Emitir facturas y ser autónomo no siempre son sinónimos, por lo que lo primero que debemos distinguir es que facturar es una obligación fiscal, mientras que darse de alta como autónomo implica una obligación laboral y de cotización a la Seguridad Social. Esto significa que puedes estar obligado a emitir facturas incluso si no estás dado de alta como autónomo, aunque esta situación solo se permite en casos muy concretos y con límites claros.
La perspectiva de Hacienda sobre la facturación
Para Hacienda, cualquier persona que realice una actividad económica -aunque sea de forma puntual o con ingresos bajos- debe darse de alta en el censo de empresarios y profesionales mediante los modelos 036 o 037. Esto se debe a que Hacienda necesita registrar a todos los contribuyentes que generen ingresos por cuenta propia, sin importar el importe. En resumen: si emites una factura, debes declarar el ingreso.
Para cumplir con los requisitos del SAT al generar una factura electrónica, es fundamental mantener tus datos fiscales siempre actualizados, como el RFC, nombre y dirección, tanto tuya como del contribuyente. Indicar si el pago se efectúa en una sola exhibición o en parcialidades es otro de los pasos necesarios. Esta formalidad es importante porque las empresas a las que se hace una factura sí que van a declararla, lo que derivará en que Hacienda compruebe su procedencia y que todo se haya hecho correctamente.
Criterios de la Seguridad Social y el concepto de habitualidad
La Seguridad Social es más flexible y no se centra tanto en el importe de los ingresos, sino en la habitualidad de la actividad. Según la legislación, una persona debe darse de alta como autónoma en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cuando realiza una actividad por cuenta propia, de forma habitual, personal y directa, con ánimo de lucro.
Aunque no existe una norma que exima expresamente del alta como autónomo por ganar menos que el SMI, la jurisprudencia ha establecido un criterio orientativo: si los ingresos no superan el salario mínimo interprofesional anual y la actividad no es habitual, no sería obligatorio cotizar como autónomo. Es decir, si realizas un trabajo puntual o esporádico y tus ingresos anuales no superan el SMI, podrías facturar sin darte de alta en el RETA, siempre que te des de alta en Hacienda y declares esos ingresos correctamente.
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Tabla de requisitos básicos para facturar sin ser autónomo
- Alta en Hacienda (modelo 037): Obligatorio, aunque no estés en el RETA.
- Actividad no habitual: No puedes trabajar de forma regular.
- Ingresos: Mantenerse preferiblemente por debajo del SMI anual.
- Impuestos: Emisión de facturas con IVA e IRPF, y presentación de declaraciones trimestrales.
Riesgos y consideraciones importantes
Si Hacienda o la Seguridad Social detectan que estás realizando una actividad habitual sin cotizar, pueden considerarlo fraude laboral o fiscal. Las sanciones pueden incluir el pago retroactivo de las cuotas de autónomo no abonadas, un recargo del 20% y multas administrativas que oscilan entre los 300 y los 3.000 €. Además, no cumplir con los requisitos para facturar en línea puede traer consecuencias serias como auditorías fiscales y retrasos en devoluciones de impuestos.
Por otro lado, si te encuentras bajo el régimen de ingresos asimilados a salarios, la empresa se debe encargar de retener el ISR, por lo que es una carga menos para la presentación de tus declaraciones. Bajo este esquema, no hay relación de subordinación, lo que significa que en términos legales, la empresa no puede exigir una jornada laboral al trabajador. Sin embargo, no es favorecedor para todos, debido a la falta de formalidad y la carencia de seguridad social.
Finalmente, el futuro de la facturación con el sistema VeriFactu exigirá que todos los profesionales que emitan facturas lo hagan mediante software verificado por Hacienda. El objetivo es uniformar y digitalizar la facturación, garantizando transparencia y evitando el fraude en toda la actividad económica.
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