El régimen fiscal es un conjunto de derechos y obligaciones a los que se hace acreedor un ciudadano al desempeñar una actividad económica específica. Este régimen está pensado para las personas que obtienen ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (honorarios) a empresas, dependencias de gobierno o personas físicas en general. ¿Eres fotógrafo y estás pensando en abrir un estudio? ¿Eres diseñador gráfico y trabajas como freelance? ¿Eres dentista y acabas de inaugurar tu consultorio? Entonces te corresponde registrarte en este régimen.
La Informalidad Laboral en México
Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el empleo informal es todo trabajo que no está registrado, regulado o protegido por marcos legales. Como mencionamos anteriormente, la medición de la informalidad contempla como variables principales el acceso a la seguridad social y el pago de impuestos.
Una idea popular es que las personas en condiciones de informalidad laboral obtienen ingresos muy bajos, por lo que no vale la pena considerarlos para el pago de impuestos. ¿Cuántos de nosotros no hemos escuchado la anécdota de que el taquero, el mecánico o la persona que pone uñas, se acaba de comprar una camioneta nueva?
Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) al cuarto trimestre de 2024, cerca de un millón de personas son informales y ganan en promedio 31 mil 582 pesos al mes. La mayoría de estas personas son comerciantes (14%) o están ocupadas como trabajadores en el sector de la construcción (14%). Se estima que al cuarto trimestre de 2024 hay 7.4 millones de personas (12.4% de la población ocupada) que laboran en la informalidad y ganan más de 8,154 pesos al mes, que es el promedio de ingreso de las personas ocupadas (tanto formales como informales).
Al cuarto trimestre de 2024, la ocupación de la mitad de la personas informales con menores ingresos (primeros cinco deciles) se concentró principalmente en cinco sectores. Destaca que el 20.78% trabaja en servicios personales, seguido por un 19.53% que se desempeñó como comerciante informal. Un sector particularmente relevante es el agropecuario, que ocupa al 17.6% de los trabajadores informales de bajos ingresos. El 20.4% de esta población informal de mayores ingresos, reporta una ocupación de trabajadores industriales, artesanos y ayudantes en el sector de la construcción, lo que la consolida como el grupo más representativo dentro de este segmento.
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Asimismo, el comercio es una fuente relevante de empleo informal: 15.5% de los trabajadores informales de mayores ingresos se desempeñan en este sector. Destaca también que el 8% de los trabajadores informales en los deciles superiores son operadores de transporte, una actividad que, aunque informal, puede ofrecer ingresos elevados, especialmente en contextos urbanos donde la demanda de transporte privado es alta. El sector servicios también tiene un peso importante con el 44.8% de los informales de mayores ingresos versus el 38.3% de los informales de menores ingresos.
Otra forma de verlo es que la mayoría de las personas que trabajan en la informalidad no entran en la definición demográfica de pobreza. Al cuarto trimestre de 2024 había alrededor de 10.2 millones de personas informales que ganaban mensualmente menos de la línea de pobreza urbana (4,640 pesos mensuales), pero 18.2 millones de personas que ganaban por arriba de ese margen.
Aunque tradicionalmente se ha asociado la informalidad con la pobreza, la realidad actual muestra que una parte significativa de los trabajadores informales genera ingresos superiores a la línea de pobreza, y en muchos casos, comparables o superiores a los de trabajadores formales. Por ejemplo, al cuatro trimestre de 2024 1.7 millones de personas subordinadas, ocupadas en la informalidad pagaron el Impuesto Sobre la Renta (ISR), a pesar de que no gozaban de seguridad social. Se trata de trabajadores subordinados que al no tener seguridad social son considerados como informales. No obstante, reportan tener contrato, por lo que se supone que pagan impuestos.
La informalidad laboral suele implicar la evasión o elusión de obligaciones fiscales. Por ejemplo, en países como Francia, Suecia, Finlandia o Noruega, donde menos del 4% de su población trabaja en condiciones de informalidad, se obtiene una recaudación de impuestos que supera el 40% del tamaño de sus respectivas economías.
