Dentro de las obligaciones que deben cumplir los dueños de vehículos automotores registrados en México, el pago de los impuestos que recaen sobre automóviles, motocicletas y otros motorizados es uno de los más importantes, puesto que es un requisito indispensable para mantener los documentos al corriente y evitar sanciones.
En este sentido, existen principalmente dos clases de contribuciones que no debes dejar pasar si tienes un vehículo inscrito a tu nombre: el refrendo de placas y la tenencia vehicular, además de un tercero que, en algunos estados, ha pasado a reemplazar a los dos anteriores, conocido con el nombre de control vehicular.
Desde su origen, los dos primeros impuestos se diferencian fundamentalmente en dos aspectos:
Y ¿qué hay del control vehicular? Este es el impuesto que vino a remplazar a la tenencia y refrendo en algunos estados, convirtiéndolo en un único pago anual que se debe realizar en la entidad federativa donde se encuentre inscrita la unidad, esto es, donde el titular tenga su residencia oficialmente registrada.
En esta oportunidad, haremos una revisión por todo el país y podrás conocer cuáles son los estados donde se sigue cobrando la tenencia vehicular, de qué forma se calcula el monto que por pagar anualmente y cómo hacerlo en las principales entidades federativas del país.
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Como te adelantábamos en la introducción, la tenencia vehicular grava el valor de los vehículos automotores, considerando la depreciación propia de su valor comercial con base en la antigüedad del carro y otros factores que dependen de las autoridades de cada entidad federativa.
Esto quiere decir que el monto que deberás pagar si tienes un automóvil o motocicleta puede variar entre un estado y otro, tal como pasaremos a revisar a continuación.
¿Se paga tenencia en Chiapas?
En el Estado de Chiapas, así como en otras entidades federativas de México, debes estar al corriente con tus obligaciones vehiculares, dentro de las cuales se incluye el Refrendo, pero no la Tenencia, ya que hace años que no aplica en esta entidad federativa.
Este impuesto está amparado en el artículo 36 del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, donde se establece que:
“Los contribuyentes deberán refrendar su tarjeta de circulación, dentro de los tres primeros meses de cada ejercicio fiscal correspondiente, para lo cual deberán realizar el pago de derechos respectivo de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Derechos del Estado de Chiapas”.
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¿Cómo saber el valor a pagar de refrendo 2024?
Según la información en la página web de la Secretaría de Hacienda, estos son los valores para el cobro del Refrendo anual de tarjeta de circulación del servicio privado:
- Vehículos: $880.00 más el 6% adicional.
- Motocicletas: $721.00 más el 6% adicional.
También puedes ingresar al sitio habilitado por la Secretaría de Hacienda, donde podrás ver si tienes adeudos de años anteriores. Para ello, deberás tener a la mano el número de placa, las 5 últimas posiciones de la serie del carro, modelo y R.F.C. (Registro Federal de Contribuyentes).
¿Cómo pagar refrendo en Chiapas?
Para hacer el pago, puedes tramitarlo en línea o de manera presencial.
Trámite por Internet:
- Paso 1: Debes ingresar al sitio de la Secretaría de Hacienda.
- Paso 2: Luego, debes seleccionar el tipo de vehículo: Automóvil, remolque o motocicleta.
- Paso 3: A continuación, deberás completar los siguientes datos:
- Los 5 últimos dígitos del número de serie.
- Modelo.
- R.F.C.
- Número de placa.
- Paso 4: Luego, selecciona el año de ejercicio fiscal que vas a pagar.
- Paso 5: Finalmente, podrás cursar el pago con tarjetas de crédito y débito.
Trámite presencial:
Si esta es tu opción, debes imprimir la Orden de Cobro Universal para pago en instituciones autorizadas por la Secretaría de Hacienda, como las siguientes:
- Banorte.
- Scotiabank.
- Banamex.
- Santander.
- HSBS.
- Bancomer.
- Banco Azteca.
- Telecomm Telégrafos.
- Chedraui.
- OXXO.
