Como contribuyentes, tenemos la obligación de presentar nuestra declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta es una obligación especificada en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Los ingresos generados por el trabajo o a través de un beneficio como la inversión están sujetos a cumplir con la retención de los impuestos del IVA e ISR.
¿Qué es la Retención de Impuestos?
La retención de ISR (Impuesto Sobre la Renta) ocurre cuando una persona o empresa efectúa un pago y está legalmente obligada a retener una parte de ese monto para entregárselo directamente al SAT. La retención de impuestos aplica a una gran parte de los contribuyentes, tanto personas físicas como personas morales.
Cuando una empresa contrata a un profesionista independiente, está obligada a retener parte del ISR. Las personas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), también pueden aplicarse retenciones, especialmente si reciben ingresos de personas morales.
Se aplica a la mayoría de los bienes y servicios, incluyendo productos de uso común y actividades comerciales en general.
Constancia de Retención de Impuestos
La constancia de retención de impuestos se trata de un documento que avala tanto el ingreso como la cantidad que fue retenida del emisor al receptor. Una factura es un documento que avala la transacción de compra o venta de un bien o la prestación de un servicio el préstamo de un servicio, de acuerdo con la definición del SAT en su portal. Para poner un ejemplo, para operaciones de servicios profesionales, el contribuyente emite una factura a un tercero para solicitar el pago.
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WORTEV CAPITAL como fondo de capital privado realiza la retención de impuestos que marca la ley. También para facilitar el proceso del inversionista encontrará su constancia de retención de impuestos en su perfil y así cumplir con su obligación fiscal. Ahora ya sabes para qué necesitas un comprobante de retención de impuestos en tus inversiones y cuándo necesitas emitir una factura.
¿Quién Debe Presentar la Declaración Anual?
Puede que sí como también puede que no tengamos que presentar la declaración. El caso positivo será para las personas que están obligadas a presentar declaración anual se encuentran aquellas que recibieron ingresos por más 400,000 pesos al año y quienes expiden recibos de honorarios. Si no se encuentra en estas situaciones, usted podría tener un saldo a favor con sus deducciones.
Si eres inversionista debes presentar tu declaración anual y para ello, necesitas una constancia de retención de impuestos.
Carta de Retenciones: Un Requisito Clave
¿Qué es la carta de retenciones?
Se trata básicamente de uno de los requisitos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pide para presentar su declaración anual en abril próximo.
¿Cómo obtener la carta de retenciones?
El procedimiento es simple. Para hacerse de la carta de retenciones deberá solicitarla por escrito, donde el empleado debe solicitar un acuse de recibo para posibles aclaraciones. El patrón deberá entregarla a más tardar en febrero del próximo año para que éste pueda presentar su declaración en abril.
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Si usted quiere presentar su declaración anual de forma voluntaria para aprovechar las deducciones, debe entregar a su patrón la solicitud por escrito (como se muestra en el ejemplo) de su carta de retenciones.
Para los trabajadores que laboran sólo para una empresa y reciben un salario periódicamente, el patrón es el que se encarga de enterar al SAT sobre los ingresos percibidos de sus empleados.
Ejemplo de Solicitud de Carta de Retenciones
A continuación, se muestra un ejemplo de solicitud de carta de retenciones que puedes adaptar:
México D. F., a 7 de diciembre de 2012
Artesanos del Tiempo, S.A. de C.V.
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Dirección de Recursos Humanos
Presente.
Por este medio, les informo que por convenir a mis intereses, he decidido presentar mi declaración anual corres-151 de su Reglamento, por lo que solicito no se me realice el cálculo anual de dicho impuesto.
Quedo en espera de que me sea entregada la constancia de percepciones y retenciones correspondiente, a finales del mes de febrero, para presentar oportunamente en el mes de abril la declaración señalada.
El (La) que suscribe, ____________________________________, con Registro Federal de Contribuyentes ____________________, me permito informarle que de conformidad con los artículos 97 último párrafo, inciso c) y 98 fracción III, inciso b) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 151 de su Reglamento, voy a presentar por mi cuenta la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta por los ingresos percibidos por concepto de sueldos y salarios correspondiente al ejercicio fiscal del 2016.
Domicilio:____________________________________________________________
Asimismo, me permito solicitarle la constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas en el 2012, la cual debe ser entregada a más tardar en febrero del 2013 para estar en posibilidad de cumplir con la presentación de mi declaración anual en el plazo previsto por las disposiciones fiscales.
Deducciones Permitidas
En el caso de que usted sea un trabajador asalariado y tenga algunos gastos realizados durante 2016 que quiera y pueda deducir, como puede ser el caso de colegiaturas, seguros de gastos médicos, y algunos más, deberá presentar su declaración anual de forma voluntaria y pedir a su patrón su carta de retenciones a más tardar el 31 de diciembre.
Algunas deducciones permitidas son:
- Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
- Primas por seguros de gastos médicos siempre que el beneficiario sea usted mismo, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, padres e hijos.
- Intereses reales pagados durante el año por créditos hipotecarios utilizados para la compra, construcción o remodelación de casa habitación.
- Aportaciones complementarias de retiro a su afore
- Transportación escolar de sus hijos o nietos, siempre y cuando sea obligatoria.
- Colegiaturas. Se puede deducir el pago de colegiaturas de nivel preescolar hasta bachillerato teniendo algunos límites.
Todos los pagos deben realizarse a través de medios electrónicos o cheques nominativos.
Límites de deducción de colegiaturas
Se puede deducir el pago de colegiaturas de nivel preescolar hasta bachillerato teniendo algunos límites.
| Nivel Educativo | Límite de Deducción |
|---|---|
| Preescolar | $14,200 |
| Primaria | $12,900 |
| Secundaria | $19,900 |
| Profesional técnico | $17,100 |
| Bachillerato | $24,500 |
ISR Retenido vs. Pagos Provisionales
Cuando una persona física trabaja para una empresa como parte de una relación laboral, el ISR retenido es un monto que el empleador descuenta directamente del salario del trabajador. Esa retención es una obligación del patrón, quien debe enterarla al gobierno a través del SAT.
En cambio, los pagos provisionales aplican, por ejemplo, a quienes prestan servicios profesionales, rentan inmuebles, o tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Aquí, la persona es responsable de calcular el ISR, presentar su declaración mensual y cubrir el impuesto correspondiente. Ambos conceptos impactan en el cálculo del ISR anual y en el posible saldo a favor que puede solicitarse en la declaración anual.
Desde el punto de vista del trabajador, puede parecer una ventaja inmediata porque recibe su salario completo, sin descuentos. Sin embargo, esto puede complicar la declaración anual: el ISR retenido suele usarse para cubrir parte del impuesto anual, así que si no fue retenido, es probable que tenga que hacer un pago adicional al SAT.
Además, la falta de retenciones puede afectar el historial fiscal del contribuyente, dificultando trámites como la solicitud de créditos, devolución de impuestos, o el acceso a ciertos programas del gobierno.
En el caso de que seas persona física con actividad empresarial o bajo el RESICO, y no se haya aplicado la retención correspondiente, puedes regularizarte al presentar los pagos provisionales.
Al cierre del año, el trabajador puede revisar si el monto retenido coincide con lo que realmente debía pagar por eso es importante saber cómo calcular el ISR. Este proceso se realiza a través del portal del SAT y permite presentar una solicitud formal de devolución.
