La psicología es una ciencia que no todo el mundo termina de entender, pero a pesar de ello, al igual que el resto de actividades económicas que se llevan a cabo en España, ni siquiera eso es excusa a la hora de tributar. Todo profesional que desarrolla su actividad en nuestro país debe estar al corriente con Hacienda, y la forma de hacerlo pasa por saber cómo hacer una factura de psicólogo. En este artículo, aprenderás los aspectos clave sobre la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la facturación de servicios psicológicos.
Aspectos Previos en la Facturación de los Psicólogos
Antes de entrar en materia de impuestos, conviene tener en cuenta qué se necesita para poder pensar siquiera en empezar a facturar como psicólogo.
- Hay que estar colegiado. Es decir, estar dado de alta en el Colegio Oficial de Psicólogos que opere en su entorno de trabajo.
- También hay que estar dado de alta como autónomo en la Seguridad Social. Pagar la cuota mensual de autónomo en la Seguridad Social (si es la primera vez que te das de alta puedes disfrutar de la tarifa plana para nuevos autónomos, por el que pagarías 50 euros de cuota durante los primeros seis meses).
- Del mismo modo, es necesario estar inscrito en el Régimen de Estimación Directa Simplificada del IRPF.
- Además, hay que haberse dado de alta como autónomo mediante el modelo 037 y también en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en el grupo 776 de ‘Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociales, Psicólogos, Antropólogos, Historiadores y similares’.
Con todo esto ya estaremos listos para funcionar como cualquier otro trabajador por cuenta propia, lo que por supuesto implica la necesidad de cumplir con las pertinentes obligaciones fiscales, como la presentación del modelo 130 de IRPF y el modelo 303 de IVA cuando sea pertinente.
Datos Obligatorios en una Factura de Psicólogo
Emitir una factura de psicólogo no difiere apenas de hacer una factura de cualquier otro tipo de profesional. La única diferencia radica en que, en caso de desarrollar una actividad exenta de IVA, hay que especificar en el documento por qué no incluye este tipo de tributo imprescindible en la mayoría de las actividades. Por lo demás, la factura de un psicólogo debe incluir una serie de datos obligatorios:
- La palabra ‘FACTURA’ debe aparecer bien visible en el documento.
- La fecha de emisión es imprescindible en toda factura de psicólogo.
- Los datos fiscales, tanto del emisor (el profesional) como del receptor (el paciente), entre los que deben figurar nombre y apellidos, NIF o CIF y sus domicilios.
- El concepto de cada servicio prestado, que debe describirlos a la perfección.
- La base imponible también debe estar clara, el coste de cada servicio antes de la aplicación de impuestos y retenciones.
- Los impuestos que se deben aplicar, como el IVA en caso de no tratarse de servicios estrictamente sanitarios.
- También debe aparecer el importe total de la factura, o lo que es lo mismo, la base imponible tras aplicar impuestos, descuentos y retenciones.
- En caso de estar exenta la actividad, habrá que dejarlo reflejado en el documento.
IVA en la Facturación de Psicólogos
Norma General: Servicios Exentos de IVA
La psicología es una de las actividades que la Ley del IVA considera exentas de este tributo, al menos en gran parte. Esto se debe a que es una actividad sanitaria, exención recogida en el artículo 20. Uno. 3. de la citada ley.
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La Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) exenta a los servicios médicos de dicho impuesto. Este concepto incluye los servicios de psicología, en principio, cumplen los supuestos de la Ley del IVA. El aspecto psicológico (mental) también es parte de lo que a nivel internacional se considera "salud". Lo anterior se encuentra patente en la jurisprudencia 1a./J.
La prestación de servicios profesionales de medicina se encuentra exenta de IVA siempre que cumpla con los requisitos de la Ley. Esta exención aplica únicamente cuando se trata de servicios profesionales cuya prestación requiere título de médico conforme a las leyes, por lo que esta condición es esencial para distinguir qué servicios se encuentran exentos y cuáles no.
“Artículo 15.- No se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:… XIV. De esta disposición se desprende que para que un servicio pueda considerarse profesional de medicina exento de IVA debe tratarse estrictamente de servicios médicos que requieran título de médico y que sean prestados por personas físicas, ya sea de forma independiente o mediante sociedades civiles.
El Reglamento de la Ley del IVA aclara este punto al especificar que los servicios profesionales de medicina exentos son estrictamente aquellos prestados por médicos, médicos veterinarios y cirujanos dentistas. A pesar de esta especificación, la psicología, especialmente aquella dedicada al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades mentales, se enmarca dentro de la exención como actividad sanitaria.
Los servicios exentos de IVA son, por ejemplo:
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- Terapia psicológica para trastornos como ansiedad, depresión o duelo.
- Tratamientos de adicciones (alcoholismo, tabaquismo, drogadicción).
- Diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades mentales por psicólogos clínicos.
Es por ello que, en caso de ofrecer servicios únicamente sanitarios, un psicólogo no está obligado a aplicar IVA en sus facturas y, por lo tanto, tampoco a presentar trimestralmente el modelo 303 del IVA, ni tampoco el modelo 390 anual a modo de resumen. Sin embargo, la exención del IVA no significa que pueda hacerse una factura sin este tributo sin más. Al contrario, hay que especificar este hecho y su justificación en una zona bien visible del documento, y lo mejor es hacerlo con una frase del estilo de ‘Factura exenta de IVA según ley de IVA (artículo 20. Uno. 3 - Ley 37/1992)’, aludiendo al apartado de la ley que recoge esta particularidad.
Excepciones a la Exención del IVA
Sin embargo, existe un caso que está fuera de esta exención y que sí lleva aplicado el mismo IVA que las actividades adheridas al régimen general: un 21% sobre la base imponible. Hablamos de la elaboración de informes periciales, ya que esta actividad no está destinada a diagnosticar, prevenir o tratar un mal de salud como tal, sino que su finalidad es otra muy distinta.
