El comercio internacional y la importación de mercancías en Nicaragua están sujetos a regulaciones específicas que determinan los impuestos y aranceles aplicables. Es fundamental comprender estos requisitos para evitar incumplimientos y aprovechar las preferencias arancelarias establecidas en los tratados comerciales.
Legislación y Acuerdos Arancelarios
La Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) es un instrumento clave para determinar la clasificación arancelaria de las mercancías. Desde la entrada en vigor de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE), la clasificación arancelaria consta de 10 dígitos: 8 correspondientes a la fracción arancelaria y 2 adicionales relativos al NICO (Número de Identificación Comercial).
Es importante destacar los siguientes acuerdos y decretos que influyen en los impuestos de importación:
- Acuerdo por el que se dan a conocer las Notas Nacionales de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
- Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación.
- Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer las tablas de correlación entre las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) 2012-2020.
Además, existen diversos acuerdos que establecen las tasas aplicables del Impuesto General de Importación para mercancías originarias de diferentes regiones y países:
- Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
- Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la región conformada por México, Australia, Brunéi, Canadá, Chile, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam, que corresponden a Vietnam.
- Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Panamá.
- Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Chile.
- Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de los países que forman la región de la Alianza del Pacífico.
- Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias del Estado Plurinacional de Bolivia.
- Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, del Principado de Andorra y de la República de San Marino (TLCUEM).
Estos acuerdos son cruciales para determinar las preferencias arancelarias aplicables a las mercancías importadas en Nicaragua.
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Requisitos para Turistas que Ingresan con Vehículos
Los turistas que deseen ingresar a Nicaragua por vía terrestre conduciendo su vehículo deben seguir un proceso específico:
- Presentarse ante la autoridad migratoria.
- Pasar a la ventanilla de registro y control de vehículos de turismo de la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA) en el puesto de control fronterizo.
- Presentar documentos de identidad (pasaporte y licencia de conducir) y la tarjeta de circulación del vehículo.
En el dorso del formulario de la declaración del viajero se especifican las mercancías que forman parte del equipaje permitido.
Recomendaciones para Empresas y Viajeros
Debido a la complejidad de las regulaciones y la constante actualización de la LIGIE y otros instrumentos jurídicos, se recomienda a las empresas:
- Verificar la correcta aplicación de la clasificación arancelaria de las mercancías.
- Declarar correctamente la clasificación tanto en el pedimento como en el Certificado de Origen.
- Cumplir con el pago de los aranceles, especialmente al amparo de preferencias arancelarias derivadas de un Tratado Comercial.
Para los viajeros, es esencial conocer las regulaciones aduaneras y los requisitos para ingresar con vehículos y otros bienes personales.
Ejemplo de Tasas Arancelarias Preferenciales
El arancel aplicable a la importación de las mercancías originarias de la región conformada por México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, se rige por lo señalado en los acuerdos correspondientes. Es crucial consultar los Apéndices del acuerdo para identificar las fracciones arancelarias específicas y sus tasas preferenciales.
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Tabla Resumen de Acuerdos Comerciales
| País o Región | Acuerdo | Mercancías Originarias |
|---|---|---|
| Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras | Acuerdo Comercial | Mercancías especificadas en los Apéndices |
| México, Australia, Brunéi, Canadá, Chile, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam | TIPAT | Mercancías originarias de Vietnam |
| República de Panamá | Acuerdo Comercial | Todas las mercancías originarias |
| República de Chile | Acuerdo Comercial | Todas las mercancías originarias |
| Unión Europea | TLCUEM | Todas las mercancías originarias |
Es esencial que las empresas y los viajeros se mantengan informados sobre las regulaciones y acuerdos comerciales vigentes para garantizar el cumplimiento normativo y optimizar sus operaciones de importación en Nicaragua.
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