interrupciones.
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