Descubre Cómo Funcionan y se Regulan las Agencias de Colocación: Todo lo que Necesitas Saberpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Las agencias de colocación son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que, en coordinación y, en su caso, colaboración con el servicio público de empleo correspondiente, realizan actividades de intermediación laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades. Estas agencias juegan un papel fundamental en el mercado laboral actual, especialmente en un entorno en constante evolución y con una alta demanda de flexibilidad, sirviendo como punto intermedio de contacto entre las personas que demandan un puesto de trabajo y las empresas o empleadores que necesitan cubrir determinados perfiles.

Marco Normativo y Legal de las Agencias de Colocación

Referencias Internacionales y Legislación en México

La OIT se refiere a las Agencias de Colocación de Trabajadores (ACT) en el Convenio 34 de 1933 y en el Convenio 96 de 1949. En dichos instrumentos se hace una distinción entre el lucro y la ausencia de lucro que puede haber en los fines de dichas agencias. Por su parte, la Constitución Política mexicana, en su artículo 123, apartado 'A', fracción XXV, se refiere a las ACT imponiendo la gratuidad del servicio para los trabajadores.

En México, el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores (RACT) establece el marco para la concesión de licencias a los agentes de contratación. Los artículos que dan fundamento legal a las agencias de colocación de trabajadores en México son el artículo 537, fracción ll, de la LFT, que establece -dentro de los objetivos del Servicio Nacional de Empleo- "promover y diseñar mecanismos para el seguimiento a la colocación de los trabajadores"; el artículo 538 de la misma Ley menciona las funciones de dicho servicio.

La primera reglamentación de las ACT data de 1934 con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del "Reglamento de Agencias de Colocaciones". El 23 de noviembre de 1982 se abrogó dicho reglamento para dar lugar al actual "Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores".

Todas las agencias de empleo con fines de lucro deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y obtener una autorización antes de prestar servicios de contratación a escala nacional o internacional. Los reclutadores que colocan a trabajadoras y trabajadores migrantes en empleos en el extranjero deben cumplir con requisitos adicionales.

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El Reglamento adiciona la obligación de las ACT de "colocar la autorización y registro de funcionamiento en lugar visible para el público, así como la leyenda de que sus servicios son gratuitos para los trabajadores". También se establecen nuevas prohibiciones para las ACT, como son retener documentos personales, gestionar pasaportes, visas o permisos.

Se prohíbe a las agencias de colocación cobrar a las y los solicitantes de empleo cualquier tipo de comisión, acordar con los empleadores deducir comisiones de los salarios de las trabajadoras y trabajadores, ofrecer empleo ilegal o inexistente, o inducir a error a las y los solicitantes. Está prohibido contratar personal para realizar trabajos en el extranjero sin tener una licencia, lo que se puede sancionar con multas que oscilan entre 50 y 5.000 veces el salario mínimo, o el equivalente a una cantidad de entre 340 y 34.000 dólares estadounidenses.

A pesar de la regulación, en la práctica, el número de reclutadores informales y no autorizados supera ampliamente al de agencias autorizadas, y son los primeros quienes llevan a cabo la mayor parte de las contrataciones en México. En agosto de 2020, solo había nueve agencias autorizadas para contratar a trabajadoras y trabajadores mexicanos para cubrir puestos laborales en el extranjero, a pesar de que cada año se contrata a cientos de miles de personas para trabajar en América del Norte; situación que refleja lo que una ONG define como “un sistema altamente descentralizado y no regulado”. El sistema de concesión de licencias actual no contribuye de forma significativa a promover o garantizar una contratación justa.

El gobierno mantiene un registro público de agencias, pero este contiene solo información básica. Por ejemplo, no facilita detalles sobre las agencias de colocación que han sido sancionadas o a las que se ha revocado la licencia. No hay datos sobre las inspecciones ni sobre sus resultados, y en la actualidad, hay pocos mecanismos para disuadir a los reclutadores sin licencia o poco éticos.

Regulación en España

En España, la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, reguló las agencias privadas de colocación, incluyendo aquellas con ánimo de lucro (cuya actividad no permitía la normativa anterior). Esto complementa la actividad de los servicios públicos de empleo para mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo.

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El Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación, desarrolla reglamentariamente la Ley 35/2010, regulando el régimen de autorización y la actividad de las agencias de colocación que realicen actividades de intermediación laboral.