¿Qué documentos necesito y qué pasos debo seguir para pagar mi refrendo?
Tal como lo señala el Gobierno de Chiapas en su portal electrónico, si has pagado el cambio de placas, una vez que realices el pago, deberás ir ante el asesor fiscal de la Delegación de Hacienda o Centro de Recaudación Local y presentar los siguientes documentos:
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Identificación oficial del propietario, representante legal o tercero con el original más una copia. Puede ser cualquiera de los siguientes documentos vigentes:
- Credencial para votar.
- Pasaporte.
- Cédula Profesional con fotografía.
- Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional.
- Certificado de Matrícula Consular.
- Licencia de Conducir del Estado de Chiapas.
En el caso de extranjeros, deben presentar lo siguiente:
- Documento migratorio vigente, prórroga o refrendo migratorio emitido de acuerdo a la Ley de Migración.
- Documento que acredite la representación legal: Escritura Pública o Carta de Poder ante notario.
- Carta de autorización de entrega de efectos valorados (En caso de autorizar a un tercero para que en tu nombre realice la recepción de esos efectos valorados).
- El recibo oficial o comprobante de pago expedido por medio electrónico o váucher, tratándose de pagos efectuados a través de ventanillas hacendarias bancarizadas.
¿Me pueden multar por no pagar el refrendo de mi carro?
Sí, te pueden imponer una multa por no pagar tu adeudo vehicular. Tal como te comentábamos más arriba, el pago del refrendo vehicular es una obligación establecida en el Código de Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, por lo que no cumplirla significa una infracción a la norma vigente, la que implica una multa que puede ir de los $1,100.00 a $1,500.00 pesos.
Si has de comprar un carro usado, es importante que primero revises sus adeudos pendientes, como multas, tenencias y refrendos.
Panorama de la tenencia vehicular en otros estados de México
1. Estado de México
En realidad, el Estado de México es una de las entidades donde se ha decidido conmutar el pago de la tenencia, pero condicionándola al pago de refrendo anual de placas en el plazo establecido ($865.00 para la vigencia 2024, siempre que pagues hasta el 31 de marzo de cada año) y al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Ser personas física o moral sin fines de lucro.
- Valor máximo del vehículo de $250,000.00 (IVA incluido), una vez aplicado el factor de depreciación.
- No tener adeudos de tenencia de años anteriores.
- Tener tarjeta de circulación con chip vigente (de lo contrario, se suma el costo de la renovación del documento).
- Pagar dentro del primer trimestre de cada año.
De todas maneras, si no cumples con los requisitos, tendrás que pagar la tenencia completa.
2. Ciudad de México
En la Ciudad de México la situación de la tenencia vehicular es similar a lo que pasa en el Estado de México, es decir, puedes optar a un descuento del 100% en el pago de la tenencia, siempre que cumplas con los siguientes requisitos:
- Realizar el pago del Refrendo Vehicular entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2024. Su costo en el actual ejercicio fiscal es de $698.00.
- Tu carro no debe costar más de $250 mil incluido el iva y una vez aplicado el factor de depreciación.
- Si es una moto, esta no debe costar más de 115 mil pesos.
- No debes presentar adeudos de años anteriores.
- Ser persona física o jurídica colectiva no lucrativa.
- Ser residente del Estado de México.
El beneficio también se extiende a transportistas concesionarios autorizados por la Secretaría de Movilidad y vehículos destinados al servicio público de transporte.
Si no cumples con los requisitos para optar a este beneficio, tendrás que pagar el costo total del impuesto sobre tenencia 2024. Esta tarifa es variable y depende de la antigüedad de la unidad, tipo de vehículo y tipo de servicio que realice.
3. Baja California
A diferencia de lo que vimos en CDMX y Edoméx, en Baja California la tenencia vehicular es obligatoria para vehículos automotores con un valor comercial de $500,000.00 más IVA. Esto incluye a:
- Automóviles particulares.
- Camiones.
- Motocicletas.
- Minibuses.
- Omnibuses.
