¿Renunciaste a tu trabajo, pusiste un negocio o adquiriste un nuevo empleo? No olvides presentar tu aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues deberás actualizar el régimen de situación fiscal. Actualizar tu régimen fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un paso esencial si has cambiado de empleo, abierto o cerrado un negocio, o adquirido nuevas actividades económicas. Mantener al día tu situación fiscal es clave para cumplir con tus obligaciones y evitar sanciones.
El régimen fiscal está compuesto de una serie de derechos y obligaciones que adquiere un ciudadano cuando comienza a desempeñar una actividad económica específica. Un régimen fiscal es el sistema bajo el cual el SAT clasifica a los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, según sus actividades económicas.
Según las actividades, la profesión y los ingresos que perciba en un tiempo determinado, cada individuo puede pertenecer a uno de los regímenes con los que cuenta el SAT. En 2024, el SAT cuenta con 10 regímenes con distintos derechos y obligaciones para los ciudadanos con actividades económicas.
Si tus actividades económicas y la forma en la que percibes ingresos cambió, necesitas actualizar tu régimen dentro del mes siguiente.
¿Cuáles son los regímenes fiscales para personas físicas?
El SAT tiene los siguientes regímenes fiscales para personas físicas:
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- Régimen Simplificado de Confianza: En esta opción pueden inscribirse las personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales o que otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos no excedan los 3 millones 500 mil pesos.
- Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios: Si fuiste contratado por una empresa o patrón y recibes un salario por una jornada laboral y actividades determinadas, te encuentras bajo este esquema.
- Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales: Los contribuyentes que realizan actividades empresariales, venden bienes o prestan servicios (como fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías o fruterías) pueden ingresar a este régimen, siempre que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos. Quienes obtienen ingresos por actividades comerciales sin importar el monto de los ingresos que perciban.
- Régimen de Incorporación Fiscal: El Régimen de Incorporación Fiscal es para aquellas personas físicas que tienen actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos al año.
- Enajenación de bienes: Es aquel en el cual las Personas Físicas obtienen ingresos derivados de toda transmisión de propiedad de bienes ya sea a través de una venta o permuta. Si realizaste una permuta o vendiste algún bien inmueble, o un automóvil, entre otros bienes, estás en este régimen.
- Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas: Fue implementado desde junio de 2022 para aquellas personas físicas que generan ingresos a través de aplicaciones en internet como Mercado Libre, Uber o Didi. Esta opción facilita el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA y lo paguen directamente al SAT.
- Régimen de Arrendamiento: Si eres dueño de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial y autorizas a otra persona para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una renta, debes reportar estos ingresos ante el SAT bajo el régimen de arrendamiento.
- Intereses: Si recibiste ingresos de instituciones bancarias, seguros o financieras, derivados de cuentas o inversiones bancarias, perteneces a este régimen.
- Obtención de premios: Si te ganaste la lotería o recibiste el abono de un premio. Si recibiste un premio gubernamental o de otro tipo, como la lotería, debes agregarlo dentro de tu declaración anual o bien, ingresar este régimen al fisco.
- Dividendos: Si eres socio o accionista dentro de una empresa (persona moral), obtienes ingresos derivados de la utilidades que generan, también conocidos como dividendos, ganancias o utilidades, los cuales debes reportar ante la autoridad fiscal.
El cambio de régimen se realiza en caso de que las personas físicas cambien sus actividades económicas (reciban ingresos de una manera distinta a la que fue anteriormente registrada), al momento de su cambio y con no más de dos meses de anticipación.
¿Cómo hacer mi cambio de régimen fiscal del SAT en línea?
Si cambiaste de empleo, pusiste un negocio o dejaste de recibir ingresos por alguna actividad económica que desempeñabas, puedes cambiar tu régimen fiscal, a través del portal del SAT. Cambiar tu régimen fiscal es un proceso que puedes realizar fácilmente en línea a través del portal del SAT.
Para ello, deberás contar con Contraseña o e.firma y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Paso a paso para cambiar el régimen de situación fiscal por internet
- Ingresa a la sección Trámites en la página del SAT y en la barra superior, elige la opción RFC.
- Ingresa al apartado actualización, selecciona la opción: aumento y disminución de obligaciones. Allí en la opción “Persona”, se debe seleccionar “Trámites del RFC” y dar clic en la opción “Actualización en el RFC”. Posteriormente se debe elegir la opción “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales como persona física”.
- Llena los datos del formulario electrónico y firma el trámite con tu e.firma. Completa el formulario: ingresa los datos solicitados, como tu RFC y los cambios en tus actividades económicas. Para llevar a cabo el cambio es necesario tener a la mano el RFC y la contraseña y llenar los datos solicitados en el formulario.
- Envía tu trámite al SAT e imprime y guarda el acuse de recibo electrónico. Firma y envía: Carga los archivos de tu e.firma y valida la información ingresada. Una vez enviado, se generará un acuse de recibo electrónico.
¡Listo! Se trata de un proceso sencillo, que se realiza a través del portal del SAT. Solo tienes que seguir una serie de pasos para hacer el cambio de régimen fiscal.
Recuerda mantener tu información fiscal actualizada. Recuerda que para realizar muchos trámites en el SAT, como el cambio de régimen fiscal, es indispensable tener tu e.firma vigente.
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Si has decidido actualizar las actividades económicas y obligaciones fiscales es necesario gestionar el cambio en el portal del SAT. Las actividades económicas se pueden modificar siempre que se conserve al menos una activa.
De acuerdo con el SAT, las personas pueden presentar el aviso de actualización de actividades económicas en los siguientes casos:
- Opten por una periodicidad de cumplimiento de obligaciones fiscales diferente o si optan por no efectuar pagos provisionales o definitivos
- Elijan una opción de tributación diferente a la que tienen
- Tienen una obligación fiscal por cuenta propia o de terceros, o cuando dejen de tenerla
- Cambien su actividad económica ponderante
- Cambien su residencia fiscal al extranjero y continúen con actividades económicas para efectos fiscales en México
Dentro del mes siguiente a aquel en que se dé la situación que motive el cambio. En caso de cambiar de residencia fiscal, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos posteriores al cambio o con un máximo de dos meses de anticipación.
El trámite es gratuito y se puede realizar en línea, sólo es necesario entrar al portal del SAT. Este trámite es totalmente gratuito. Ten en cuenta que si alguna te persona te cobra por hacer el trámite puede tratarse de un fraude, ya que el SAT nunca cobra por realizarlo.
Puedes hacer el trámite en la página de internet del SAT o puedes acudir a una de sus oficinas para hacerlo de manera presencial. A continuación te mostramos los pasos que debes seguir para cada opción.
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Después de elegir esta opción, el SAT te llevará a una página de introducción en la que se explica el trámite. Ahora, la página te dirigirá al inicio de sesión.
Si no hay fechas disponibles para el trámite, la página del SAT te incluirá en la fila virtual. Recibirás un correo electrónico con la confirmación de tu cita y más información sobre el proceso y los requisitos para hacer el trámite. Preséntate el día de tu cita en la oficina del SAT que elegiste y sigue las instrucciones del personal del SAT.
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