El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México ofrece diversos servicios a los contribuyentes, tanto personas físicas como morales. Todos los servicios se brindan previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
Horario Extendido del SAT
Para cerrar bien el año, la autoridad fiscal estará trabajando con horario extendido y así hacer frente al rezago en las citas del SAT para atención de los contribuyentes.
Atención a Personas Morales
Las Oficinas de Atención al Contribuyente en todo el país se dedicarán a atender a personas morales todos los viernes, a partir del 7 de octubre y hasta el 30 de diciembre de 2002, en un horario de 9 a 16 horas, previa cita.
Oficina Móvil
Se podrá en operación la Oficina Móvil, una estrategia que acerca servicios y trámites del SAT a zonas lejanas de las Oficinas de Atención al Contribuyente.
Cómo Agendar una Cita en el SAT
¿Sigues esperando sacar cita en el SAT? Pues tendrás la posibilidad de hacerlo más fácilmente desde el 7 de octubre y hasta el cierre de año.
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Para agendar cita en el SAT, primeramente deberás ingresar a su Portal. No obstante, si no cumples con todos los requisitos podrías encontrarte con obstáculos.
En el pre registro, no olvides utilizar tu propio correo electrónico y no el de una tercera persona.
En tanto, ciertos trámites no requerirán cita; simplemente, puedes realizarlos desde el sitio web del SAT.
Trámites y Requisitos Adicionales
Personas Morales deben presentar el Formato Único de Garantías en materia de IVA e IEPS en Av. Paseo de la Reforma 10, piso 26, Torre Caballito, colonia Tabacalera, delegación Cuauhtémoc, c.p.
La Administración General de Auditoria de Comercio Exterior (AGACE) para determinar si aceptará la garantía ofrecida por el contribuyente a que se refiere la fracción anterior, contará con un plazo de 30 días contados a partir del día siguiente a aquél en el que el contribuyente presente a través de la Ventanilla Digital la solicitud de aceptación.
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Si la autoridad detecta la falta de algún requisito, le requerirá por única ocasión al contribuyente la información o documentación faltante, para lo cual, el contribuyente contará con un plazo de 15 días para dar atención al requerimiento, en caso contrario, se entenderá que se desistió de la promoción.
El plazo de 30 días se computará a partir de que se tengan cubiertos en su totalidad los requisitos mencionados en la regla 7.4.2.
Llevar la contabilidad en medios electrónicos e ingresarla mensualmente de conformidad con el artículo 28, fracciones III y IV del Código Fiscal de la Federación y las reglas 2.8.1.6., y 2.8.1.7.
Para determinar el monto del interés fiscal sujeto a la garantía a que se refiere el párrafo anterior, el contribuyente podrá disminuir el valor en aduana declarado en el pedimento de importación temporal, conforme al párrafo cuarto de la regla 1.6.10.
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