El sistema tributario mexicano ha experimentado diversas modificaciones a lo largo del tiempo. Algunas han sido más drásticas que otras, como el aumento en la tasa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que pasó de 10% a 15% en 1995, o como el aumento en la tasa máxima del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas, que cambió de 30% a 35% en 2014. Dichas modificaciones han afectado el nivel recaudatorio de diferentes maneras y proporciones.
Se escogieron el ISR y el IVA debido a que a lo largo del tiempo han jugado un papel preponderante en la historia tributaria de México, siendo los principales objetos de las diversas reformas tributarias; además de que, entre los dos, representan la gran mayoría de los ingresos tributarios: un 83%, en promedio, en el período bajo análisis (1990-2015).
Impuesto Sobre la Renta (ISR)
El ISR es el impuesto que grava los ingresos generados (o rentas), tanto de las personas físicas como de las morales. Las primeras se refieren a los sueldos, salarios u honorarios que perciben los individuos como remuneración por su trabajo.
Evolución de las Tasas del ISR
Como se puede observar, durante este periodo, la tasa de ISR, para personas morales, se mantiene en 34%, mientras que, para personas físicas, en 35%. El promedio de recaudación, en este período, medido como porcentaje del PIB, fue de 3.7%. Como se puede observar, su punto más alto, en 1993, fue de 4.4% y, su punto más bajo, en 1996, de 3.2% del PIB.
Las variaciones en la recaudación, durante este período, se pueden explicar, en parte, debido a la situación económica del país. Por ejemplo, hubo años contrastantes, como 1993, en donde el panorama económico era alentador, y como 1995, cuando estalló la crisis económica (con un crecimiento negativo del PIB de 5.8%). Dicha crisis fue uno de los causantes de la disminución de la recaudación en 1995 y 1996.
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Como se muestra en el cuadro 2, en 1999 la tasa de ISR de personas morales subió un punto porcentual, para llegar a 35%; mientras que la de personas físicas subió a 40%.
Durante este período, se disminuyó la tasa de ISR, para pasar de 35% en 2002, a 30% en 2005, para personas morales, y de 40% a 30%, para personas físicas. Como consecuencia, la recaudación del ISR, pasó de representar el 4.4% del PIB en 2002, al 4.1% en 2005.
Esto se dio con tasas de crecimiento medianamente altas del PIB, lo que nos indica que, aunque la recaudación monetaria pudo haber aumentado, éstos aumentos fueron menores a los crecimientos experimentados por el PIB.
El ISR sufrió nuevas disminuciones en este período, pasando la tasa, tanto para personas morales como físicas, a 29% en 2006 y a 28% en 2007. A pesar de dichas disminuciones, se puede observar que la recaudación aumentó a 4.3% del PIB en 2006 y a 4.6% del PIB en 2007.
Nuevos Impuestos al Ingreso (2008-2013)
En este período, se crearon dos nuevos impuestos al ingreso, el IETU y el IDE [2]. Como se muestra en el cuadro 4, la tasa del IETU en 2008 fue de 16.5%, para pasar a 17.0% en 2009 y a 17.5% de 2010 en adelante. Por su parte, el IDE gravaba a una tasa de 2% los depósitos bancarios en efectivo mayores a $25,000 en 2008, y, a partir de 2010, a una tasa de 3%, los depósitos mayores a $15,000.
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A pesar de que este período inicio en medio de una crisis económica mundial, en donde las tasas de crecimiento del PIB en México fueron de 1.4% y -4.7% en 2008 y 2009, se consiguió una recaudación del ISR, medida como porcentaje del PIB, mayor a la de períodos anteriores. Se puede observar que, durante este período, la menor recaudación se dio en 2009, con un 4.9% del PIB y la máxima en 2013, con un 5.9% del PIB.
Reforma Hacendaria Reciente
En esta última Reforma Hacendaria, se incrementó la tasa de ISR, para personas físicas, a 35%, y se eliminaron el IETU y el IDE. La tasa de ISR, para personas morales, no sufrió modificaciones, por lo que se mantuvo en 30%.
Finalmente, si tus ingresos mensuales promedio del 2010 por el mismo concepto fueron de $ 10,290.00, es decir, que sumando tu sueldo más aguinaldo, más prima por vacaciones, más reparto de utilidades más otras prestaciones y descontando las cantidades que están exentas conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, dan como resultado la cantidad de $ 123,580.00 como máximo, tu I.S.R. sería de $ 13,087.00 o menor dependiendo de las Deducciones Personales que se le resten, de cualquier forma el I.S.R. sería idéntico al que resultó por el ejercicio del 2009, esto obedece a que la tabla con que se calcula el I.S.R. consta de ocho renglones y se modificaron los últimos tres renglones, quedando iguales que la tabla anterior los primeros cinco, por lo que cualquier cantidad anual igual a la anterior ( 123,580.00 ) o menor no sufre ninguna alteración en cuanto al I.S.R.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El IVA es un impuesto indirecto, en donde el agente económico que lo recauda no es generalmente quien termina soportando la carga fiscal.
