Si te toca actualizar tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ya sea para corregir tu nombre, ajustar tu CURP o simplemente poner todo en orden, no entres en pánico. Actualizar tu RFC no tiene por qué ser un viacrucis.
Con los documentos correctos y siguiendo estos pasos, lo lograrás sin problema. Y si no quieres complicarte, TaxDown está aquí para echarte la mano.
El Buzón Tributario: Tu Canal de Comunicación con el SAT
El Buzón Tributario funciona como un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el SAT.
Cada vez que el SAT requiera hacer una notificación, enviar información útil para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite, la depositará en tu buzón.
Si eres persona física, lo puedes habilitar con tu Contraseña desde tu celular. Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, actívalo a la brevedad. Es tu obligación.
Lea también: Guía para Actualizar CURP y Régimen Fiscal
Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrado los dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. Si ya registraste y confirmaste ambos mecanismos de comunicación y están actualizados, gracias por cumplir.
Pasos para Confirmar y Actualizar tu Correo Electrónico en el Buzón Tributario
El sistema te indicará que el correo electrónico ha quedado establecido como medio de contacto para tu Buzón Tributario.
Para confirmar el correo electrónico, da clic en la liga que se envía en el aviso de confirmación que llega a tu bandeja de entrada. Para confirmarlo, recibes un aviso en tu correo electrónico; da clic en la liga que dice "aquí" para confirmarlo.
Si pasadas 72 horas no te llega el aviso de confirmación, vuelve a realizar el procedimiento de registro y confirmación.
Para más información, consulta la sección de videotutoriales del minisitio de Buzón Tributario, da clic aquí.
Lea también: Cómo actualizar tu RFC en Infonavit
Los medios de contacto se pueden modificar a fin de actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras.
- Si requieres agregar un correo, oprime el ícono "Agregar correo". Recibirás un aviso electrónico para confirmar cada uno de los medios de contacto actualizados.
Confirmación del Número de Teléfono Celular
A) Para confirmar el correo electrónico, da clic en la liga que se envía en el aviso de confirmación que llega a tu bandeja de entrada.
B) Para confirmar el número de teléfono celular recibirás un mensaje SMS con un código de activación, ingresa al Buzón Tributario apartado "configuración".
Ubica el campo de captura a la izquierda del icono de la llave, introduce el código de activación recibido en el SMS.
Oprime el icono de la llave para confirmar el número de teléfono que registraste. El sistema preguntará “¿Deseas proseguir con el registro de medios de contacto?”, oprime en Aceptar.
Lea también: RFC: Requisitos y pasos
El sistema te indicará que tu número de teléfono celular ha quedado establecido como medio de contacto para tu Buzón Tributario.
Nota: Si capturas tres veces el código de activación de manera incorrecta, este se bloqueará por 30 minutos y no podrás confirmar el medio de contacto, mientras tanto, el icono de la llave dejará de estar visible durante ese lapso de tiempo.
Si pasadas 72 horas no te llega el código de activación vía mensaje de texto SMS, vuelve a realizar el procedimiento de registro y confirmación.
¿Qué son los Comunicados del SAT?
Son los mensajes que la autoridad envía al contribuyente a través de sus medios de contacto registrados, en los cuales le da a conocer que tiene información pendiente en su Buzón Tributario.
De acuerdo con la ficha de trámite 245/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, debes ingresar a tu Buzón Tributario, para ello selecciona "Mis expedientes", opción “Mis comunicados”, en donde se encuentran los mensajes recibidos vigentes y los acuses generados por el registro, confirmación o actualización de los medios de contacto, en este apartado también se almacenan los acuses donde “No procede el alta” que se generan en caso de que se haya confirmado solo uno de los dos medios de contacto (número de teléfono móvil [celular] o correo electrónico).
Documentación Necesaria
Antes de lanzarte de cabeza al trámite, asegúrate de tener a la mano estos documentos. ¡Manos a la obra! Si esto te suena más complicado que armar un mueble sin instrucciones, no te preocupes.
- Identificación oficial vigente del contribuyente y en su caso, del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.2.1.
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