- Microbuses.
- Autobuses integrales.
- Tractores.
- Otros vehículos automotores cuyo costo supere el monto establecido.
El monto a pagar por la tenencia vehicular en Baja California es variable y su precio final depende de los datos vehiculares que ingreses en el sitio web oficial de trámites del Gobierno de Baja California o en Oficinas de Recaudaciones de Rentas Del Estado.
4. Baja California Sur
Por su parte, el Estado de Baja California Sur es una de las entidades donde el pago de la tenencia es obligatorio para todos los vehículos automotores de su padrón vehicular.
5. Campeche
El caso del Estado de Campeche es diferente a los vistos anteriormente: la tenencia se ha eliminado, dejando solo el refrendo de placas como impuesto vehicular obligatorio. Para este año, el refrendo tiene un costo diferenciado entre automóviles y motocicletas:
- Automóviles: 3.5 UMAS ($380, según el valor de la UMA en 2024)
- Motocicletas, cuatrimotos, motonetas, trimotos y similares: 1 UMA ($108,57, según el valor de la UMA en 2024).
6. Colima
En Colima, la tenencia vehicular se conoce como “Renovación Anual de la Calcomanía Fiscal”, y es obligatoria para todo dueño de vehículos automotores que porten placas de esta entidad federativa.
El valor de la tenencia vehicular en Colima para la vigencia 2024 es de $1,302.84 (el equivalente a 12 UMAS).
7. Guanajuato
De acuerdo con lo informado por la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración de Guanajuato, solo pagan el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos (ISTUV) los vehículos de transporte privado cuyo valor total (sin IVA) supere los $580,000.00, y cuyo año modelo se encuentre dentro de los últimos diez ejercicios fiscales.
Así, la tenencia aplica para personas físicas y morales tenedoras o usuarias de vehículos (propietarios y/o poseedores) que tengan vehículos de transporte privado inscritos en el padrón del Estado de Guanajuato.
8. Guerrero
En el Estado de Guerrero, todos los vehículos automotores que lleven placas de esta entidad federativa deben pagar la tenencia. El costo de la tenencia va de los $200.00 a los $3,500.00 dependiendo el valor del auto.
9. Hidalgo
Los vehículos inscritos en Hidalgo no deben pagar el impuesto de tenencia si cumplen con el pago del refrendo en las fechas establecidas por la autoridad de la entidad federativa. De lo contrario, tendrán que cubrir el arancel anual, que dependerá del tipo de vehículo que tengas.
10. Michoacán
Los propietarios de vehículos motorizados que se encuentren registrados en el padrón del Estado de Michoacán están exentos de pagar la tenencia desde el año 2012, pero sí deben cumplir con el refrendo de placas durante el primer semestre de cada año, renovando así la validez de sus placas por un nuevo periodo.
11. Nuevo León
Nuevo León es uno de los estados donde los propietarios de vehículos automotores deben cumplir con el refrendo anual de placas, pero no la tenencia vehicular, pues las autoridades han decidido eliminarlo en los últimos años.
12. Oaxaca
La tenencia vehicular en Oaxaca se mantiene vigente, pero puede variar e incluso te puedes librar de pagarla gracias al programa Adiós a la tenencia, que se implementó en 2018 y funciona hasta hoy y ofrece un descuento del 100% de este impuesto si estás al corriente con las contribuciones vehiculares de años anteriores.
13. Puebla
En este estado, así como en Ciudad de México, Colima, Guanajuato y Guerrero, todas las personas, físicas o morales, están obligadas a pagar la tenencia vehicular por el solo hecho de poseer un vehículo, sin importar el uso que se le dé.
Como propietario de un vehículo, es importante que conozcas qué es el refrendo vehicular. El refrendo vehicular es un impuesto que debe pagarse cada año por usar una placa para tu auto. La cantidad por pagar incrementa cada año y varía dependiendo del estado en el que estén registradas tus placas, por ejemplo, el refrendo vehicular CDMX durante el 2025 tendrá un costo de $731.00.
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