¡Descubre Cómo Calcular tu Aguinaldo Proporcional y Maximiza CONTPAQi Nóminas Fácilmente!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Saber cómo se saca el aguinaldo correctamente es fundamental para cumplir con la Ley Federal del Trabajo en México. En este artículo encontrarás información clara sobre su cálculo paso a paso, incluyendo aguinaldo proporcional, ISR, casos con salario variable y cómo automatizar el proceso.

¿Qué es el Aguinaldo y Cuáles son sus Fundamentos Legales?

El aguinaldo es una prestación laboral obligatoria que reconoce el esfuerzo de los trabajadores durante el año. Establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), este pago debe realizarse antes del 20 de diciembre de cada año.

De acuerdo con el artículo 87 de la LFT, el aguinaldo es un derecho de los trabajadores a recibir un pago equivalente a por lo menos 15 días de salario por un año trabajado. Esta prestación es irrenunciable y debe entregarse en la fecha establecida por la ley. El aguinaldo fue formalizado en la Ley Federal del Trabajo en la década de 1970 como un derecho inalienable del trabajador. Antes de eso, era una gratificación opcional que algunos empleadores ofrecían en reconocimiento al desempeño anual.

Todo trabajador, sin excepción, que preste sus servicios de forma subordinada y remunerada a un patrón, tiene derecho a esta prestación. La ley establece un mínimo de 15 días de salario por año trabajado. Sin embargo, algunas empresas otorgan más días como parte de sus beneficios internos o por acuerdos sindicales. Además, el aguinaldo puede variar según tu antigüedad. Si tu contrato establece más días, ajusta la fórmula según corresponda. Debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.

Cálculo del Aguinaldo Proporcional

Cuando un trabajador no ha laborado el año completo, se calcula un aguinaldo proporcional. Recibes un aguinaldo proporcional al tiempo laborado. Si trabajaste menos de un año, el cálculo cambia ligeramente para reflejar el tiempo laborado. Este método aplica si comenzaste a trabajar en cualquier mes del año, si renunciaste o si tu contrato terminó antes de diciembre.

Lea también: Aguinaldo: Cálculo de Impuestos

Si el empleado ingresó durante el ejercicio vigente actual, se le pagará la parte proporcional desde su fecha de ingreso. Por ejemplo: (400 × 15) / 365 × 180 = $2,958.90.

Aguinaldo con Salario Variable

Para quienes perciben salario variable, como comisiones o destajo, el cálculo del aguinaldo se realiza sobre el promedio de percepciones ordinarias de los últimos 30 días trabajados o el periodo proporcional correspondiente. Se toma el promedio de los salarios devengados en el último año o en el tiempo laborado y se aplica la fórmula general. Se recomienda documentar las percepciones variables de forma detallada.

Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el Aguinaldo

El aguinaldo bruto es el monto al que se le pueden aplicar retenciones de ISR, según corresponda. El monto que exceda 30 UMA está sujeto a ISR. Solo la parte que exceda este límite es la que estará sujeta a retención de ISR. Si tu aguinaldo es igual o menor a 30 UMA, no se te descontará este impuesto. Este impuesto debe ser retenido y enterado por el patrón.

En 2025 el aguinaldo está exento de ISR hasta 30 UMA (30 × UMA diaria = $3,394.20). Calcula el aguinaldo (mínimo 15 días o proporcional), separa exento y gravado, y al excedente aplícale el ISR.

Exento: hasta $3,394.20 en 2025 (30 UMA); Gravado: el excedente. Para calcular el ISR del excedente puedes usar: (1) Procedimiento de la Ley (sumas el gravado del aguinaldo al ingreso del mes y tomas la diferencia de ISR) o (2) Procedimiento del Reglamento (anualizar/mensualizar el gravado y calcular la diferencia).

