Inicialmente el aguinaldo era sólo una gratificación o regalo que voluntariamente el patrón otorgaba a sus trabajadores con motivo de la celebración de las fiestas navideñas. Ante el beneficio que representaba dicha prestación, se consignó en la Ley Federal del Trabajo de 1970, en el artículo 87, el cual a letra señala: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”. El aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones.
Fundamentos legales y alcances del aguinaldo
Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa de conformidad con lo que marca el artículo 1002. Por violaciones a las normas de trabajo no sancionadas en este Capítulo o en alguna otra disposición de esta Ley, se impondrá al infractor multa por el equivalente de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Los trabajadores tienen derecho a que les sea pagada la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo laborado. El objeto de otorgar esta gratificación es a fin de ayudar a los trabajadores para sufragar los gastos relacionados con las fiestas de fin de año. Por su parte, la naturaleza del aguinaldo es de carácter fijo; no obstante, existen situaciones por considerar en la obtención del salario base para calcularlo.
Consideraciones sobre el salario base de cuantificación
El salario que sirve de base para cuantificar el aguinaldo, es el que ordinariamente se percibe por día laborado y no el conocido como "integrado", que acumula las prestaciones que determina el artículo 84 de la ley laboral, entre ellas, el aguinaldo mismo, y que sirve de base sólo para la liquidación de indemnizaciones, conforme al artículo 89 del mismo ordenamiento.
Para aquellos trabajadores con sueldos variables (por comisiones, horas extras, etc.), se toma en cuenta la mayor remuneración percibida en algún mes del semestre o periodo correspondiente, sumando todas las remuneraciones adicionales. Corresponde al patrón la carga de probar que pagó a sus trabajadores ésta y todas las prestaciones laborales porque es él quien tiene en su poder los elementos idóneos para comprobar dicho pago.
Lea también: Aguinaldo: Cálculo de Impuestos
Implicaciones fiscales y tratamientos especiales
La Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 93 fracción XIV indica que las gratificaciones que reciben los trabajadores estarán exentas hasta el equivalente a 30 días del salario mínimo general. Sobre el tema de la exención, las autoridades fiscales están referenciando al valor de la UMA y no al salario mínimo. En ninguna parte de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se menciona “aguinaldo” pero sí “gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario”.
Tabla de exención según la normativa
- Concepto: Gratificaciones anuales (aguinaldo).
- Límite de exención: Hasta 30 veces el valor de la UMA.
- Condición: Debe otorgarse de forma general.
Relación del aguinaldo con otras prestaciones y situaciones laborales
Por cuanto hace a las incapacidades por enfermedad general, son aplicables las disposiciones contenidas en la Ley del Seguro Social, donde el IMSS pagará el 60% del salario base de cotización. El pago de este subsidio es una prestación derivada de la Ley del Seguro Social, pues la Ley Federal del Trabajo no impone ninguna obligación patronal por enfermedad general.
Respecto a la suspensión de la relación laboral, la tesis de jurisprudencia 15/98 señala que no debe comprenderse en el salario su pago durante el periodo en que se suspendió la relación laboral por incapacidad temporal ocasionada por enfermedad o accidente no constitutivo de un riesgo de trabajo. Las ausencias justificadas por enfermedad o accidente no deben afectar negativamente los derechos adquiridos del trabajador sobre sus prestaciones anuales.
Lea también: Aguinaldo en México: Impuestos
Lea también: ¿Cuándo se paga ISR por el aguinaldo?
tags: #aguinaldo #sueldo #variable #tesis #explicación
