Descubre Cómo los Almacenes Fiscales Revolucionan el Comercio Exterior en Américapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Para poder abordar el tema de aduanas y almacenes fiscales es preciso explicar qué son. Un Depósito Aduanero es un almacén logístico que permite guardar mercancías procedentes de importaciones y exportaciones entre países por un periodo de tiempo indefinido y con algunas ventajas fiscales. Es el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito, los cuales deben de estar autorizados para ello, por las autoridades aduaneras y prestar este servicio en términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Dichos almacenes cuentan con una característica distintiva: son administrados por un particular que tramitó los permisos pertinentes para poder operar dentro del marco legal. Es muy común que los almacenes fiscales se encuentren en puertos, fronteras o aeropuertos, siempre bajo la supervisión de un agente aduanero autorizado por la Administración General de Aduanas.

Ventajas Estratégicas y Financieras del Depósito Fiscal

Los almacenes fiscales son una herramienta poderosa para empresas que importan o exportan mercancías. El uso de almacenes fiscales no es solo una cuestión de espacio, sino de estrategia logística y financiera. Te permite aplazar pagos, reducir riesgos y mejorar el control de tus operaciones internacionales. Este régimen se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.

Este régimen admite posponer la elección del régimen de importación específico y permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías hasta por un plazo de 24 meses. Esto sucede de la siguiente manera, al arribar tu mercancía es enviada directo de aduana a alguno de nuestros almacenes autorizados para funcionar como Depósito Fiscal, quedando debidamente resguardada e inventariada. Evita el riesgo de multas por demoras, ingresa directo de aduana a nuestros almacenes y difiere el pago de impuestos hasta por 24 meses*. Hasta el momento en el que necesites realizar una extracción, ya sea total o parcial, es cuando se realiza el proceso del pago de los impuestos correspondientes. Las mercancías se pueden extraer total o parcialmente para su importación pagando previamente los impuestos, contribuciones y cuotas compensatorias, actualizados al periodo que va desde su entrada al país hasta su retiro del almacén. Incluso se puede optar por retornarlas al extranjero mediante tránsito interno.

Entre los beneficios clave de este esquema, se incluyen:

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  • Financiamiento pasivo (diferimiento) para el pago de contribuciones hasta por 2 años.
  • Inventarios “just in time”.
  • Cumplimiento de NOMS de información comercial y colocación de marbetes.
  • Seguridad en las operaciones que deriva de la debida diligencia de nuestros clientes, como mecanismo de prevención de lavado de dinero.
  • Operaciones con residentes en el extranjero.
  • Emisión de certificados de depósito. Estos Certificados son la garantía de que tu mercancía se encuentra resguardada en nuestras instalaciones.
  • Contamos con herramientas tecnológicas que aseguran la visibilidad y trazabilidad de las operaciones e inventarios en tiempo real, incluyendo PEPS, N/S, lote, caducidad y pedimentos, entre otros.
  • Extender los plazos, otorgados para programas de importación temporal (ej. IMMEX).

Operativa y Manejo de Mercancías en Depósito Fiscal

Actividades Permitidas dentro de un Depósito Fiscal

Las mercancías que estén en depósito fiscal, siempre que no se altere o modifique su naturaleza o las bases gravables para fines aduaneros, podrán ser motivo de actos de conservación, exhibición, colocación de signos de identificación comercial, empaquetado, examen, demostración y toma de muestras. En este último caso, se pagarán las contribuciones y cuotas compensatorias que correspondan a las muestras. También podrán ser motivo de ensamble, etiquetado y marbetación en el caso de vinos y licores.

Modalidades de Retiro de Mercancías

Las mercancías en depósito fiscal podrán retirarse del lugar de almacenamiento para:

  • Importarse definitivamente, si son de procedencia extranjera.
  • Exportarse definitivamente, si son de procedencia nacional.
  • Retornarse al extranjero las de esa procedencia o reincorporarse al mercado las de origen nacional, cuando los beneficiarios se desistan de este régimen.
  • Importarse temporalmente por empresas con programas IMMEX.

Otros Tipos de Depósitos Fiscales Autorizados

Adicionalmente se podrá autorizar el establecimiento de depósitos fiscales para:

  • La exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura, comúnmente conocidos como Duty free. En este caso las mercancías no se sujetarán al pago de impuestos al comercio exterior y de cuotas compensatorias, siempre que las ventas se hagan a pasajeros que salgan del país directamente al extranjero y la entrega de dichas mercancías se realice en los puntos de salida del territorio nacional, debiendo llevarlas consigo al extranjero y cuando la venta se haga a los pasajeros que arriben al país directamente del extranjero en puertos aéreos internacionales y dicha venta así como la entrega de las mercancías se realice en los establecimientos autorizados conocidos como Duty Free, siempre que se trate de las que comprenden el equipaje de pasajeros en viajes internacionales, en este último caso, cuando las ventas realizadas al pasajero excedan de 300 dólares o su equivalente en moneda nacional, o bien de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, 3 litros de bebidas alcohólicas o 6 litros de vino, se deberá informar al pasajero que deberá efectuar el pago de las contribuciones correspondientes ante la autoridad aduanera y estampar en la bolsa un sello rojo que indique la frase “EXCEDENTE”.
  • Locales destinados a exposiciones internacionales temporales de mercancías.
  • Someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal.

