Descubre Todo Sobre Afiliación y Portabilidad de Derechos entre IMSS e ISSSTE ¡Guía Definitiva!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La portabilidad de derechos es el mecanismo que te permite unificar el tiempo que acreditaste tanto en el IMSS e ISSSTE, para que cuentes con un solo periodo de cotización, siempre y cuando no hayan sido simultáneos. Si trabajaste tanto en el sector público como en el privado, no dejes pasar este beneficio, ya que es la oportunidad de aprovechar cada semana cotizada y asegurar una pensión justa.

Requisitos y trámites para la portabilidad

Para realizar este procedimiento, el requisito fundamental es tener tiempo de cotización acreditado en ambos Institutos. Para ello, deberás obtener la constancia de periodos reconocidos del ISSSTE-IMSS. Entre la documentación necesaria se destaca:

  • Último Estado de Cuenta de tu Afore.
  • Constancia de periodos reconocidos emitida por el instituto correspondiente.

Después de realizar el trámite de transferencia de derechos, podrás continuar con tu solicitud de pensión en el mismo instituto donde realizaste el proceso. Para solicitar información detallada, puedes contactar a través de ISSSTE-TEL al 4000 1000 en el Distrito Federal y Área Metropolitana.

Continuación voluntaria y afiliación al ISSSTE

Es importante conocer las figuras que pueden acceder a la continuidad de servicios. Entre ellos se encuentran:

  • Trabajador activo.
  • Pensionado directo.
  • Ex trabajador en conservación de derechos.
  • Ex trabajador en continuación voluntaria.

Después de prestar sus servicios en alguna Dependencia o Entidad y no tener la calidad de Pensionado, el trabajador podrá solicitar la continuación voluntaria en todos o alguno de los seguros del régimen obligatorio, con excepción del seguro de riesgos del trabajo. Para el caso del seguro de salud, se requerirá que el trabajador acredite haber laborado, cuando menos, cinco años en alguna Dependencia o Entidad incorporada al Instituto, conforme al artículo 200 de la Ley del ISSSTE.

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Proceso de afiliación directa

Cuando el Instituto no reciba de la Dependencia o Entidad el Aviso de Alta de un Trabajador en el plazo señalado, podrá admitir la solicitud de afiliación directa del trabajador. Este trámite puede realizarse en el Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas de la Delegación o en la Clínica de Medicina Familiar que le corresponda de acuerdo a su domicilio.

Prestaciones para familiares

Para que los Familiares Derechohabientes perciban las prestaciones que les corresponden, deberán cumplir estrictamente los requisitos que la Ley y los Reglamentos del ISSSTE establezcan. Es fundamental mantener actualizados sus datos laborales, tiempo de cotización y domicilio registrado para evitar contratiempos en el acceso a los servicios de salud y seguridad social.

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