¡Olvida la Declaración Anual! Descubre quiénes están exentos y qué requisitos debes cumplir según el SATpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La declaración anual de impuestos es uno de los trámites más importantes en México. Sin embargo, se anunció que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) eliminará este requisito para ciertos contribuyentes en 2024, por lo que es importante conocer quiénes quedarán exentos de esta obligación fiscal.

Este trámite en particular es obligatorio para personas físicas y morales en el país, quienes deben reportar al SAT sus ingresos, deducciones y pagos provisionales del año fiscal, que abarca del 1 de enero al 31 de diciembre. Aunque la mayoría de los contribuyentes deberán presentar su declaración este año, algunos estarán exentos de realizar este proceso.

¿Quiénes están exentos de presentar la declaración anual de impuestos?

El SAT anunció que el trámite obligatorio de la declaración anual de impuestos será eliminado para quienes pertenecen al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Este sistema tiene como propósito simplificar el cumplimiento fiscal de aquellos contribuyentes con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos para personas físicas y 35 millones para personas morales.

En su página oficial, el organismo explica: "El Régimen Simplificado de Confianza permite realizar el pago del impuesto sobre la renta (ISR) de manera sencilla, rápida y eficiente. Este esquema busca reducir las tasas del impuesto para que quienes perciben menores ingresos paguen menos".

Con esta medida, los contribuyentes en el RESICO podrán beneficiarse de un proceso fiscal más simple, que aligera su carga contable y facilita los beneficios, especialmente para socios en otros sectores. Sin embargo, deberán continuar presentando sus declaraciones mensuales.

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¿Qué es el RESICO del SAT?

El RESICO es un esquema fiscal implementado por el SAT para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de personas físicas con actividades empresariales, así como de pensionados y jubilados en el país. Su objetivo es simplificar trámites y reducir la carga administrativa, beneficiando especialmente a quienes tienen ingresos menores.

Aquellas personas interesadas en quedar exentos del pago de impuestos deben considerar que el proceso es accesible. Los requisitos para avanzar con el trámite virtual incluyen:

  • Estar al día en sus obligaciones fiscales.
  • Tener activado su Buzón Tributario.
  • Contar con e.firma.
  • No superar el límite máximo de ingresos.
  • Presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.
  • Emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por todos sus ingresos, incluyendo operaciones con el público en general.
  • Obtener y conservar los CFDI de gastos e inversiones.
  • Realizar declaraciones mensuales y anuales, con información precargada.
  • Mantener activo el RFC.
  • No figurar en el listado de contribuyentes incumplidos, según el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Reincorporación de Personas Físicas al RESICO

Para aquellos contribuyentes que han salido del Resico, el SAT facilita su reincorporación.

Otros Cambios y Obligaciones Fiscales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció cambios importantes en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), enfocados en simplificar los trámites y facilitar la reincorporación de contribuyentes. Estas modificaciones, que aplicarán tanto para personas físicas como para ciertos sectores de producción, estarán disponibles a través de las plataformas oficiales del SAT.

Según informó en una publicación en su cuenta oficial de X, a partir de ahora, los contribuyentes del Resico estarán exentos de presentar la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024. En lugar de ello, sólo deberán cumplir con sus declaraciones mensuales, lo cual representa una reducción en la carga administrativa para aquellos inscritos en este régimen.

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¿Quiénes están en el Resico?

El Régimen Simplificado de Confianza es un esquema del SAT, diseñado para facilitar el pago de impuestos a personas físicas y morales con ingresos menores a ciertos límites establecidos. Se caracteriza por una tasa de impuestos baja y una forma simplificada de cálculo y declaración. Su objetivo es alentar la formalidad y facilitar las contribuciones fiscales.

¿Quiénes pueden optar por el RESICO?

Personas físicas:

  • Aquellas que obtienen ingresos por actividades empresariales, como servicios profesionales (freelancers o consultores) y comercio en general.
  • Deben tener ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos.

