Descubre Cómo Banco Santander Enfrenta Sanciones y Controversias por Blanqueo de Capitalespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Banco Santander, uno de los grupos bancarios más grandes de España, ha enfrentado diversas acusaciones y sanciones relacionadas con el blanqueo de capitales y otros conflictos financieros. Recientemente, el Tribunal Supremo ha confirmado una importante sanción, mientras que la entidad también ha debido cerrar un caso de blanqueo en Francia y enfrenta un litigio internacional por la adquisición del Banco Popular.

Sanción del Tribunal Supremo en España por Incumplimiento de la Ley de Prevención del Blanqueo

El Tribunal Supremo ha decidido sancionar al Banco Santander con 5,6 millones por incumplir tres apartados del artículo 52 de la ley de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Este caso se originó en una inspección de los servicios antiblanqueo realizada en 2013, que analizó un total de 143 cuentas de valores segregadas.

Fuentes del Santander, que recurrieron la decisión del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) y una posterior sentencia de la Audiencia, apuntaron que “el procedimiento muestra una diferencia interpretativa sobre la definición del grado de evidencia necesario para la comunicación por indicio de sospecha.” El banco, además, “reitera su compromiso con detectar y prevenir el crimen financiero y el blanqueo de capitales” y afirma que “cumple escrupulosamente la obligación reglamentaria de presentar informes de actividades sospechosas a los reguladores y suplir las deficiencias que pudieran señalar las autoridades”. Cabe destacar que no es la primera vez que el Supremo sanciona al Santander por un tema de blanqueo de capitales, ya que en 2015 le impuso un millón por este motivo.

El caso actual, que ha durado siete años, ha generado extensos debates jurídicos y financieros sobre quién es el responsable de identificar con todo detalle a los clientes de una entidad ante los servicios de blanqueo de capitales. En este escenario, por un lado, se encuentra el banco custodio, que es el encargado de captar a los clientes. Por otro lado, entra en juego un segundo actor que actúa como intermediario para facilitar ciertas operaciones, siendo el Santander en este caso.

Recorrido Judicial y Agravamiento de la Sanción

El caso fue recurrido inicialmente a la Audiencia Nacional que, en una sentencia del 2 de noviembre de 2019, redujo considerablemente la pena. De las seis infracciones graves de las que se le acusaba al banco, este tribunal consideró que solo había que mantener una, la que hacía referencia al “incumplimiento de la obligación de obtener información sobre el propósito e índole de la relación de negocios”. Además, se redujo la multa de otra infracción, la obligación de identificar al titular real de la cuenta, cuya sanción pasaba de cuatro millones a 2,6 millones.

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Sin embargo, tanto la Abogacía del Estado como el banco recurrieron esta sentencia ante el Tribunal Supremo. El resultado ha sido desfavorable para el Santander, ya que la sentencia del 27 de mayo de 2021 ha elevado la sanción en dos millones, sumando un total de 5,6 millones de euros. En esta sentencia, calificada de farragosa, compleja y de difícil sintaxis, el Supremo ha confirmado las sanciones impuestas por la Audiencia Nacional y ha añadido una infracción grave más, específicamente por el artículo 52.1.h, que hace referencia al “incumplimiento de la obligación de comunicación por indicio”. La cuantía adicional fijada para esta nueva infracción asciende a dos millones, lo que consolida los 5,6 millones totales.

Ante esta situación, al Santander solo le queda el recurso conocido como “incidente de nulidad”, que implica solicitar la revocación de las actuaciones por considerar que el procedimiento es nulo de pleno derecho debido a un error procesal importante. En tales circunstancias, se solicita retrotraer todo lo actuado hasta el momento en que se cometió la nulidad. No obstante, fuentes jurídicas consultadas consideran que esta estrategia no tendría mucho futuro para el Santander, dada la extensión del recorrido judicial ya transcurrido.

Multa en Francia por Blanqueo de Capitales en Filial

El primer grupo bancario español, Santander, también aceptó pagar una multa de 22.5 millones de euros (26 millones de dólares) para cerrar un caso de blanqueo de capitales en el que estaba implicada una de sus filiales francesas. Esta decisión del banco español se enmarca en un convenio judicial de interés público que fue ratificado por el tribunal de París.

La investigación, iniciada hace 14 años, desveló una "amplia red de blanqueo en beneficio de la clientela" de esta filial, denominada BPI Paris, según la fiscalía. Gracias al banco, esos clientes podían "evacuar ingresos profesionales a España para disminuir [su] imposición, depositar efectivo que luego se ponía a disposición de otros clientes solicitantes o, al contrario, recuperar dinero en efectivo para financiar sobornos o remunerar a empleados no declarados", explicó la fiscalía. El ministerio público consideró que “esos hechos son susceptibles de recibir las calificaciones [de] blanqueo de diversos delitos y, principalmente, de fraude fiscal, con la circunstancia de que los hechos se cometieron de forma habitual, en banda organizada y utilizando las facilidades del ejercicio de la profesión de banquero y del delito conexo de captación ilícita de clientes”.

