¡No Pagues de Más! Descubre la Actualización Fiscal para Personas Físicas y Cómo Cumplir Fácilmentepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si has experimentado cambios en tu empleo, has inaugurado o bien, has clausurado un negocio, es fundamental que actualices tu estatus fiscal, ya que es muy probable que hayas adquirido nuevas actividades o abandonado algunas. Esto es esencial porque debes recordar que, según la legislación vigente, todas tus actividades económicas e ingresos deben ser informados al SAT.

¿Qué es un Régimen Fiscal?

Un régimen fiscal es el sistema bajo el cual el SAT clasifica a los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, según sus actividades económicas. En México, existen varios regímenes fiscales que establecen las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

Regímenes Fiscales para Personas Físicas

El SAT tiene los siguientes regímenes fiscales para personas físicas:

  • Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios: Si fuiste contratado por una empresa o patrón y recibes un salario por una jornada laboral y actividades determinadas, te encuentras bajo este esquema.
  • Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales: Los contribuyentes que realizan actividades empresariales, venden bienes o prestan servicios (como fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías o fruterías) pueden ingresar a este régimen, siempre que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos.
  • Régimen Simplificado de Confianza: En esta opción pueden inscribirse las personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales o que otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos no excedan los 3 millones 500 mil pesos.
  • Régimen de Incorporación Fiscal: El Régimen de Incorporación Fiscal es para aquellas personas físicas que tienen actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos al año.
  • Enajenación de bienes: Es aquel en el cual las Personas Físicas obtienen ingresos derivados de toda transmisión de propiedad de bienes ya sea a través de una venta o permuta. Si realizaste una permuta o vendiste algún bien inmueble, o un automóvil, entre otros bienes, estás en este régimen.
  • Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas: Fue implementado desde junio de 2022 para aquellas personas físicas que generan ingresos a través de aplicaciones en internet como Mercado Libre, Uber o Didi. Esta opción facilita el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA y lo paguen directamente al SAT.
  • Régimen de Arrendamiento: Si eres dueño de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial y autorizas a otra persona para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una renta, debes reportar estos ingresos ante el SAT bajo el régimen de arrendamiento.
  • Intereses: Si recibiste ingresos de instituciones bancarias, seguros o financieras, derivados de cuentas o inversiones bancarias, perteneces a este régimen.
  • Obtención de premios: Si te ganaste la lotería o recibiste el abono de un premio, debes agregarlo dentro de tu declaración anual o bien, ingresar este régimen al fisco.
  • Dividendos: Si eres socio o accionista dentro de una empresa (persona moral), obtienes ingresos derivados de la utilidades que generan, también conocidos como dividendos, ganancias o utilidades, los cuales debes reportar ante la autoridad fiscal.

Es importante tener en cuenta que la elección del régimen fiscal adecuado depende de varios factores, como el tipo de actividad económica, el nivel de ingresos y las necesidades fiscales de la persona o empresa.

¿Cuándo debo presentar el aviso de actualización de actividades económicas?

De acuerdo con el SAT, las personas pueden presentar el aviso de actualización de actividades económicas en los siguientes casos:

Lea también: Procedimiento para actualizar pérdidas fiscales

  • Opten por una periodicidad de cumplimiento de obligaciones fiscales diferente o si optan por no efectuar pagos provisionales o definitivos
  • Elijan una opción de tributación diferente a la que tienen
  • Tienen una obligación fiscal por cuenta propia o de terceros, o cuando dejen de tenerla
  • Cambien su actividad económica ponderante
  • Cambien su residencia fiscal al extranjero y continúen con actividades económicas para efectos fiscales en México

El plazo para presentar el aviso es:

  • Dentro del mes siguiente a aquel en que se dé la situación que motive el cambio.
  • En caso de cambiar de residencia fiscal, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos posteriores al cambio o con un máximo de dos meses de anticipación.

¿Cómo hacer el cambio de régimen fiscal en línea?

El proceso de actualizar o hacer cambio de régimen fiscal se puede realizar de manera sencilla a través de la plataforma en línea del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Si cambiaste de empleo, pusiste un negocio o dejaste de recibir ingresos por alguna actividad económica que desempeñabas, puedes cambiar tu régimen fiscal, a través del portal del SAT.

Para ello, deberás contar con Contraseña o e.firma y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Pasos para cambiar el régimen de situación fiscal por internet:

  1. Ingresa a la sección Trámites en la página del SAT y en la barra superior, elige la opción RFC.
  2. Ingresa al apartado actualización, selecciona la opción: aumento y disminución de obligaciones.
  3. Llena los datos del formulario electrónico y firma el trámite con tu e.firma.
  4. Envía tu trámite al SAT e imprime y guarda el acuse de recibo electrónico.

Recuerda que para realizar muchos trámites en el SAT, como el cambio de régimen fiscal, es indispensable tener tu e.firma vigente.

Domicilio Fiscal

Es obligatorio proporcionar al SAT el Domicilio Fiscal, ya que se trata de uno de los datos que identifican a las personas y empresas, y le permiten a la autoridad fiscal tenerlas plenamente localizadas. Tendrás que informar puntualmente sobre tu cambio de Domicilio Fiscal para evitar multas. Después de tal notificación, te recomendamos verificar que el proceso esté terminado y tu registro contenga la nueva información. Ingresa al Portal del SAT y sigue los pasos que allí se describen para verificar tu Domicilio Fiscal.

Lea también: Tutorial paso a paso para actualizar tu régimen fiscal en el SAT en línea.

De acuerdo con el Anexo 20 del SAT, cuando el receptor del comprobante sea un residente en el extranjero, se debe registrar la clave del país de residencia.

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