Freelancers y el SAT
En un mundo digital, ser o convertirse en un freelancer es sin duda una buena idea. Con el crecimiento de plataformas en internet, el uso de redes sociales y los diversos métodos de pago que existen en la actualidad, ser freelancer es una excelente opción si buscas ser dueño de tu propio tiempo, no depender de un jefe y viajar por el mundo. Para empezar hay que recalcar que ser independiente o freelance te llevará a inscribirte al SAT y tendrás que pagar impuestos por los ingresos que recibas por dicha actividad. Como freelance también tendrás que tomar decisiones y una de ellas sin duda alguna es el tema de los impuestos. Seguramente te has preguntado: ¿Qué régimen me conviene? ¿Qué impuestos tengo que pagar? ¿Necesito un contador?. Por suerte, llegaste al lugar indicado.
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Impuestos para Freelancers
El pago de impuestos es algo que podría dar un poco de miedo, por eso esta pregunta es una de las más frecuentes e importantes al momento de volverte independiente y entrar a algún régimen dentro del SAT. La cantidad de impuestos que tendrás que pagar como freelancer depende de varios factores como tus ingresos, el régimen al cual estés registrado y por último, las deducciones fiscales a las que tienes derecho.
Como freelancer existen, principalmete, dos impuestos que tendrás que pagar mes a mes:
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): Este impuesto se cobra a la compra y venta de productos, enajenación de bienes y prestación de servicios independientes. El porcentaje del IVA va a depender de la región del país dónde te encuentres, normalmente suele ser del 16% pero en otros casos es del 8%. Es muy importante que incluyas el IVA en el precio final de tu producto o servicio, si no lo haces, al final tendrás que ponerlo de tu bolsillo. Además, deberás considerar que ese dinero que recaudas no es tuyo: el IVA al final deberás pagarlo al SAT, tú solo eres un intermediario.
- Impuesto Sobre la Renta (ISR): Este impuesto se paga de manera íntegra en tus declaraciones y tiene una tasa variable que va de 1.92% a 35% sobre las ganancias o ingresos, cuando se prestan servicios de manera profesional, arrendamiento, enajenación de bienes.
Recuerda que, como freelance, tendrás que organizar muy bien tus ingresos, egresos y retenciones, para que así puedas tener claridad en tus declaraciones mensuales ante nuestro amigo el SAT.
Regímenes Fiscales para Freelancers
En realidad no existe un régimen mejor que otro; el perfecto para ti será aquel que se adecúe más a tus actividades, ingresos y gastos. Algunas veces tendrás la opción de elegir el que más te convenga y otras estarás obligado a estar en uno en específico.
Existen 3 tipos diferentes de regímenes para freelancers y son los siguientes:
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- Régimen de persona física con actividad empresarial o profesional: En este régimen, te podrás dar de alta si obtienes ingresos a través de servicios profesionales (doctores, dentistas, abogados, mercadólogos, etc), o si realizas actividades comerciales, industriales o de autotransporte. Puedes estar en este régimen sin importar el monto de tus ingresos. Para que puedas pertenecer a este régimen, no podrás ofrecer tus servicios de forma exclusiva, porque podría ser considerado como que tienes un único empleador y en ese caso tendría que contraer obligaciones patronales contigo. Una de las ventajas que te ofrece este régimen es la posibilidad de deducir gastos relacionados a tu actividad profesional. Por ejemplo, si eres odontólogo podrás deducir los gastos realizados en equipos, accesorios y mercancía relacionada a tus servicios dentales. Tienes la obligación de declarar mensualmente el IVA e ISR que, dependiendo de tus ingresos, será del 1.92% al 35%.
- Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): El RESICO es un régimen relativamente nuevo y que viene a reemplazar al RIF. Este nuevo régimen entró en vigor el 1 de enero del 2022 y debe de cumplir con algunos requisitos para entrar al mismo. Tendrás que ser una persona física y no superar los 3.5 millones de pesos en ingresos anuales. Realizar actividades empresariales y profesionales (talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, bares, tiendas de abarrotes, escuelas, guarderías, ferreterías y refaccionarias etc.). También el uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales, entre otros) como actividad. Ser parte del Régimen de Incorporación Fiscal También aquellas personas con actividades relacionadas a agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas. Con este régimen, los contribuyentes estarán obligados a pagar entre el 1 y 2.5% de ISR, además que los mismos no podrán deducir ningún tipo de gasto relacionado a su negocio. Una de las principales ventajas es que la tasa de ISR ronda entre el 1% y 2.5%. Este porcentaje es una disminución importante si lo comparamos con otros regímenes fiscales. Uno de los contras de este régimen, es que a comparación del Régimen de persona física con actividad profesional, no podrás hacer deducciones relacionadas a tu negocio.