Evolución de las Tasas del IVA
En 1990, la tasa general del IVA era de 15%, de 6% en ciudades fronterizas y de 20% para artículos de lujo. Para 1992, la tasa general se disminuye a 10%.
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En 1995, se aumenta la tasa general del IVA a 15% y la tasa en ciudades fronterizas a 10%. Dichas tasas no sufrieron cambios por un período de 15 años.
Los aumentos en las tasas de IVA tuvieron un impacto positivo en la recaudación. Como se muestra en el cuadro 7, durante estos 15 años, la recaudación del IVA tuvo una tendencia al alza, iniciando en 2.3% del PIB en 1995 y terminando en 3.4% del PIB en 2009.
Durante este período, el crecimiento del PIB tuvo diferentes altibajos, inclusive llegando a tener tasas negativas en 1995, 2001 y 2009. Sin embargo, estos altibajos en el PIB no afectaron la recaudación por concepto de IVA, ya que, medida como porcentaje del PIB, fue en constante aumento, con excepción de 2009, en donde disminuyó ligeramente.
Empezando a partir de 2010, la tasa general del IVA subió a 16% y la tasa en ciudades fronterizas a 11%. Estos cambios, de inicio, aumentaron la recaudación a 3.8% del PIB en 2010. Posteriormente, la recaudación, medida como porcentaje del PIB, disminuyó ligeramente durante el período, para terminar representando, en 2013, el 3.5% del PIB.
Se observa que, durante los primeros tres años de este período, la recaudación, medida como porcentaje del PIB, no sufrió variaciones significativas y que las tasas de crecimiento del PIB fueron moderadamente buenas. Sin embargo, la economía se desaceleró en 2013, con un crecimiento del PIB de sólo 1.4%. En ese mismo año, la recaudación bajó para representar el 3.5% del PIB.
En 2014, se homologo en 16% la tasa del IVA general y de las ciudades fronterizas. Este cambio impactó la recaudación de manera positiva, ya que la recaudación representó 3.9% del PIB en ambos años. Esto sucedió con una tasa de crecimiento del PIB de 2.3% en 2014.
Relación entre Tasas, Crecimiento del PIB y Recaudación
Este boletín muestra el comportamiento de 1990 a 2015 de las tasas del IVA y el ISR, su recaudación, medida como porcentaje del PIB, y el crecimiento anual del PIB. En teoría, se esperaría que, a mayor tasa de impuestos y a mayor crecimiento económico, la recaudación sería mayor. A partir de lo mostrado, se puede observar que, en términos generales, tanto las tasas de los impuestos como el crecimiento del PIB tienen una relación directa con la recaudación; es decir, se confirma lo esperado.
Sin embargo, existen otros factores que pueden impactar la recaudación de manera considerable (exenciones, deducciones autorizadas, tasas preferentes, medidas para aumentar la base de contribuyentes, credibilidad de la autoridad, etc.), los cuales, en otra oportunidad, deben de ser analizados a profundidad para comprender más a fondo los determinantes de los aumentos o
[1] Es importante mencionar que, debido a que la recaudación está siendo medida como porcentaje del PIB, un aumento en esta medición no necesariamente implica una recaudación mayor, en términos monetarios. Por ejemplo, digamos que, en años consecutivos, la recaudación representó un 3.0% y un 3.2% del PIB y que, en el segundo año, el PIB disminuyó un 5.0%. En este caso, el 3.2% sería menor que el 3.0% del año anterior, en valores absolutos. Sin embargo, lo que esto significa es que, aunque el PIB disminuyó en mayor proporción comparado con la recaudación, esta última aumentó, relativo a los ingresos generados por la economía y disponibles para el sistema fiscal.
Como cada año sucede, si eres persona física, en el mes de abril debes presentar tu Declaración Anual que no es otra cosa que el resumen de los ingresos que obtuviste durante el año anterior así como el Impuesto sobre la Renta ( I.S.R.
Cabe aclarar que si tus ingresos no rebasaron de $ 400,000.00 en el año y tu deseas presentar voluntariamente tu declaración anual, lo puedes hacer, no es común este caso y normalmente la razón para presentarla es que tuviste una cantidad considerable de gastos médicos en el ejercicio y que esto va a dar lugar a tener un saldo a favor que vas a pedir en devolución, en estos casos, tienes la obligación de comunicarle a tu patrón que no haga el cálculo anual del I..S.R.
También en los casos en que dejaste de laborar antes del 1º. Calculas el I.S.R. Sin Deducciones Personales, tu I.S.R. Con deducciones personales, tu I.S.R.
Deducciones Personales Permitidas:
- Donativos a las instituciones autorizadas oficialmente para recibirlos con un límite de hasta el 7% de los ingresos base para calcular el I.S.R.
- Cuando sea obligatorio el pago del transporte escolar de los descendientes en línea recta en el área donde se encuentre ubicada la escuela o cuando en la cuota de la colegiatura de todos los alumnos se encuentre incluido este servicio.