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Obligaciones del Patrón y Sanciones

El patrón tiene la obligación de pagar el aguinaldo a los trabajadores antes del día 20 de diciembre de cada año. El incumplimiento en el pago del aguinaldo puede acarrear multas para el patrón, que van de 50 a 5,000 veces la UMA vigente. Además, el trabajador puede presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Las multas pueden ser acumulativas si se identifican varios trabajadores afectados.

Si el patrón no cumple con el pago antes del 20 de diciembre, lo paga incompleto o fuera de tiempo, el trabajador tiene derecho a reclamar. El trabajador tiene un año para reclamar el pago de su aguinaldo. Aunque se han propuesto reformas para aumentar el mínimo de 15 días de aguinaldo o duplicar el beneficio en ciertos sectores, hasta 2025 la LFT mantiene la obligación mínima en 15 días.

Automatización del Cálculo de Aguinaldo con CONTPAQi Nóminas

CONTPAQi Nóminas® permite calcular automáticamente el aguinaldo, aplicando las exenciones, retenciones y generando los CFDI correspondientes. Esto reduce errores y facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales. CONTPAQi Nóminas® es la herramienta ideal para que tu empresa cumpla con el pago del aguinaldo de manera precisa y eficiente. Automatiza tus cálculos, reduce errores y asegura la entrega oportuna de los CFDI.

Para calcular el aguinaldo en CONTPAQi Nóminas, primero debes configurar las prestaciones y luego usar el menú de Procesos > Aguinaldo. Si tu proceso tiene conceptos especiales, es la primera vez que timbras el aguinaldo o quieres actualizar y configurar 100% antes del timbrado, una asesoría personalizada puede ser de gran utilidad.

Proceso Detallado en CONTPAQi Nóminas

Ingreso al Módulo de Aguinaldo

Para ingresar al módulo de aguinaldo, ve al menú Procesos y selecciona la opción Aguinaldo.

Lea también: ¿Cuándo se paga ISR por el aguinaldo?

Selección del Periodo de Cálculo

El sistema CONTPAQi Nóminas te permite realizar el cálculo tanto en tus periodos normales (Semanal, Quincenal, Mensual, etc...), como en un periodo extraordinario en el cual se calcularán únicamente las percepciones y deducciones seleccionadas. En caso de generar un periodo extraordinario es importante seleccionar los conceptos de percepción Aguinaldo y deducción ISR Art142. Si el aguinaldo lo vas a realizar en un periodo extraordinario, por omisión tendrá activa la opción Aplicar Artículo 142 y no podrás modificarla.

Configuración del Módulo de Aguinaldo

Dentro del módulo de aguinaldo y en la pestaña Configuración se deberá indicar lo siguiente:

Configuración en CONTPAQi Nóminas Descripción y Opciones
Periodos que intervienen En este apartado debes indicar los tipos de periodo que intervendrán en el aguinaldo. Si tienes activo un tipo de periodo, por omisión se mostrará en este apartado y no podrás seleccionar ningún otro. Si quieres agregar varios tipos de periodo, entonces, necesitas crear un Periodo extraordinario y mediante el botón Agregar, seleccionarás los periodos deseados.
Incidencias que se descuentan de días trabajados Mediante el botón Agregar seleccionarás las incidencias que serán descontadas en el cálculo del aguinaldo considerando estrictamente los días trabajados. El Aguinaldo debe pagarse por ley, antes del 20 de diciembre, por lo tanto, si una de las políticas de tu empresa es pagar solamente los días que se han trabajado hasta ese momento, entonces, desmarca la casilla “¿Considerar días que restan del año como trabajados?”.
Modo de cálculo del ISR del aguinaldo Este apartado consta de dos opciones: Aplicar Artículo 142, Aplicar Artículo 113 (sp/mens). Ya que validamos las incidencias (maternidad, incapacidad, etc.), por ley el sistema se coloca en la Ley del ISR 174.
Conceptos que se calculan Dependiendo del artículo que vas a aplicar, serán los conceptos que se utilizarán para el cálculo del aguinaldo. Si seleccionaste hacer el cálculo en un periodo extraordinario, podrás agregar o eliminar los conceptos que deseas. Recuerda que en este periodo sólo podrás aplicar el Artículo 142. Si seleccionaste hacer el cálculo en un periodo normal, no podrás insertar ni eliminar conceptos, el cálculo se hará sobre los conceptos que te aparecen por omisión.
Calcular el ajuste al neto Esta casilla estará marcada y desactivada si el cálculo lo vas a realizar en un periodo normal; sólo se activa, para desmarcarla, si estás en un periodo extraordinario.