Mercancías Excluidas del Régimen de Depósito Fiscal

Cabe mencionar que existen mercancías que no se pueden destinar a este régimen.

Mercancías que no pueden ser objeto de depósito fiscal

  • Armas, municiones, mercancías explosivas, radiactivas, nucleares y contaminantes; precursores químicos y químicos esenciales, los diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas o las manufacturas de joyería hechas con metales preciosos o con las piedras o perlas mencionadas; relojes; los artículos de jade, coral, marfil y ámbar; la señalada en el Anexo 10, Apartado A, sector 9 “Cigarros” de la presente resolución, ni vehículos, excepto los vehículos clasificados en las fracciones arancelarias 8703.21.01 y 8704.31.02, y en la partida 87.11 de la TIGIE; ni mercancías clasificadas en los capítulos 50 a 64 de la TIGIE.
  • Las personas físicas o morales residentes en el extranjero, no podrán introducir mercancías al régimen de depósito fiscal clasificadas en las partidas 9503 y 9504 de la TIGIE.

Excepciones

No obstante, lo establecido en el párrafo anterior, las personas morales que cuenten con autorización a que se refiere el artículo 121, fracción I de la Ley Aduanera, podrán realizar la introducción a depósito fiscal de muestras y muestrarios, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la regla 3.1.2. y el procedimiento establecido en la regla 4.5.19. de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes. También podrán introducir relojes y artículos de joyería hechos con metales preciosos o con diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas, la señalada en el Anexo 10, Apartado A, sector 9 “Cigarros” de la presente resolución, así como mercancías clasificadas en los capítulos 50 al 64 de la TIGIE.

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Seguridad y Estándares Internacionales en Almacenes Fiscales

En los depósitos fiscales y aduanas se encargan de operar en condiciones que podrían presentar muchos riesgos tanto para clientes como proveedores, por ello es que la seguridad y vigilancia juegan un papel muy importante para velar y salvaguardar los bienes y las personas que operan en este sector. Además es importante incluir en las estrategias de seguridad de la mano de la tecnología. Como lo es el acceso controlado, monitoreo y resguardo, lo que garantiza el control y seguimiento de embarques las 24 horas, los 365 días del año. Es muy común encontrar que los almacenes cuenten con bóveda de seguridad y reja de valores para mercancía de alto valor, con acceso restringido y lector biométrico. Área totalmente cerrada de seguridad disponible para mercancía de alto valor. Los recintos deben tener las condiciones de seguridad establecidas en la Ley Aduanera para resguardar la mercancía de manera adecuada colocando cámaras de videovigilancia y que no exista por ningún motivo cualquier tipo de fuga o descontrol de lo que allí se almacena. Por tal, el acceso al depósito debe ser limitado y sólo personal autorizado debe manejarse dentro del mismo. La seguridad en las operaciones que deriva de la debida diligencia es un mecanismo de prevención de lavado de dinero.

Existen organismos y regulaciones internacionales específicas para las aduanas y el transporte de mercancías, entre ellas esta C-TPAT (Customs-Trade Partnership Against Terrorism). Es una iniciativa entre el gobierno de los Estados Unidos y la iniciativa privada con la finalidad de garantizar la seguridad en las distintas áreas de la cadena de suministro y protegerla en contra del terrorismo. La iniciativa C-TPAT surgió a raíz de los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Nueva York, Estados Unidos, como un esfuerzo por parte del gobierno estadounidense por incrementar la seguridad fronteriza.

Otra de las certificaciones internacionales más importantes es la OEA (Operador Económico Autorizado), cuya acreditación y certificación es otorgada por una administración de aduana tras un proceso de auditoría de su organización, procesos, administración y estados financieros, y el cumplimiento de una serie de estándares de seguridad.

Contexto Post-Pandemia y la Relevancia de los Almacenes Fiscales

El sector aduanero y las cadenas de suministro en todo el mundo sin lugar a dudas vivieron con la emergencia sanitaria provocada por el SARS-CoV-2, una serie de retos, cambios inesperados, amenazas, etc. El cierre y cancelación de muchas actividades fue una de las principales medidas tomadas por la mayoría de los gobiernos en el mundo con la intención de controlar la propagación del coronavirus, entre ellas el cierre de fronteras, implementando restricciones específicas para el paso de mercancías y de personas. Como resultado de la pandemia, aumentó la demanda de insumos médicos como medicamentos, respiradores, guantes, caretas, cubrebocas, termómetros, entre muchos otros.

Fundamento Legal

Artículo 119, 120 y 123 de la Ley Aduanera, Reglas 4.5.9., 4.5.18 y 4.5.26.

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