Es usual, cuando estamos cerrando el año, o cuando estamos recibiendo un nuevo cliente, encontrar en la contabilidad errores de periodos anteriores. Algunas empresas no implementaron las NIIF oportunamente, otras lo hicieron, pero cometiendo errores. Por esa razón, una de las dudas más recurrentes es ¿Cómo corrijo los errores que se cometieron al implementar las NIIF?
Distinción entre errores y estimaciones contables
Debemos distinguir entre un cambio en estimación contable y una corrección de error contable. Una estimación contable es un ajuste al importe en libros de una partida que surge de la evaluación de la información actual y la situación de obligaciones o beneficios que puedan surgir en el futuro. Los errores contables son omisiones o inexactitudes en los estados financieros que surgen de no emplear o de utilizar mal, información fiable que estaba disponible cuando los estados financieros fueron autorizados.
Respecto a la identificación de estos fallos, podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración y presentación de aquellos estados financieros. Por ejemplo, si estoy cerrando el año 2021 y observo que en la contabilidad existe un activo infravalorado y el error viene desde el año 2018, entonces lo primero que debo preguntarme es ¿se trata de un error materialmente importante?
Procedimiento de corrección bajo NIIF
La corrección de forma retroactiva de los errores significativos exige la reexpresión de las cifras. Los libros de contabilidad de los periodos anteriores no se modifican; el error se corrige con un nuevo asiento contable en la fecha en la que se advierte la inconsistencia. Si la entidad solo está presentando los estados financieros del 2021 comparados con los del 2020, entonces debo presentar las cifras reexpresadas al 1 de enero de 2020 y a 31 de diciembre de 2020.
- Reexpresión obligatoria: Necesaria para errores significativos.
- Nota de revelación: Si fuera impracticable la reexpresión retroactiva para un periodo anterior en particular, las circunstancias que conducen a esa situación, junto con una descripción de cómo y desde cuándo se ha corregido el error.
Resumen de acciones ante inconsistencias contables
| Situación | Acción requerida |
|---|---|
| Error contable material | Reexpresión de cifras comparativas |
| Cambio en estimación | Ajuste prospectivo |
| Impracticabilidad | Revelación de causas en notas |
Implicaciones legales y el cobro de lo indebido
La obligación de restitución surge, en palabras del art. 1895 CC, “Cuando se recibe alguna cosa que no había derecho a cobrar, y que por error ha sido indebidamente entregada”. En este sentido, es esencial considerar que la sanción por corrección en una declaración tributaria está contemplada en el Art 644 del Estatuto Tributario, donde se menciona que es el 10% sobre el mayor saldo a pagar o menor saldo a favor que resulte de la corrección.
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Cuando un pago se realiza por error, el solvens no necesita probar el error porque actúa amparado por el art. 1901 CC, que lo presume en su favor. Según la normativa, la obligación de restitución del demandado existe sin duda alguna, porque recibe alguna cosa que no había derecho a cobrar. En el ámbito de las NIIF, este tipo de pagos incorrectos debe reflejarse mediante el ajuste adecuado para asegurar que la información financiera represente fielmente la realidad económica de la entidad.
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