La inversión extranjera en México es muy importante debido a su gran ubicación, a los muchos acuerdos comerciales con otros países, así como a su gran estabilidad económica. Si eres extranjero interesado en expandir tus operaciones, crear una sociedad anónima en México es una excelente opción. Sin embargo, para garantizar que el proceso sea exitoso, es fundamental que conozcas los requisitos legales y los pasos necesarios.
Obligaciones fiscales de socios y accionistas extranjeros
De acuerdo con el Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los socios y accionistas de las personas morales tienen la obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y obtener su firma electrónica avanzada. No obstante, existe una excepción relevante para aquellos socios y accionistas que residen fuera de México. Los socios y accionistas residentes en el extranjero de personas morales mexicanas están exentos de inscribirse en el RFC.
Esta exención también se aplica a los asociados extranjeros de las asociaciones en participación. Sin embargo, la persona moral que esté registrada en México debe entregar una relación con los datos de estos socios extranjeros dentro de los tres primeros meses del cierre de cada ejercicio fiscal.
Uso de RFC genéricos en el aviso de actualización
Derivado de la reforma fiscal 2020, los contribuyentes tienen que presentar un aviso de actualización de socios o accionistas cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a sus socios o accionistas. En el aviso se tienen que exponer los nombres y las claves del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de los socios y accionistas. En caso de tener socios o accionistas extranjeros, el aviso se debe presentar utilizando los RFC genéricos: EXT990101NI1 para personas morales y EXTF900101NI1 para personas físicas.
El SAT indicó que en caso de que se registre el RFC genérico más de una vez en el aviso, por tener socios y accionistas extranjeros, no es duplicidad del RFC. Para las personas morales residentes nacionales que tengan socios o accionistas extranjeros, se tienen que colmar la información de las dos fichas de trámite citadas cuando alguno de sus socios o accionistas residentes en el extranjero se ubiquen en los supuestos en comento.
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Procedimiento para presentar la relación de socios extranjeros
Para cumplir con las obligaciones, se debe cargar una relación de los socios, accionistas o asociados extranjeros en un archivo Excel a través del portal del SAT. Sigue estos pasos para presentar la relación en línea:
- Elaborar el archivo Excel: Completa la relación de los socios, accionistas o asociados que viven en el extranjero, de acuerdo con lo indicado en el Artículo 27, y guarda el archivo en formato comprimido '.zip'.
- Acceder a Mi Portal: Ingresa con tu clave del RFC y la CIEC al portal del SAT.
- Iniciar un servicio o solicitud: Abre la opción 'Servicios o solicitudes' y selecciona 'Solicitud'.
- Llenar el formulario: Completa la información del trámite, el destinatario y el asunto tal como se indica en las instrucciones proporcionadas.
- Adjuntar el archivo: Sube el archivo comprimido '.zip' con la relación de socios y envíalo.
- Acuse de recibo: Después de enviar, obtén tu acuse de recibo con el número de folio.
Resumen de normativas y requisitos
Para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento de la normativa fiscal, es necesario que las personas morales con socios o accionistas extranjeros presenten esta información en el plazo establecido. La siguiente tabla resume los puntos clave sobre la documentación:
| Concepto | Descripción |
|---|---|
| RFC Genérico (Moral) | EXT990101NI1 |
| RFC Genérico (Física) | EXTF900101NI1 |
| Plazo de presentación | Dentro de los 3 meses siguientes al cierre de cada ejercicio. |
| Ficha de trámite (Modificaciones) | 295/CFF |
| Ficha de trámite (Relación extranjeros) | 139/CFF (Forma Oficial 96) |
En el proyecto de reformas al CFF de 2020 se justifica esta obligación para combatir la creación de empresas únicamente con la finalidad de facturar o deducir operaciones inexistentes. Por lo tanto, el control y la transparencia en la estructura orgánica de las personas morales sigue siendo una prioridad para la autoridad fiscal mexicana.
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