Otros servicios que llevan IVA (21%) son:
- Talleres, cursos o formaciones en psicología.
- Asesoramiento a empresas o coaching.
- Supervisiones a otros psicólogos.
- Creación de contenido o colaboraciones con marcas.
Si tienes dudas sobre si debes aplicar IVA, lo mejor es consultar con un asesor fiscal.
Implicaciones de la Exención del IVA
Cuando un servicio se encuentra exento de IVA, el contribuyente no está obligado a trasladar dicho impuesto en su facturación, lo cual constituye un beneficio para el usuario final. Sin embargo, esta exención también implica que el contribuyente no puede acreditar el IVA que paga en sus propias adquisiciones, ya que el acreditamiento aplica exclusivamente a quienes realizan actividades gravadas. El acreditamiento consiste en restar el IVA acreditable (el que el contribuyente paga al adquirir bienes o servicios) del IVA trasladado (el que cobra al prestar sus servicios). La correcta identificación de actividades gravadas y exentas resulta esencial para evitar errores en las declaraciones y garantizar un adecuado cumplimiento fiscal.
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Retención de IRPF en la Facturación de Psicólogos
Si el servicio que se presta es a una persona física, la factura no tiene que llevar ningún tipo de retención de IRPF. Ahora bien, si el servicio de psicología se presta a otro profesional, o a una empresa, existen dos tipos de IRPF que se deben aplicar en el documento, y dependen del tiempo de actividad del receptor de la factura de psicólogo:
- Se retiene un 7% de IRPF a profesionales con menos de 3 años en la actividad (esta cuota reducida se puede aplicar en los primeros tres años).
- A todos los demás profesionales y empresas se les retiene un 15% de IRPF.
De este modo, en cuanto a lo que a retención de IRPF se refiere, emitir una factura de psicólogo no difiere en nada de emitir una factura de cualquier otro tipo de profesional adherido al régimen general. En materia del Impuesto sobre la Renta (ISR) los honorarios médicos son deducibles, y este concepto incluye los servicios de psicología.
Ejemplos de Facturación para Psicólogos
Las facturas de psicólogo pueden ser muy distintas en función del tipo de servicio que se preste y, además, de a quién se le preste. Por eso hemos preparado varios ejemplos para que sepas cómo hacer una factura de psicólogo en función de cada caso.
Factura sin IVA ni IRPF
Las facturas de psicólogo para personas físicas a las que se les ha prestado exclusivamente un servicio sanitario están exentas de IVA y de retención de IRPF. Es decir, en este caso, además de incluir los elementos de una factura en España, habrá que incluir una leyenda en una parte bien visible de la factura en la que se especifique por qué no se está incluyendo el 21% de IVA, por ejemplo: ‘Factura exenta de IVA según ley de IVA (artículo 20. Uno. 3 - Ley 37/1992)’.
Factura sin IVA y con IRPF
Cuando se prestan servicios sanitarios, pero se hace a un profesional o una empresa, la factura no incluye IVA porque la actividad está exenta según la Ley del IVA, pero sí que habrá que aplicar una retención de IRPF en función a los años de actividad que lleve el paciente. Recuerda, se aplica un 7% a profesionales con menos de 3 años de actividad y un 15% al resto.
Factura con IVA y con IRPF
Por último, es posible que un profesional o una empresa nos pida un informe pericial. Esta es una de las excepciones que la Ley del IVA recoge sobre la exención de las actividades sanitarias, así que en este caso tendríamos que aplicar tanto un 21% de IVA en nuestra factura de psicólogo como una retención de IRPF que oscilaría entre un 7% y un 15% en función del tipo de paciente.
Otras Obligaciones Fiscales y Administrativas
Gestionar una consulta de psicología no solo implica atender pacientes, sino también cumplir con una serie de obligaciones fiscales. Dependiendo de tu situación, estos son los modelos fiscales más importantes que debes conocer:
- Retenciones a proveedores y empleados:
- Modelo 111 → Declaración de retenciones practicadas en facturas de profesionales y en las nóminas de empleados.
- Modelo 115 → Si pagas alquiler de oficina con retención, debes declarar y pagar esa retención a Hacienda.
- Declaración de ingresos y pagos a cuenta:
- Modelo 130 → Pago a cuenta del IRPF. Cada trimestre adelantas un porcentaje de tus ingresos para la declaración de la renta (modelo 100).
- Modelo 100 → Declaración de la renta donde se regulariza el IRPF y se descuenta lo pagado en el modelo 130.
- Declaraciones relacionadas con el IVA (si realizas actividades con IVA):
- Modelo 303 → Declaración trimestral de IVA.
- Modelo 309 → Para casos específicos de pagos de IVA en situaciones extraordinarias.
- Modelos informativos (si cumples ciertos requisitos):
- Modelo 349 → Si realizas operaciones con proveedores de la UE.
- Modelo 347 → Si has tenido operaciones con proveedores o clientes por más de 3.005,06€ en un año.
Además, como psicólogo, es crucial atender a otras obligaciones legales como la licencia de apertura del despacho, darse de alta en la tasa de residuos, pedir el seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, cumplir con la Ley de protección de datos (un tema muy sensible para profesionales de la sanidad), disponer de hojas de reclamación y cumplir ciertas obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Si no tienes conocimientos de fiscalidad, lo mejor es contar con un asesor que gestione estos modelos. Los Colegios Oficiales de Psicólogos de cada comunidad autónoma disponen de servicios de asesoramiento fiscal y jurídico. Consulta a cualquiera de ellos para profundizar sobre cualquiera de estos temas.
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