- Régimen de Plataformas Digitales: Como su nombre lo dice, podrás ingresar a él si lo tuyo son los ingresos a través de plataformas como: Uber, Didi, Amazon, Mercado libre, Airbnb, etc.
- Pagos definitivos: para poder pertenecer a esta modalidad, tus ingresos no deben superar los 300 mil pesos, y en este caso las mismas plataformas te harán la retención del ISR e IVA, lo cuál es algo muy práctico. Un ejemplo es que al estar en una plataforma digital como Amazon, la plataforma realizará el cobro del 1% de ISR y 8% de IVA cada mes. Si estás en la modalidad de pagos definitivos, no tendrás que estar presentando declaraciones mes con mes, pues las mismas plataformas se encargarán de cobrar y retener el ISR e IVA y pagarás mucho menos de impuestos.
- Pagos provisionales: Para esta modalidad no hay límite de ingresos, tus impuestos se calcularán dependiendo de la tabla de ISR, que puede llegar hasta el 35%. En esta modalidad podrás hacer deducciones relacionadas a tu negocio, por lo cual tu pago de impuestos podría reducirse.
Recomendaciones Fiscales para Freelancers
En SIMMPLE queremos que como freelancer puedas llevar tus impuestos como un verdadero profesional, es por eso que te damos los siguientes consejos:
- Escoge el régimen que mejor se adecúe a tus actividades e ingresos. No te guíes por los de otras personas y elige el mejor para ti.
- Sé organizado en tus ingresos y gastos, llevar un control de lo que entra y sale, será primordial para que tus deducciones y declaraciones sean correctas.
- Paga tus impuestos a tiempo, evita llevarte sorpresas desagradables al realizar tu declaración anual.
- Asesórate si lo necesitas.
Adeudos Fiscales y Recuperación de Créditos
Los esfuerzos del SAT por incrementar la recaudación vía mayor fiscalización no son suficientes. Los adeudos de los contribuyentes con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) han alcanzado un máximo histórico. Sin embargo, esa deuda récord no se está traduciendo en mayor recaudación. De hecho, la efectividad en la recuperación es alarmantemente baja. Del total de créditos fiscales, sólo se ha recuperado cerca de la centésima parte: 1.3% o 34.3 mil millones de pesos (mmdp), la cifra más baja desde 2011.
Aunque de enero a junio, los ingresos tributarios crecieron un 20% en comparación con el mismo periodo de 2018, este incremento resulta modesto en comparación con los aumentos al final de sexenios anteriores. Por ejemplo, al final del gobierno de Peña Nieto, el incremento fue del 87.1%, y al final del sexenio de Fox, alcanzó un 23.65%. Es decir, la “mano dura” del SAT no está rindiendo suficientes frutos.
Al segundo trimestre de 2024, los adeudos de los contribuyentes con el SAT, o créditos fiscales, alcanzaron un máximo histórico de 2.66 billones, un incremento del 25.3% real (537 mmdp) respecto al año pasado. Cuando el fisco finca un crédito fiscal, los pagadores de impuestos tienen la opción de impugnar ante el propio SAT o recurrir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Del saldo total de los créditos fiscales al segundo trimestre de 2024, el 64.1% (1,707.4 mmdp) corresponde a créditos controvertidos. Es la proporción más alta en los últimos 12 años. Esto deja sólo el 35.9% (955.1 mmdp) disponible para acciones de cobro sin recurrir a la vía legal. Sin embargo, se estima que sólo se recuperará el 22.4% del total de los adeudos (595.7 mmdp).
