Descubre las Consecuencias Legales del Abandono de Hogar en Parejas Casadas y No Casadaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El abandono del hogar es una situación que genera múltiples dudas en los procesos de crisis matrimonial o de pareja. Cuando hay una relación matrimonial de por medio, es un asunto muy serio y que conlleva una serie de consecuencias jurídicas. En parejas no casadas, el abandono también puede tener repercusiones civiles, sobre todo si hay hijos en común.

Se entiende por domicilio conyugal el lugar donde la pareja vive, y en su caso, también sus hijos. La conducta se vuelve jurídicamente relevante cuando el cónyuge abandona sin dar explicaciones y deja de cumplir sus obligaciones económicas y de cuidado hacia su familia.

Diferencias entre Abandono de Hogar y Abandono Familiar

Es importante destacar que, en el derecho español, irse del domicilio familiar no siempre constituye un abandono de familia ni una falta legal. El abandono del hogar hace referencia a una persona que sale de su domicilio familiar y dicha conducta no es un delito.

Lo cierto es que, en la mayoría de los casos, el abandono familiar no es considerado delito. Esto se debe, fundamentalmente, a que, además de demostrar que la otra parte ha dejado de hacer frente a sus obligaciones, lo cual suele resultar bastante sencillo, el juez debe determinar también que se ha hecho con intención, es decir, que hay dolo.

Por otro lado, el delito de abandono familiar no debe confundirse con el abandono de hogar. Se incurre en abandono familiar cuando quien provee la mayor cantidad de dinero en casa deja desamparados a las personas que forman parte del núcleo familiar. El abandono de familia es un delito que se produce cuando una persona abandona el hogar familiar y deja a las personas de las que de él dependen en situación de desvalimiento. El delito de abandono de familia se da no solo en los casos en que exista matrimonio sino en el caso de parejas.

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El abandono de familia implica un incumplimiento grave y voluntario de los deberes legales de asistencia hacia el cónyuge o los hijos.

Consecuencias Jurídicas del Abandono

Consecuencias en el ámbito matrimonial

El abandono del hogar, cuando se produce dentro del matrimonio, se denomina abandono del hogar conyugal. El abandono del hogar, siempre y cuando el cónyuge que lo lleve a cabo siga atendiendo a sus obligaciones, no es constitutivo de delito. Sin embargo, es importante informar a las autoridades del momento en el que se produce ya que, de este modo, es posible justificar el momento en el que deje de cumplir con ellas.

Cuando uno de los miembros deja de aportar económicamente a los gastos del hogar o al sustento de los hijos (pensión alimenticia), pese a tener capacidad para hacerlo, se puede considerar abandono. Este abandono no disuelve el vínculo matrimonial, pero sí puede tener consecuencias legales importantes. El abandono del hogar no disuelve automáticamente el matrimonio, ni constituye una causa válida para solicitar el divorcio bajo la legislación actual.

El Código Civil en sus artículos 68 y 105 determina las obligaciones de los cónyuges. La jurisprudencia española establece que no todo alejamiento del domicilio implica abandono culpable. El abandono del hogar en el Código Civil se relaciona con los deberes conyugales y el respeto a las cargas familiares.

Efectos sobre la sociedad conyugal

La legislación civil mexicana establece que el cónyuge que abandona el hogar conyugal sin causa justificada pierde, desde el momento en que comete dicha acción, los beneficios económicos derivados de la sociedad conyugal que le favorezcan. Esto significa que, por ejemplo, deja de tener derecho a participar en las ganancias generadas por los bienes comunes.

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Al momento de contraer matrimonio con alguien, puedes elegir vivir con bienes separados o en sociedad conyugal. Cuando se abandona el domicilio conyugal, de forma “injustificada” por entre seis meses y un año -dependiendo la legislación aplicable-, al día del abandono se terminan los efectos de la sociedad conyugal y solo podrán comenzar de nuevo por convenio expreso.

Asimismo, si el cónyuge que permanece en el hogar incrementa el patrimonio común después del abandono, los bienes adquiridos no beneficiarán al cónyuge que se ausentó. En sentido inverso, si quien abandonó el hogar adquiere nuevos bienes durante ese periodo, estos sí podrán considerarse parte de la sociedad conyugal, y el cónyuge afectado podría beneficiarse de ellos.

En casi todos los estados de la república el “abandono injustificado del domicilio conyugal” es suficiente para que se revoque una donación antenupcial hecha por uno de los cónyuges al otro. Sin embargo, esto solo puede llegar a perjudicar a las personas que recibieron bienes antes de casarse y por motivo de su matrimonio.