Personas morales (empresas):

  • Empresas de reciente creación o de menor tamaño, como micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).
  • Deben tener ingresos menores a 35 millones de pesos anuales.

Ejemplos de quiénes aplican al Resico:

  • Persona física: un diseñador gráfico independiente que trabaja por su cuenta y genera ingresos anuales de 1 millón de pesos.
  • Persona moral: una tienda local de ropa que factura 10 millones de pesos al año.

Otras reformas al Resico

El SAT también informó que se permitirá tributar bajo el Resico a personas que sean socios o accionistas de uniones de crédito y de sociedades cooperativas de producción. Esta inclusión beneficiará a quienes trabajen en sectores como:

  • Agricultura
  • Ganadería
  • Pesca
  • Actividades silvícolas

Lo anterior, siempre que no hayan aplicado la exención fiscal del artículo 74 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

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¿Qué pasa si no presento mi Declaración?

Más allá de ser una formalidad fiscal, no hacerlo puede tener consecuencias legales, económicas y administrativas. ¿Qué ocurre si no cumples con esta responsabilidad?

De acuerdo con el artículo 81 del Código Fiscal de la Federación, la omisión de la Declaración Anual puede derivar en sanciones económicas que van desde los $1,810 hasta más de $38,700 pesos, dependiendo del tiempo de atraso y de si hay reincidencia.

Además, el SAT puede aplicar:

  • Recargos por cada mes de atraso en el pago de impuestos.
  • Actualizaciones conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
  • Multas adicionales si se detecta evasión o discrepancia fiscal.
  • Limitación del buzón tributario y restricción de sellos digitales, impidiendo emitir facturas (CFDI).

Otra posible consecuencia es la fiscalización por omisión.

¿Cómo consultar el estatus de la devolución?

Una vez concluida la declaración de impuestos, los contribuyentes que obtengan un saldo a favor pueden recibir su devolución de manera automática en su cuenta bancaria. Para consultar el estatus del proceso, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Entrar en el portal del SAT www.sat.gob.mx/
  2. Hacer clic en el menú de la parte superior ‘Trámites y servicios’
  3. Deslizar hacia abajo y seleccionar la opción ‘Más trámites y servicios’
  4. Seleccionar la opción ‘Constancias, devoluciones y notificaciones’ de la lista de trámites disponibles
  5. Elegir ‘Devoluciones y compensaciones’
  6. Luego, ‘Estado de tu devolución’
  7. Después, hacer clic en la opción ‘Ingresa al Buzón tributario’
  8. Ingresar en el buzón con la contraseña o la e.firma
  9. Seleccionar ‘Devolución automática de ISR del ejercicio 2024′ para conocer el estatus del proceso

Plazos y Devoluciones

El Código Fiscal de la Federación indica que el SAT tiene hasta 40 días hábiles para resolver una solicitud de devolución del saldo a favor. Además, los contribuyentes tienen cinco años para reclamar las devoluciones de años anteriores.

Con corte al pasado 15 de abril, la autoridad fiscal ha realizado cerca de 1.3 millones de devoluciones a contribuyentes que tuvieron saldo a favor por un monto de 10 mil 323 millones de pesos.

Los contribuyentes cuentan con 5 años contados a partir de la fecha en que se generó el saldo a favor para presentar su solicitud de devolución de impuestos. Los requisitos para la devolución automática son:

  • Confirmar tu cuenta CLABE precargada en el sistema, verificar que esté a tu nombre y siga activa.
  • Señalar la opción "Devolución" al presentar tu Declaración Anual 2024.
  • No haber presentado una solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Tabla resumen de RESICO

Característica Persona Física Persona Moral
Ingresos Anuales Máximos 3.5 millones de pesos 35 millones de pesos
Obligación de Declaración Anual Eliminada (solo declaraciones mensuales) Eliminada (solo declaraciones mensuales)

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