La alta proporción de créditos controvertidos retrasa la entrada de recursos al erario y aumenta la incertidumbre sobre su recuperación. La recuperación de créditos fiscales es un indicador crucial de la efectividad del sistema recaudatorio. Como mencionamos al inicio, al segundo trimestre de 2024, el monto recuperado apenas representó el 1.3% del total de créditos fiscales, equivalente a 34.3 mmdp, la proporción más baja desde 2011. Si comparamos lo recuperado en lo que va de 2024 frente a los créditos considerados factibles de cobro, lo obtenido apenas representó el 5.8%.
La menor recuperación de créditos puede deberse a los bajos incentivos actuales. Hay que notar que en 2013, durante el primer semestre del primer año de Peña Nieto, hubo una recuperación de créditos fiscales por 79.4 mmdp (o 9.2% del total). O sea, se perdonaban las penalizaciones relacionadas a declaraciones incompletas, a destiempo, errores de contabilidad, pero no por impago. Sobra decir, que no se condonaba el capital inicial del crédito. Durante el gobierno de López Obrador no se aplicó un programa de condonación de multas y recargos, aunque la facilidad existe en el Artículo 66 del Código Fiscal de la Federación (CFF). En 2019, el presidente López Obrador firmó un decreto en el que se comprometía a no otorgar condonaciones ni eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios a grandes contribuyentes y deudores fiscales.
A pesar de la ausencia de un programa de condonación, la recuperación de créditos al primer semestre de cada año ha sumado 225 mmdp bajo López Obrador, superior a los 186.5 mmdp de Peña Nieto. No obstante, la eficiencia ha sido menor: se ha recuperado en promedio el 2.4% del saldo total de créditos.
No se puede ocultar que la recaudación depende cada vez más de las acciones del SAT. A diferencia de la fiscalización tradicional, las acciones de cobranza no implican la determinación de un crédito formal. Por ello, no pueden derivar en un conflicto legal. Algunos ejemplos son el envío de cartas invitación para asistir a las oficinas del SAT, o las llamadas o mensajes de texto para que los contribuyentes corrijan su situación fiscal por “voluntad propia”. Aunque las acciones de cobranza han impulsado los ingresos tributarios, no se debe perder de vista la recaudación primaria, aquella vinculada al desempeño de la economía, y que excluye la recuperación de cualquier tipo de adeudo. Actualmente, la recaudación primaria representa el 74.30% (1,879 mmdp) de los ingresos tributarios, mientras que a inicios de este sexenio, en 2019, representaba el 94.43% (2,076 mmdp).
Aunque es positivo que de enero a junio de este año los ingresos tributarios hayan registrado un crecimiento de 20%, es muy inferior al aumento del 87.1% del último año del sexenio de Peña Nieto, y al 23.6% del cierre de la administración de Vicente Fox, en relación con el final del gobierno de Zedillo, para el mismo periodo de comparación. Ese aumento en la recaudación, de hecho, es tan insuficiente que México sigue en el último lugar en ingresos tributarios, como porcentaje del PIB, de los 38 países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Hay que destacar que los mayores avances en la recaudación tributaria respecto del Producto Interno Bruto (PIB) se dieron luego de la reforma fiscal de 2014. Los ingresos pasaron de 9.2% del PIB en 2013 a 13.1% en 2016. Desde entonces, el aumento ha sido limitado. Queda por ver qué decisiones tomará la administración de Claudia Sheinbaum. ¿Otorgará facilidades para el pago de los créditos fiscales? El riesgo de hacerlo es político, pues iría en contra de su predecesor. El riesgo de no hacerlo es que los créditos se vuelvan incobrables por la desaparición de empresas o incapacidad de pago. También podría suceder que más contribuyentes recurran a la vía legal, aumentando el costo de la recuperación de créditos. ¿Encontrarán una forma que maximice la recuperación de adeudos y la recaudación tributaria?