Efectos sobre los hijos y obligaciones económicas

Una de las consecuencias más relevantes del abandono de hogar recae sobre los hijos menores de edad. El abandono injustificado puede ser causa de suspensión de la patria potestad del cónyuge ausente. Esta medida se solicita ante el juez familiar, quien evaluará si existe un incumplimiento grave de los deberes parentales. Para determinar la procedencia de dicha suspensión, el juez tomará en cuenta las circunstancias particulares del caso, privilegiando siempre el interés superior del menor.

Además, el hecho de que no haya hijos no quiere decir que tampoco haya descendientes que requieran de atenciones. Si el cónyuge que abandona el hogar también es deudor alimentario (ya sea respecto a los hijos, al otro cónyuge o a algún familiar incapaz), y no cumple con su obligación de proporcionar alimentos, puede ser inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

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La respuesta es que sí. El impago de la pensión, lo cual aparece tipificado como delito en el artículo 227 del Código Penal, es una de las formas más frecuentes de abandono familiar. Por su parte, las pensiones alimenticias están sujetas a los incrementos del IPC, por lo que, al finalizar cada año, la cuantía debe ser actualizada.

Dicha inscripción no solo tiene efectos legales, sino también administrativos, ya que puede afectar trámites como pasaporte, licencias o incluso créditos financieros. Además, el incumplimiento puede generar una deuda retroactiva, obligando al deudor a cubrir los alimentos no proporcionados desde el momento en que cesó el cumplimiento de su obligación.

Procedimientos Legales y Vías de Actuación

En el caso de que se dejen de abonar las pensiones alimenticias o compensatorias igualmente se puede interponer una denuncia ante las mismas autoridades, lo que generará un procedimiento penal contra el que comete el delito. La otra vía es a través de un procedimiento judicial por vía civil, denominado de ejecución de sentencia, que se presentará ante el Juzgado donde se llevó el divorcio o la separación, o el procedimiento de fijación de medidas paterno filiales.

Esto puede entenderse como un incumplimiento civil de la sentencia de divorcio, separación, filiación o nulidad, dependiendo del caso. La respuesta es que no. Tanto si es el hombre como la mujer la que abandona el hogar y deja de atender a sus obligaciones, la ley interpone las mismas sanciones y requiere del mismo procedimiento.

Un procedimiento judicial penal se iniciará por denuncia y dará lugar a la tramitación de un procedimiento penal que podría acabar con una condena penal para el que cometa el delito, además de conseguir el cobro de lo debido, generalmente por embargo de bienes del denunciado. Esto se produce, en todos los casos, cuando el querellado o demandado no está dispuesto, incluso después de la sentencia en firme, a hacer frente a sus obligaciones.

Para finalizar, debemos decir que, en el caso de que la persona que deja de hacer frente a sus obligaciones posea una nómina o bienes inmuebles o muebles susceptibles de ser embargados, siempre es mejor optar por la vía civil ya que el procedimiento es más corto y rápido.

El Abandono de Hogar en México

Anteriormente los Códigos Civiles de las entidades federativas contemplaban diversas causas específicas para pedir el divorcio, entre ellas, el abandono de hogar por parte de uno de los cónyuges. No obstante, este sistema fue sustituido por el divorcio incausado, gracias a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que estableció que ya no es necesario justificar la decisión de divorciarse.

En consecuencia, hoy en día no es aplicable invocar el abandono de hogar como causal para dar por terminado el matrimonio, y el divorcio no se genera de forma automática solo porque uno de los cónyuges se haya retirado del domicilio conyugal. Para disolver el vínculo matrimonial, basta con que uno de los cónyuges exprese su voluntad de no continuar con el matrimonio y lo manifieste ante la autoridad judicial.

El Código Penal Federal establece en su artículo 336 “Al que sin motivo justificado abandone a sus hijos o a su cónyuge, sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco años de prisión, o de 180 a 360 días multa; privación de los derechos de familia, y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado” (CPF, 1977).

Cabe destacar que ya existen estados que regulan el concubinato entre parejas del mismo sexo y se pueden hacer valer en los estados que no lo regulan mediante amparo. Si quieres salir del domicilio conyugal porque está en riesgo tu integridad o tu vida, hazlo sin miedo, la ley te protege.

Recomendaciones Legales

En el supuesto de un abandono del hogar por parte del hombre o la mujer, lo más aconsejable es contactar con un abogado de familia. Es recomendable documentar la situación y acudir cuanto antes a un abogado de familia.

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