Conforme al art. 2 del Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, las agencias de colocación se definen legalmente como "...aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que, en coordinación y, en su caso, colaboración con el servicio público de empleo correspondiente, realicen actividades de intermediación laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades".

Se definen también las agencias de recolocación como un subtipo de agencias de colocación especializadas en la actividad destinada a la recolocación de las personas trabajadoras que resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial, y están sometidas al régimen legal y reglamentario general.

Se establece la obligatoriedad de que las agencias de colocación obtengan, para poder realizar su actividad, autorización administrativa previa de los servicios públicos de empleo. Dicha autorización la concederá el Servicio Público de Empleo Estatal cuando las agencias pretendan establecer centros desde los que desarrollar su actividad en más de una comunidad autónoma, o del servicio equivalente en la comunidad autónoma cuando pretendan establecer centros únicamente en el territorio de esa comunidad.

La autorización se establece por una vigencia inicial de cinco años que se podrá prorrogar de forma indefinida, con la comprobación, en todo caso, por parte de los servicios públicos de empleo de que se mantienen los requisitos y condiciones que determinaron su otorgamiento. La información sobre las agencias autorizadas quedará integrada en el espacio telemático común a fin de que pueda ser conocida tanto por los servicios públicos de empleo como por la ciudadanía en general.

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Las agencias de colocación deberán cumplir las obligaciones establecidas en el art. 43 de la Ley 3/2023 de Empleo, así como la normativa propia publicada por el Sistema Nacional de Empleo. Entre las obligaciones, destaca la exigencia de garantizar la gratuidad a las personas trabajadoras por la prestación de servicios, los principios de igualdad, no discriminación en el acceso al empleo y el respeto a la intimidad y dignidad a las personas trabajadoras en el tratamiento de sus datos.

En relación con la financiación de estas agencias de colocación, se determina que solo podrán recibir financiación de los servicios públicos de empleo aquellas agencias que suscriban convenios de colaboración con los mismos.

El Modelo Canadiense de Regulación

En Canadá, el gobierno federal tiene jurisdicción sobre la concesión de licencias a los consultores de inmigración, que están autorizados a ofrecer asistencia con las solicitudes de inmigración, incluidos los permisos de trabajo. Existe un registro nacional de consultores de inmigración con licencia, y el organismo regulador publica en línea los resultados de los procedimientos disciplinarios, también en lo que respecta a la contratación fraudulenta y al cobro de comisiones.

No obstante, en 2021, el gobierno federal ha establecido un nuevo organismo regulador en respuesta a las reiteradas preocupaciones sobre las carencias de los dos regímenes autorreguladores anteriores que se establecieron en 2004 y 2011 respectivamente. La incapacidad de los organismos reguladores y del gobierno federal para hacer frente de manera efectiva a los representantes no regulados o "consultores fantasmas" se puso especialmente de relieve en la revisión parlamentaria de 2017.

Las administraciones provinciales tienen competencia para conceder licencias a los reclutadores de mano de obra, y las prácticas provinciales varían en función de la provincia. El primer marco jurídico global de regulación de la contratación laboral se introdujo en Manitoba en 2009. Seis provincias, la mayoría de las que acogen a un gran número de trabajadoras y trabajadores migrantes, exigen que los reclutadores de mano de obra dispongan de una licencia para operar, y algunas también requieren que los empleadores se registren para poder contratar a personas migrantes.

Quebec y Saskatchewan han adoptado medidas adicionales y exigen que los consultores de inmigración estén registrados tanto a nivel federal como provincial para poder operar. Sin embargo, la provincia que acoge a la mayoría de trabajadoras y trabajadores migrantes, Ontario (junto con otras seis provincias y territorios), no exige que los reclutadores de mano de obra se registren para operar, una política a la que los sindicatos y las agencias de colocación han pedido que se ponga fin.

Según los expertos, estas diferencias entre provincias permiten que los reclutadores sin escrúpulos concentren sus actividades en aquellas donde la normativa y el proceso de seguimiento son menos rigurosos. La supervisión de las actividades de contratación fuera de Canadá también sigue siendo un desafío importante, y algunas provincias, incluidas Columbia Británica y Saskatchewan, requieren que los reclutadores autorizados proporcionen información sobre sus socios internacionales.

Funciones y Beneficios de las Agencias de Colocación

La premisa básica de una agencia de empleo es siempre encontrar la persona idónea para el puesto que se ofrece. Las agencias de colocación estudian los perfiles profesionales de las personas candidatas y analizan los requerimientos de los puestos de trabajo ofertados.

