Guía Definitiva para Solicitar tu Devolución de Impuestos en México ¡Rápido y Fácil!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si tras presentar tu declaración de impuestos obtuviste un saldo a favor en el SAT, puedes solicitar su devolución para recuperar ese dinero. Aquí te explicamos el procedimiento, los requisitos y el tiempo estimado en el que podrías recibirlo.

Cómo Solicitar la Devolución del Saldo a Favor

El trámite se realiza de manera digital a través del Portal del SAT, siguiendo estos pasos:

  1. Ingresa al sitio web del SAT y accede a la sección Trámites.
  2. En la barra superior, selecciona la opción Buzón Tributario.
  3. Inicia sesión con tu RFC y contraseña o mediante tu e.firma.
  4. Dirígete al apartado Devoluciones y Compensaciones y elige Solicitud de devolución.
  5. Llena el formulario electrónico con la información que se te solicita.
  6. Adjunta los archivos comprimidos en formato .zip que respalden tu solicitud.
  7. Envía el trámite y descarga el acuse de recibo como comprobante.
  8. Espera la respuesta del SAT, que llegará al correo electrónico que registraste.

Para solicitar la devolución se añade la CLABE interbancaria y el nombre del banco al momento de realizar la declaración.

Una vez que se revise que cuadren todos los ingresos del año, los impuestos que se declararon -ya sea por cuenta propia o por el patrón- y las deducciones que aplican en cada caso, el sistema arrojará un apartado en el que el usuario podrá seleccionar si desea que se le devuelva el saldo a favor o se le compense. Con la compensación se podrá pagar el ISR que se adeude en el siguiente ejercicio fiscal. La devolución se depositará en el banco que otorgue el contribuyente.

Plazo para la Devolución

El Código Fiscal de la Federación estipula que la fecha de devolución tiene un plazo de 40 días. El mismo código menciona que en un periodo de no más de 20 días el SAT también puede solicitar datos, informes y documentos adicionales para verificar la devolución.

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El SAT tiene hasta 40 días hábiles para resolver tu solicitud y, en caso de ser aprobada, realizar la devolución a la cuenta bancaria que proporcionaste. Lo importante es contar con tu información fiscal en orden y seguir correctamente los pasos del portal.

Según el artículo 22, al solicitar la devolución el contribuyente debe presentar los datos correctos y completos, como el número de cuenta o clabe interbancaria para la transferencia electrónica.

Cómo Consultar el Estatus de la Devolución

Para ver el proceso de la devolución, el contribuyente debe entrar al portal del SAT, www.sat.gob.mx/, dar clic en el menú de la parte superior Trámites y servicios, deslizar hacia abajo y seleccionar la opción Más trámites y servicios. Después debe entrar en la parte de Constancias, devoluciones y notificaciones y elegir el apartado Estado de tu devolución.

El usuario debe tener a la mano su RFC y contraseña, ya que la página lo redirigirá al buzón tributario, donde se indicará el estado de la devolución. Una vez dentro, seleccionará la pestaña que dice devolución automática del ISR del ejercicio 2024 y el sistema arrojará si se ha negado y la razón por la que se negó, si está en proceso de validación o se ha aceptado.

Inconsistencias en la Cuenta CLABE

Las inconsistencias en la clabe interbancaria es uno de los problemas más comunes al devolver el dinero al contribuyente. Para solucionarlo, el solicitante deberá adjuntar un estado de cuenta que avale su cuenta. En este paso, es necesario tener a la mano la firma electrónica y adjuntarla.

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Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución. Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución.

El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento.

Información Adicional

Los contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes o de la Administración General de Hidrocarburos, que tengan saldo a favor del IVA, ISR, impuesto al activo, IETU e IDE, deben presentar su solicitud de devolución con el programa electrónico F3241, que contiene los archivos con la información de los Anexos, 2-A, 2-A Bis, 7, 7-A, 7-B, 8, 8-Bis, 8-A, 8-A Bis, 8-B, 8-C, 9, 9-Bis, 9-A, 9-B, 9-C, 10, 10-Bis, 10-A, 10-B, 10-C, 10-D, 10-E, 10-F, 11, 11-A, 12, 12-A, 13, 13-A, 14 y 14-A, según corresponda.

Para presentar la Declaración Anual con saldo a favor igual o menor a 10,000 pesos debe contar con contraseña, si es mayor a 10,000 y hasta 50,000 pesos debe hacerlo con contraseña siempre y cuando sea con la cuenta CLABE precargada en el sistema.

Una vez revisada la documentación presentada, el SAT puede devolver una cantidad menor a la solicitada por los contribuyentes. En caso de que el SAT regrese la solicitud de devolución a los contribuyentes se considera que fue negada en su totalidad.

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