Procesamiento del Cálculo de Aguinaldo

Para que el cálculo del aguinaldo se realice, haz clic en el botón Procesar. Después de realizar el proceso, este botón se desactivará y se desplegará la pestaña Resultados. Esta pestaña mostrará a los empleados que tienen derecho al aguinaldo de acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo. Una vez revisado el cálculo, da clic en el botón Calcular para que se calcule el aguinaldo y se muestre el importe correspondiente a cada empleado.

Es opcional ahí mismo el modificar los días que le otorgarás de aguinaldo por si quieres realizar cambios con base a su fecha de ingreso o porque quieres pagarlo en dos partes. Con esto concluye el cálculo y se te crea la prenómina para que valides la información antes del timbrado. Aquí puedes modificar importes, ISR, autorización por PTU no pagada, etc. En la parte inferior izquierda, encontrarás donde configurar las percepciones y deducciones que visualizas de la prenómina. Esta información puede enviarse a Excel®, de tal forma que puedes darle el formato que desees y le des la utilidad que requieras. Una vez realizado este proceso, podrás cerrar la ventana "Cálculo del aguinaldo" y los importes quedarán guardados en tu nómina vigente.

Consideraciones Especiales en CONTPAQi Nóminas

  • Si adquiriste CONTPAQi® Nóminas recientemente, no importa que no se tengan históricos, sólo se necesita la fecha de ingreso del empleado, su sueldo diario y la prestación de días de aguinaldo.
  • El cálculo del aguinaldo se basa en la fecha de ingreso o alta del empleado. Debido a lo anterior, CONTPAQi® Nóminas considerará lo siguiente:
    • Si el empleado ingresó a la empresa un año anterior al ejercicio vigente actual, se le pagará el aguinaldo al 100%.
    • Si el empleado ingresó durante el ejercicio vigente actual, se le pagará la parte proporcional desde su fecha de ingreso.
  • Si tienes empleados que no aplica el cálculo de aguinaldo, ve a catálogo de empleados previamente, entra a la pestaña de Cálculos y desmarca el cuadro de cálculo de aguinaldo.
  • El concepto para aguinaldo ya debe estar previamente asignado con la clave agrupadora SAT.
  • En CONTPAQi Nóminas se recomienda usar periodo extraordinario: corre el proceso de Cálculo de Aguinaldo; el sistema separa exento/gravado y determina el ISR.
  • En CONTPAQi mantén actualizadas las tablas ISR 2025 y UMA 2025 y usa el concepto de Percepción 002 para que el CFDI cuadre con la guía del SAT.

Timbrado del Aguinaldo

Para timbrar este periodo deberás autorizar tu periodo vigente y realizar el timbrado desde este nuevo periodo. Timbra con CFDI Nómina 4.0 y Complemento Nómina 1.2 usando Percepción 002 - Aguinaldo, separando Importes Gravado y Exento; el ISR retenido proviene del método elegido. Si pagas en parcialidades considera el ISR gravado y tener tus prenóminas para registro de lo pagado. Recuerda que según el tipo de periodo que timbras, elige timbrar para periodos semanales un recibo ordinario y uno extraordinario. Selecciona los tipos de incidencias si aplica y que tengas configurados previamente en tu sistema.

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