Sin una enmienda a fondo que aborde las actuales debilidades del sistema tributario, el país podría enfrentar serias limitaciones en su capacidad para financiar el desarrollo y cumplir con las crecientes demandas sociales, como las pensiones a los adultos mayores, o el gasto en salud, educación y seguridad.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y el Trabajo Independiente
El trabajo independiente abarca a 12.8 millones de personas en el país, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Éste es uno de los renglones que más ha crecido durante la recuperación del mercado laboral y actualmente hay 814,811 personas más en este registro que antes de la pandemia. Especialistas coinciden en que el Régimen Simplificado de Confianza contemplado en el Paquete Económico 2022 busca atender y formalizar a esta parte de la población. En contraste, el trabajo subordinado y remunerado se encuentra por debajo de su nivel previo a la pandemia debido al rezago de 1.4 millones de ocupados y es un renglón con una recuperación más lenta en comparación con el trabajo por cuenta propia.
La Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) incluyó dentro de la Miscelánea Fiscal para el próximo año la propuesta para crear el Régimen Simplificado de Confianza en el que podrán tributar personas físicas con actividad empresarial o servicios profesionales con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos con una tasa mínima de 1% y una máxima de 2.5 por ciento. Este esquema tributario no contempla declaraciones informativas y pretende que el contribuyente no necesite asistencia de un tercero para cumplir. La dependencia estima que el Régimen Simplificado de Confianza beneficiará a cerca de 10.2 millones de contribuyentes con actividades empresariales que tributan en distintos esquemas y sus ingresos anuales no rebasan los 3.5 millones de pesos.
De acuerdo con el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) de la Cámara de Diputados, esta modalidad sustituiría al Régimen de Incorporación Fiscal y al de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, pero también pretende incorporar contribuyentes de los regímenes de actividades empresariales y profesionales, arrendamiento y plataformas tecnológicas.
El SAT cuenta con 4.4 millones de contribuyentes bajo el régimen de arrendamiento, de actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas y de personas físicas con actividades empresariales y profesionales, este último es el más grande y abarca a 3.6 millones de contribuyentes.
Desafíos del RESICO
Mario Di Costanzo, especialista en finanzas públicas, consideró que la propuesta de Hacienda tiene buenas intenciones, pero corre el riesgo de no permear como una vía para ampliar la base de profesionales que pagan impuestos y únicamente quedarse como una modalidad de transición entre los contribuyentes, lo que provocaría una caída en la recaudación. Guillermo Mendieta coincide en que el desafío del nuevo régimen es convencer a aquellos trabajadores independientes y pequeños empresarios que históricamente no han tributado.
La situación del Impuesto al Valor Agregado, expuso el integrante del Colegio de Contadores Públicos de México, es un tema que no se ha aclarado bien. Al menos en el papel se entiende que éste no podría acreditarse como se hace actualmente, lo que significa que adicional a la pequeña tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el contribuyente tendría que pagar el IVA completo de sus ingresos; es decir, le pagaría al fisco entre 17 y 18.5% de sus ingresos.
Simplificación: Un Paso Positivo
Mario Villanueva expuso que parte de los elementos que incentivan la informalidad en el país es la falta de esquemas más simplificados y de apoyo administrativo que permita cumplir con las obligaciones tributarias. El CEFP indicó que en caso de aprobarse la propuesta, el Régimen Simplificado de Confianza será una opción para los contribuyentes que les permitirá “cumplir de manera ágil, y sencilla con sus obligaciones fiscales”.
“Definitivamente el universo de personas que no tributan es mucho más grande”, afirmó Mario Di Costanzo.
| Régimen Fiscal | Características | Ventajas | Desventajas |
|---|---|---|---|
| Persona Física con Actividad Empresarial o Profesional | Ingresos por servicios profesionales o actividades comerciales, industriales o de autotransporte. | Posibilidad de deducir gastos relacionados a la actividad profesional. | Obligación de declarar mensualmente IVA e ISR (1.92% al 35%). |
| Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) | Ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos. Actividades empresariales, profesionales, uso o goce de bienes inmuebles, actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas. | Tasa de ISR baja (1% a 2.5%). | No se pueden deducir gastos relacionados al negocio. |
| Régimen de Plataformas Digitales | Ingresos a través de plataformas como Uber, Didi, Amazon, Mercado Libre, Airbnb, etc. | Pagos definitivos: no hay que presentar declaraciones mensuales. Pagos provisionales: se pueden hacer deducciones relacionadas al negocio. | Pagos provisionales: ISR puede llegar hasta el 35%. |
