La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es una obligación fiscal clave para los contribuyentes sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México. En 2025, su presentación sigue siendo fundamental para el correcto acreditamiento del IVA y el cumplimiento ante el SAT. El SAT ofrece un tutorial que facilita el llenado y envío de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
¿Qué es la DIOT y para qué sirve?
La DIOT es una declaración informativa mensual mediante la cual las personas físicas y morales informan al SAT sobre las operaciones realizadas con proveedores. Es una declaración que, mediante un formulario electrónico, deben presentar ante el Servicio de Administración Tributaria los contribuyentes que realicen actos o actividades gravados por la Ley del Impuesto al Valor Agregado. En esta declaración se debe proporcionar información sobre las operaciones con sus proveedores.
Su función principal es permitir al SAT verificar la correcta determinación y acreditación del IVA. Además, contribuye a fortalecer la transparencia en la cadena de valor y combatir prácticas indebidas. La información detallada de la DIOT también sirve para generar estadísticas de comercio interno y externo, lo que permite al gobierno diseñar políticas públicas más efectivas.
¿Cómo presentar la DIOT?
Las personas deberán presentar las solicitudes en materia de Registro Federal de Contribuyentes, declaraciones, avisos o informes, en documentos digitales con firma electrónica avanzada a través de los medios, formatos o herramientas electrónicas y con la información que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, enviándolos a las autoridades correspondientes o a las oficinas autorizadas, según sea el caso, debiendo cumplir los requisitos que se establezcan en dichas reglas para tal efecto y, en su caso, realizar el pago correspondiente mediante transferencia electrónica de fondos.
En el sitio oficial del SAT, en la sección de declaraciones informativas.
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Además, la plataforma está disponible para las declaraciones del ejercicio 2025, así como para las extemporáneas de ejercicios 2024 y anteriores. Cabe aclarar que el proceso para personas físicas y morales es igual, pero es importante seleccionar la opción que se ajuste a tu registro.
Al dar clic en la opción “Informativa de operaciones a terceros (DIOT)”, desplegará los requisitos para su presentación. Al seleccionar esta opción, se habilitará la sección “Formulario” en el menú del lado izquierdo, donde al dar clic desplegarán diferentes campos de información sobre la declaración. Cada una incluye subapartados según zona geográfica, tipo de operación, tipo de proveedor, tasa de IVA y tipo de acto.
Se capturan estos datos, se genera el archivo y se presenta ante el SAT.
Pasos para el envío a través del Portal del SAT:
- En la página principal del Portal dé clic en Oficina virtual.
- En la siguiente pantalla, en el apartado de Declaraciones, dé clic en Declaraciones informativas y, posteriormente, en Envío de la declaración informativa de operaciones con terceros.
- Se abre la siguiente pantalla en la que debe capturar su RFC y autenticarse, ya sea con su Clave de Identifi cación Electrónica Confidencial (CIEC) actualizada o con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente.
Se abren dos mensajes, el primero con la pregunta: ¿Desea ejecutar la encripción de la declaración?
Se abre un mensaje con la pregunta: ¿Desea ejecutar la validación de la declaración?
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Modalidades de Presentación:
- Por el Portal de internet del SAT cuando se realicen hasta 500 registros.
- Ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal cuando se realicen más de 500 registros.
¿Qué se debe reportar en la DIOT?
Se reportan todas las operaciones con terceros que impliquen IVA, incluidas las exentas y no acreditables.
Proveedor Global
En el campo denominado “proveedor global” se debe señalar la información de los proveedores que no fueron relacionados en forma individual. Se declara como proveedor extranjero o global, según corresponda.
El monto de los pagos que incluya en proveedor global sea hasta por un monto que no exceda de 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes. En ningún caso el monto de alguno de los pagos incluidos en el porcentaje anterior puede ser superior a 50,000 pesos por proveedor.
No se deben incluir dentro del porcentaje y monto señalados los gastos por consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, pagados con medios distintos al cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito o de servicios o a través de monederos electrónicos, ya que este tipo de gastos se deben relacionar por cualquier monto. Tampoco se consideran incluidas dentro de dicho porcentaje las cantidades vinculadas a la obtención de beneficios fiscales.
Los comprobantes que amparen los gastos mencionados deben reunir los requisitos previstos en las disposiciones fiscales.
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¿Qué pasa si no se presenta la DIOT?
Se generan multas que van desde $1,400 a $34,730 por cada declaración omitida o extemporánea.
Consejos para Simplificar la Preparación de la DIOT
Preparar la DIOT puede parecer una tarea compleja, pero con una buena organización y las herramientas adecuadas, es posible simplificarla considerablemente.
- Mantén tus registros actualizados: Asegúrate de que todas las facturas emitidas y recibidas estén correctamente registradas y clasificadas por proveedor.
- Establece un calendario fiscal: Define las fechas clave para preparar y enviar la DIOT.
Cumplir con la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) a tiempo no solo evita sanciones fiscales, sino que también aporta múltiples ventajas a tu empresa. Además, el cumplimiento oportuno de la DIOT refleja la responsabilidad fiscal de tu negocio, lo que puede fortalecer la confianza de tus socios comerciales y proveedores.
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