Descubre la Tabla ISR Mensual 2012 en México y Cómo Calcular tu Impuesto Sobre la Renta Fácilmentepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Ley del ISR nos obliga a gravar la renta, y es una de las leyes federales impositivas más importantes. Se aplica en cada ejercicio, para el cual se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual. Como será el caso con el ISR 2012.

¿Quiénes deben abonar el ISR?

Las personas físicas y morales deberán abonar este impuesto si poseen ingresos de:

  • Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
  • Sueldos percibidos por servicio subordinado
  • Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
  • Intereses
  • Actividades profesionales
  • Premios obtenidos
  • Enajenación de bienes

Tarifas ISR 2012 Aplicables

Cuando debemos calcular ISR, no es tan fácil como el cálculo del IETU o del IVA, y esto se debe a que la tasa varía dependiendo del límite inferior en que se ubique la base imponible (los ingresos anuales). Asimismo, se utilizan las tablas ISR 2012 para poder saber cuánto debemos pagar. Es decir que, la tasa puede variar desde el 1.92% al 30% para personas físicas y, se sitúa en el 30% para todas las personas morales.

Objeto del Impuesto Sobre la Renta

El objeto del Impuesto Sobre Renta en México es el “obtener un ingreso” por cualquiera de las siguientes causas:

  • Intereses
  • Premios
  • Dividendos y ganancias repartidas
  • Enajenación Bienes
  • Servicio subordinado
  • Actividades profesionales
  • Arrendamiento

Tabla ISR 2012 para el cálculo de los pagos provisionales mensuales

Según la Ley de ISR, el impuesto se aplica en cada ejercicio, pero previo a ello, se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual.

Lea también: Aguinaldo: Cálculo de Impuestos

Límite inferior Límite superior Cuota fija Porcentaje aplicable sobre excedente límite inferior
$0.01 $496.07 $0.00 1.92%
$496.08 $4,210.41 $9.52 6.40%
$4,210.42 $7,399.42 $247.23 10.88%
$7,399.43 $8,601.50 $594.24 16.00%
$8,601.51 $10,298.35 $786.55 17.92%
$10,298.36 $20,770.29 $1,090.62 21.36%
$20,770.30 $32,736.83 $3,327.42 23.52%
$32,736.84 En adelante $6,141.95 30.00%

Tabla ISR 2012 para el cálculo de los pagos provisionales diarios

Límite inferior Límite superior Cuota fija Porcentaje aplicable sobre excedente límite inferior
$0.01 $16.32 $0.00 1.92%
$16.33 $138.50 $0.31 6.40%
$138.51 $243.40 $8.13 10.88%
$243.41 $282.94 $19.55 16.00%
$282.95 $338.76 $25.87 17.92%
$338.77 $683.23 $35.88 21.36%
$683.24 $1,076.87 $109.45 23.52%
$1,076.88 En adelante $202.04 30.00%

Tabla ISR 2012 para el cálculo de los pagos provisionales semanales

Límite inferior Límite superior Cuota fija Porcentaje aplicable sobre excedente límite inferior
$0.01 $114.24 $0.00 1.92%
$114.25 $969.50 $2.17 6.40%
$969.51 $1,703.80 $56.91 10.88%
$1,703.81 $1,980.58 $136.85 16.00%
$1,980.59 $2,371.32 $181.09 17.92%
$2,371.33 $4,782.61 $251.16 21.36%
$4,782.62 $7,538.09 $766.15 23.52%
$7,538.10 En adelante $1,414.28 30.00%

Tabla ISR 2012 para el cálculo de los pagos provisionales decenales

Límite inferior Límite superior Cuota fija Porcentaje aplicable sobre excedente límite inferior
$0.01 $163.20 $0.00 1.92%
$163.21 $1,385.00 $3.10 6.40%
$1,385.01 $2,434.00 $81.30 10.88%
$2,434.01 $2,829.40 $195.50 16.00%
$2,829.41 $3,387.60 $258.70 17.92%
$3,387.61 $6,832.30 $358.80 21.36%
$6,832.31 $10,768.70 $1,094.50 23.52%
$10,768.71 En adelante $2,020.40 30.00%

Tabla ISR 2012 para el cálculo de los pagos provisionales quincenales

Límite inferior Límite superior Cuota fija Porcentaje aplicable sobre excedente límite inferior
$0.01 $244.80 $0.00 1.92%
$244.81 $2,077.50 $4.65 6.40%
$2,077.51 $3,651.00 $121.95 10.88%
$3,651.01 $4,244.10 $293.25 16.00%
$4,244.11 $5,081.40 $388.05 17.92%
$5,081.41 $10,248.45 $538.20 21.36%
$10,248.46 $16,153.05 $1,641.75 23.52%
$16,153.06 En adelante $3,030.60 30.00%

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Lea también: Pagos Provisionales ISR Artículo 96

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