La investigación también sacó a la luz multitud de transacciones controvertidas, por decenas de millones de euros, que implicaban a 74 clientes del banco. Según la fiscalía, los exempleados de BPI imputados afirmaron que la sede, en Madrid, era conocedora y validaba las prácticas de la filial. Curiosamente, la primera denuncia fue presentada por el propio banco Santander en febrero de 2011.

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Litigio de Inversionistas Mexicanos Contra Santander por el Banco Popular

Un conflicto legal significativo que podría afectar la relación empresarial entre México y España es el que mantiene un grupo de inversionistas mexicanos, liderados por Antonio del Valle, en contra del Banco Santander. Este litigio ya ha tenido repercusiones entre sus involucrados.

El ex presidente de Grupo Modelo, Carlos Fernández, se encuentra en una posición complicada en este caso, siendo por un lado el segundo accionista individual más importante del banco español, y por el otro, amigo y ex socio de buena parte de los empresarios mexicanos que están demandando a Santander. El litigio emprendido por Antonio del Valle, presidente honorario de Mexichem, se centra en una inversión en el Banco Popular español. En 2015, Del Valle y un grupo de inversionistas mexicanos inyectaron 460 millones de euros con el objetivo de adquirir más acciones y, eventualmente, quedarse con la institución que atravesaba serios problemas de liquidez.

La estrategia, sin embargo, no resultó como esperaban, y en junio del año pasado, Santander terminó adquiriendo el quebrado banco por la simbólica cantidad de un euro, comprometiéndose a capitalizarlo con 7 mil millones de euros. Los inversionistas mexicanos perdieron toda su inversión, pero buscan recuperarla a través de instancias internacionales. A principios de 2018, el grupo encabezado por Antonio del Valle inició una demanda contra Santander en un juzgado de Nueva York, exigiendo la transparencia de documentos, valuaciones y comunicaciones que llevaron a la firma presidida por Ana Botín a quedarse con el Banco Popular.

Además, en otro frente, iniciaron un arbitraje internacional contra las autoridades españolas que aprobaron la transacción, alegando una supuesta violación del Tratado de Protección de Inversiones entre México y España. Este segundo asunto es de gran importancia, ya que podría poner en riesgo la inversión española en México, la segunda más importante para el país después de la estadounidense. Los mexicanos no solo acusan violaciones a las cláusulas del tratado bilateral, sino que entre los aludidos en el conflicto con Santander se encuentra el principal enlace de empresas españolas en México: Valentín Diez Morodo, también ex socio de Grupo Modelo y actual presidente del Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior.

En el grupo que Antonio del Valle formó para esta iniciativa, además de Diez Morodo, destacan relevantes empresarios mexicanos como Roberto Hernández, Alfredo Harp, Fernando Chico y Eduardo Tricio, entre otros.

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Por su parte, María Asunción Aramburuzabala (Mariasún) también poseía acciones del Banco Popular. No obstante, asegura que se trataba de una inversión pasiva, a diferencia de la participación de Antonio del Valle, quien, además de haber estado en el Consejo de Administración del grupo financiero español, estableció una asociación con su banco Ve x Más. La empresaria, presidenta de Tresalia Capital, asegura que no tiene ninguna relación con las acciones legales emprendidas por los inversionistas del Banco Popular contra el proceso de adquisición por parte de Banco Santander. En una comunicación, expone que las posiciones de su firma Tresalia en el Banco Popular fueron estratégicas, “inversiones de portafolios” en las que se esperaba cierto retorno y, una vez obtenido, fueron retiradas.

Cabe señalar que Lucrecia Aramburuzabala, hermana de Mariasún, está casada con Carlos Fernández, consejero y segundo accionista individual más importante de Santander. El empresario mexicano también es el mayor inversionista de la inmobiliaria española Colonial y uno de los principales accionistas del grupo de medios Prisa.

Resumen de Sanciones y Multas Relevantes

A continuación, se presenta una tabla que resume las principales sanciones y multas que ha enfrentado el Banco Santander en los casos mencionados:

Caso Fecha / Decisión Cuantía de la Sanción Descripción
Sanción Tribunal Supremo (España) Sentencia 27.05.2021 5,6 millones de euros Incumplimiento Ley Prevención Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
Sanción previa Tribunal Supremo (España) 2015 1 millón de euros Blanqueo de capitales.
Acuerdo Judicial (Francia) Ratificación Tribunal de París 22.5 millones de euros Red de blanqueo de capitales en la filial BPI Paris.

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