Descubre Cómo Calcular tus Créditos Fiscales y Maximiza tus Beneficios Tributarios Hoypost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Cuando se realiza un pago de impuestos o contribuciones fuera del plazo establecido, es importante entender cómo y cuándo se calcula la actualización. Esto es clave para evitar errores que puedan generar recargos innecesarios o discrepancias con el SAT.

¿Qué es la Actualización de Contribuciones?

Consiste en darle a la contribución su valor presente, es decir, cuando las contribuciones no se pagan en los plazos establecidos en las Leyes, éstas deben actualizarse, para que así el Fisco reciba una cantidad equivalente a la que hubiera recibido de haberse cubierto en tiempo la contribución.

Por lo anterior, es importante que primeramente calcule el importe de la actualización que le corresponde, ya que si no hace dicho cálculo, es probable que le resulten diferencias a pagar en su adeudo.

Fundamento Legal de la Actualización

El Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que cuando una contribución no se paga en tiempo, su monto debe actualizarse desde el mes en que debió cubrirse y hasta que se realice el pago. Dicha actualización se realizará conforme a lo establecido en el Art. 17-A y 21 primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, a partir de que venció el plazo para pagar las contribuciones y hasta que el pago se efectúe.

Sin embargo, este artículo no define la fórmula para calcular la actualización. Para ello, el Artículo 17 del CFF explica que la actualización se realiza aplicando un factor de actualización, el cual se obtiene utilizando el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Esto permite calcular el monto actualizado tomando en cuenta la inflación del periodo correspondiente.

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Además, el artículo 17-A, sexto párrafo del CFF prevé que las cantidades en moneda nacional que se establezcan en ese código se actualizarán cuando el incremento porcentual acumulado del Índice Nacional de Precios al Consumidor desde el mes en que se actualizará por última vez exceda del 10 %. Para la actualización mencionada, se considerará el periodo comprendido desde el último mes que se realizó el cálculo de la última actualización y hasta el último mes del ejercicio en que se exceda el porcentaje citado.

La autoridad tributaria efectuará las operaciones aritméticas previstas y publicará las cantidades actualizadas en el Diario Oficial de la Federación, según las disposiciones fiscales.

Aspectos Clave en el Cálculo de la Actualización

No se Actualiza por Fracciones de Mes

Un punto importante es que la ley no permite actualizar por fracciones de mes. Esto significa que la actualización solo aplica cuando ha transcurrido un mes completo desde la fecha límite de pago.

  • Si el pago debía hacerse el 17 de febrero y se realiza el 18 de febrero, no se actualiza porque solo pasó un día.
  • Si se paga el 15 de marzo, tampoco se actualiza.
  • La actualización procede a partir del 18 de marzo, cuando ya transcurrió un mes completo.

Para evitar cálculos incorrectos y problemas con el SAT, es fundamental identificar correctamente cuántos meses completos han pasado antes de aplicar la actualización.

Diferencia entre Actualización y Recargos

A diferencia de la actualización, el Artículo 21-A del CFF establece que los recargos sí se calculan por mes o fracción de mes. Esto significa que, aunque la actualización solo procede por meses completos, los recargos aplican desde el primer día de atraso.

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Cuando no se pague dentro del plazo legal, se computarán los recargos sobre la diferencia. En estos casos, la autoridad procederá a exigir el remanente, incluso para la parte diferida conforme establece el artículo 66 de este Código. Es posible que se apliquen parcialmente los recargos correspondientes, dependiendo de las circunstancias.

Las Multas Fiscales: Consecuencia del Incumplimiento

Una multa es una sanción (recordemos que hay diversas sanciones que van desde amonestaciones hasta el decomiso), que consiste en el pago de una cantidad monetaria determinada discrecionalmente por la autoridad, bajo los parámetros que señalan las disposiciones fiscales, debiendo considerar la gravedad de la infracción cometida, así como elementos objetivos y subjetivos de la conducta realizada.

Las multas no tienen un afán recaudatorio, al menos esto de manera doctrinaria. Para las autoridades constituyen una herramienta fundamental para garantizar el cumplimiento de las normas, pero su uso excesivo puede tener un efecto contrario.

Para la procedencia de una multa fiscal se exige que esté prevista en la ley, al prohibir cierta conducta, y que la autoridad exprese las razones, los motivos y las circunstancias en las que se sustenta para calificar que la conducta es una infracción. En materia fiscal federal las infracciones y las multas se encuentran contempladas en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y en la Ley Aduanera.

La estrategia más efectiva para evitar la imposición de multas es la implementación de políticas y procedimientos adecuados; en especial capacitarse en el conocimiento de nuestras obligaciones y estar al día de los cambios. El costo de las multas puede tener un impacto significativo para las empresas.

Lea también: Tutorial paso a paso para actualizar tu régimen fiscal en el SAT en línea.

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