Apoyo a las Empresas

  • Experiencia y conocimiento del mercado laboral: La empresa puede aprovechar la experiencia y el conocimiento que las agencias de empleo tienen del mercado laboral. Las agencias están constantemente actualizándose sobre los mercados en los que se especializan, cuáles son las expectativas profesionales actuales y la complejidad de los procesos de contratación. De este modo, la agencia se dirige de manera precisa a los candidatos y las candidatas adecuados, y colabora con la empresa para mejorar sus ofertas laborales.

  • Recursos digitales avanzados: Las agencias de empleo cuentan con los mejores recursos digitales para explorar el mercado y alcanzar a una audiencia más diversa de posibles candidatos/as. Emplean recursos efectivos (páginas web de empleo, redes sociales profesionales premium, bases de datos internas y publicidad en línea) que ayudan a reducir los tiempos y ofrecer un servicio más adaptado a las necesidades de las empresas.

  • Potenciación de la imagen corporativa: La colaboración con una agencia de colocación potencia la imagen corporativa o “employer branding”. Es la forma en que una empresa se presenta a sí misma ante sus empleados actuales, futuros empleados y el mercado laboral en general.

  • Servicios para contratos específicos: Algunas agencias ofrecen servicios para que las empresas puedan contratar en la modalidad de contratos de formación en alternancia.

Orientación para los Solicitantes de Empleo

Además de la selección de personal, las agencias de colocación ofrecen orientación y asesoramiento a los solicitantes de empleo. Para las personas desempleadas, se ofrece una atención individualizada y completamente personalizada. Así, un técnico puede ayudar a conseguir un empleo en función de las aptitudes o motivaciones del solicitante.

Algunas agencias de colocación ofrecen programas de formación y orientación profesional para mejorar las habilidades de los candidatos y aumentar su empleabilidad.

Requisitos y Obligaciones para Operar como Agencia de Colocación

Requisitos Generales y Autorización Administrativa

Las personas físicas o jurídicas que deseen actuar como agencias de colocación deberán presentar, con carácter previo, una declaración responsable ante el servicio público de empleo competente de la comunidad o ciudad autónoma en la que tengan su establecimiento principal. Una vez presentada la declaración responsable, la actuación de la agencia de colocación tendrá validez en todo el territorio del Estado y sin límite de duración.

Las agencias de colocación podrán iniciar su actividad desde el día de la presentación de la declaración responsable, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las administraciones competentes en los respectivos territorios donde se ejerza dicha actividad. El falseamiento de la declaración responsable, así como el incumplimiento de las obligaciones relacionadas, serán causa de baja en la condición de agencia de colocación, sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador correspondiente.

Las agencias de colocación deben cumplir con una serie de requisitos y regulaciones establecidas por el Ministerio de Trabajo para garantizar su funcionamiento adecuado y proteger los derechos de los trabajadores.

  • Registro oficial: La empresa que desea convertirse en agencia de colocación debe ser registrada oficialmente en el Registro de Empresas de Trabajo Temporal y Agencias de Colocación del Ministerio de Trabajo.

  • Capital social mínimo: Debe contarse con un capital social mínimo para operar como agencia de colocación.

  • Garantías económicas: Se requiere la constitución de una garantía económica que asegure el cumplimiento de las obligaciones como agencia de colocación.

  • Cumplimiento normativo: Han de cumplirse todas las disposiciones legales y normativas relacionadas con el funcionamiento de las agencias de colocación.

  • Personal cualificado: La agencia de colocación debe contar con personal cualificado y capacitado para llevar a cabo las funciones de intermediación laboral de manera profesional y ética.

  • Procesos de selección transparentes: Deben establecerse procesos de selección transparentes y basados en criterios objetivos para garantizar la igualdad de oportunidades a los solicitantes de empleo.

Obligaciones Clave

Es crucial tener en cuenta que las agencias de colocación no deben cobrar ninguna tarifa o comisión a los solicitantes de empleo por sus servicios. La obligación de las autoridades de formular denuncia penal "cuando con motivo de las facultades de vigilancia e inspección se detecte la posible comisión de un delito" también es relevante.

Para la prestación de sus servicios, las agencias de colocación valorarán los perfiles, aptitudes, conocimientos y cualificación profesionales de las personas trabajadoras que requieran sus servicios para la búsqueda de empleo y los requerimientos y características de los puestos de trabajo ofertados.

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