Cuando alguien sufre un problema como un accidente, un conflicto laboral, una situación de acoso o una intromisión en su intimidad, casi siempre piensa en el daño económico. Se considera daño y perjuicio a los bienes de una persona tanto patrimoniales como personales, incluyendo también su integridad física o mental. Los daños se refieren a las afectaciones sufridas por alguien en su persona, propiedad o bienes, mientras que los perjuicios hacen referencia a las ganancias legítimas que se dejan de obtener o los gastos ocasionados por la acción u omisión de otra persona. En términos legales, estos conceptos juntos implican una compensación que busca restituir o reparar, en la medida de lo posible, los daños y perjuicios causados.
Elementos para iniciar una reclamación
Antes de siquiera pensar cuál es la vía para reclamar una indemnización por daños y perjuicios, es importante que conozcas los elementos que deben concurrir para que tu solicitud sea admitida. Reclamar daños y perjuicios exige acreditar hecho, causalidad y cuantía. Como todo procedimiento civil, para realizar una demanda por daños y perjuicios y que esta sea aprobada, deberá poseer las pruebas legales de los hechos. Estamos ante un proceso que requiere demostrar qué ha ocurrido, cómo te ha afectado y por qué la otra parte es responsable. Desde informes médicos o psicológicos hasta mensajes, correos, testigos o cualquier documento que demuestre el impacto emocional, toda documentación es vital.
Tipos de responsabilidad en la demanda
- Por responsabilidad contractual: Cuando dentro de una relación laboral existe un contrato, el incumplimiento del mismo por una de las dos partes podría llevar al inicio de una demanda legal por daños y perjuicios.
- Por responsabilidad extracontractual: Generalmente abarca los daños que otras personas le pueden causar debido a sus malas acciones, actitudes irresponsables o actos negligentes. Un caso convencional es aquella aplicada sobre el personal del área de salud debido a negligencias médicas.
El daño moral y su valoración
Aunque a veces acompaña a daños materiales, el daño moral es un perjuicio por sí mismo, reconocido por la ley y respaldado por la práctica judicial. Se considera daño moral la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás. El tema es que no se puede pesar ni medir, por lo que no hay una factura que diga “tantos euros por sufrimiento”.
Factores que influyen en la cuantificación
Para determinar el monto de la indemnización, los jueces valoran diversos elementos fundamentales:
- Gravedad de los hechos.
- Consecuencias emocionales.
- Duración del sufrimiento.
- Edades y circunstancias personales.
- Impacto en la vida diaria.
- Daños paralelos relacionados.
La cuantificación del perjuicio se realiza mediante la valoración directa o pericial, adaptada al tipo de daño. En el caso de que no haya un acuerdo extrajudicial, la víctima podrá iniciar una reclamación previa, exigiendo el pago en un plazo razonable antes de iniciar la vía judicial ante el Juzgado de Primera Instancia.
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Procedimiento y pasos a seguir
Siempre lo recomendamos: antes de nada, intenta una solución sin llegar a los tribunales para agilizar más y gastar menos. Si bien el Código Civil obliga a reparar el daño causado, los tribunales recuerdan que no basta con haber sufrido el daño; la forma correcta para reclamar una indemnización de daños y perjuicios es con la asesoría y representación de un abogado especialista. Muchos de los errores que impiden que se repare el daño se repiten una y otra vez y la razón en la mayoría de los casos es falta de asesoramiento y representación legal.
| Tipo de daño | Descripción |
|---|---|
| Daños patrimoniales | Incluyen daño emergente (pérdidas reales) y lucro cesante (ganancias dejadas de obtener). |
| Daños extrapatrimoniales | Daño moral o personal y daños sobre los bienes. |
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